La Xunta ha declarado la emergencia cinegética temporal por el jabalí en toda Galicia ante el aumento de los daños agrícolas, los accidentes de tráfico y la presencia de estos animales en entornos urbanos.
La medida estará vigente desde el 31 de julio de 2026 hasta el 31 de julio de 2027, por lo que abarcará toda la temporada cinegética 2026-2027. Es la sexta vez que Galicia recurre a este mecanismo desde 2019, pero la primera en la que se aplica al conjunto de la comunidad.
¿Se podrá cazar el jabalí sin límite en Galicia?
Durante la emergencia se podrán abatir o capturar jabalíes sin un límite de ejemplares, tanto machos como hembras. La normativa establece como objetivo prioritario la extracción de hembras adultas y subadultas para reducir la capacidad reproductiva de la población.
También podrá autorizarse la captura de crías y de hembras acompañadas de crías, pero estos casos exigirán un permiso especial previo de la Dirección General de Patrimonio Natural.
La declaración no implica una apertura indiscriminada de la caza. Las actuaciones deberán cumplir los requisitos de comunicación o autorización correspondientes y respetar las restricciones previstas por la legislación de caza y de prevención de incendios forestales.
La emergencia se extiende a toda Galicia
El nuevo régimen afecta a los terrenos cinegéticamente ordenados —los denominados Tecores—, las zonas libres de caza y los terrenos no cinegéticos. Por primera vez, también se incluyen las explotaciones comerciales dedicadas a la caza mayor.
La Xunta justifica la extensión territorial por el carácter generalizado de los problemas asociados al jabalí. Para adoptar la decisión se han analizado los avisos por daños en cultivos, la accidentalidad en las carreteras, la superficie afectada, el censo porcino y los problemas de seguridad generados en las proximidades de pueblos y ciudades.
¿Qué días podrá cazarse durante la temporada?
El periodo hábil del jabalí se extenderá del 15 de agosto de 2026 al 28 de febrero de 2027.
En los terrenos de régimen cinegético especial, las modalidades autorizadas podrán desarrollarse durante todos los días de la semana. Cuando una jornada no esté incluida en el plan anual de aprovechamiento, deberá comunicarse previamente a la Consellería de Medio Ambiente.
En las zonas libres de caza será necesario solicitar autorización con al menos diez días naturales de antelación. En estos espacios podrán autorizarse cacerías los lunes, martes, miércoles y viernes que no sean festivos.
Fuera del periodo hábil no se establece una temporada ordinaria de caza. La Administración podrá autorizar medidas concretas de control cuando existan daños recurrentes, riesgos sanitarios o problemas de seguridad vial. Entre ellas figuran las esperas, los recechos, las batidas, la captura en vivo o las actuaciones disuasorias con perros y sin armas.
Visores nocturnos, detectores y cebaderos
La emergencia permite utilizar determinados medios auxiliares para mejorar la identificación de los animales y aumentar la seguridad de las actuaciones.
Con autorización podrán emplearse dispositivos electrónicos de visión nocturna y fuentes luminosas durante las esperas. También se contemplan detectores de paso o presencia y la colocación puntual de pequeñas cantidades de alimento vegetal cerca del puesto de aguardo.
La norma prohíbe utilizar alimentos cárnicos y sistemas automáticos para dispensar comida. Los ejemplares capturados deberán identificarse mediante precintos y comunicarse a la Administración en un plazo de 15 días.
Los propietarios afectados podrán solicitar esperas
Los propietarios de terrenos perjudicados por los jabalíes podrán pedir autorización para realizar esperas o aguardos, directamente o mediante terceras personas.
Cuando se trate de un terreno cinegético especial, será necesario contar también con el consentimiento de quien tenga la titularidad del aprovechamiento. En zonas no cinegéticas o de seguridad se requerirá una autorización expresa y la acreditación previa de los daños.
Daños agrícolas, tráfico y peste porcina africana
La Xunta presenta la emergencia como una herramienta complementaria a la caza ordinaria y a los controles ya previstos para reducir los daños ocasionados por la especie.
Entre los motivos también figura el riesgo relacionado con la peste porcina africana. La Administración gallega señala que una elevada población de jabalíes puede favorecer la propagación de la enfermedad y dificultar su erradicación, aunque la declaración no significa que exista un brote en Galicia.
La medida podrá suspenderse antes del 31 de julio de 2027, total o parcialmente, si la Xunta considera que han desaparecido las circunstancias que justificaron su aprobación.