Terremotos en España: el mapa de las zonas con más riesgo tras el seísmo de Granada

El terremoto de magnitud 5 registrado este sábado en Granada vuelve a colocar el riesgo sísmico español en primer plano. España tiene una peligrosidad moderada en términos globales, pero no está repartida de forma uniforme: Granada y buena parte del sureste peninsular concentran algunas de las áreas con mayor actividad y peligrosidad sísmica del país

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Imagen del epicentro del terremoto registrado en Ogíjares (Granada) | INSTITUTO GEOGRÁFICO NACIONAL

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El terremoto de Alhendín recuerda una realidad que a menudo pasa desapercibida: España también es un país sísmico.

La actividad no alcanza la frecuencia o la magnitud de regiones como Japón, Turquía o la costa del Pacífico, pero el territorio español ha sufrido históricamente terremotos destructivos y existen zonas donde la peligrosidad es considerablemente mayor. 

El mapa oficial del Instituto Geográfico Nacional muestra una concentración muy clara en el sur y sureste de la Península. 

Granada, una de las grandes zonas sísmicas de España

La provincia de Granada ocupa un lugar central.

La Cuenca de Granada está atravesada por un sistema de fallas activas y registra terremotos frecuentes, especialmente en la Vega y el área metropolitana. 

El movimiento de este sábado encaja precisamente en ese entorno: el IGN sitúa el epicentro del terremoto de magnitud 5 al noreste de Alhendín, rodeado después por numerosos movimientos en Gójar, Ogíjares, Armilla, La Zubia y Otura. 

La actividad no es excepcional desde una perspectiva histórica. La provincia ha protagonizado varios de los grandes episodios sísmicos españoles.

El terremoto de Arenas del Rey de 1884

Uno de los precedentes más graves de la historia reciente de España se produjo precisamente en Granada.

El terremoto de Arenas del Rey del 25 de diciembre de 1884 alcanzó una intensidad IX-X y una magnitud estimada de 6,5. 

Protección Civil señala que afectó gravemente a alrededor de un centenar de municipios de Granada y Málaga y provocó centenares de muertos, miles de heridos y enormes daños materiales. 

Ese episodio muestra por qué la peligrosidad sísmica del sur peninsular se estudia de forma específica.

Almería, Murcia y Alicante forman otro gran corredor

El mapa del IGN muestra también una peligrosidad importante en Almería, Murcia y Alicante.

En Almería se encuentra el precedente de Dalías, cuyo terremoto de 1804 alcanzó una magnitud estimada de 6,4 e intensidad VIII-IX. 

Más al este aparece el Bajo Segura. El terremoto de Torrevieja de 1829 alcanzó una magnitud estimada de 6,6 y una intensidad IX-X, uno de los episodios más destructivos documentados en la costa mediterránea española. 

El eje Bético que une Andalucía oriental, Murcia y Alicante es, por tanto, uno de los puntos más evidentes del mapa español.

Málaga comparte parte del riesgo granadino

La peligrosidad no termina en los límites administrativos de Granada.

El histórico terremoto de 1884 afectó severamente también a numerosos municipios malagueños, y los terremotos actuales de Granada se perciben regularmente en la Costa del Sol. 

El terremoto de este 15 de agosto se ha sentido desde Fuengirola y Torremolinos hasta Vélez-Málaga. 

La cercanía a las estructuras de las Cordilleras Béticas explica parte de esta exposición compartida.

El mapa no significa que vaya a ocurrir un gran terremoto

La peligrosidad sísmica no es una predicción.

Los mapas del IGN estiman dónde es más probable que determinadas aceleraciones del suelo sean superadas durante periodos largos. Uno de los mapas oficiales utiliza un periodo de retorno de 475 años y una probabilidad de excedencia del 10% en 50 años. 

Eso permite diseñar normas, edificios y planes de emergencia adecuados al territorio.

Otras áreas sísmicas de España

Aunque el sureste concentra gran parte de la atención, no es la única zona donde se registran terremotos.

El mapa del IGN muestra actividad distribuida por Pirineos, zonas del interior peninsular, el Atlántico próximo a Portugal y el entorno del golfo de Cádiz, además de Canarias, donde la sismicidad está asociada también a procesos volcánicos. 

El Plan Estatal de Protección Civil califica el riesgo sísmico español como moderado en su conjunto, pero recuerda que determinadas áreas han sufrido históricamente terremotos de intensidad considerable. 

El terremoto de Granada vuelve a dibujar el mapa real

El episodio de Alhendín ha tenido magnitud 5 y, pese a provocar daños materiales y más de 200 avisos al 112, no ha causado hasta ahora daños personales. 

Es muy inferior a los grandes terremotos destructivos que aparecen en el catálogo histórico español.

Pero la localización encaja perfectamente con el mapa de peligrosidad: Granada está justamente dentro de una de las zonas que los sismólogos llevan décadas identificando como especialmente activas.

Más claves, contexto y preguntas con FREN

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¿Qué trámites y requisitos existen en España para aprobar nuevas normas de construcción sismorresistentes?

En España, las normas de construcción sismorresistentes se aprueban como reglamentos técnicos estatales (sobre todo reales decretos que modifican el Código Técnico de la Edificación (CTE) o aprueban normas específicas como la NCSE‑02 o la NCSP‑07. El procedimiento combina la legislación general sobre elaboración de normas reglamentarias con requisitos específicos de notificación y coordinación técnica.

1. Marco normativo de referencia

  • Ley 38/1999, de Ordenación de la Edificación (LOE), que fija los requisitos básicos de seguridad estructural y habilita al Gobierno para aprobar el CTE y sus actualizaciones.
  • Real Decreto 314/2006, que aprueba el Código Técnico de la Edificación y faculta al Ministerio competente para modificar periódicamente sus Documentos Básicos.
  • Real Decreto 997/2002, por el que se aprueba la Norma de Construcción Sismorresistente: parte general y edificación (NCSE‑02) , y el Real Decreto 637/2007 para la Norma de Construcción Sismorresistente: Puentes (NCSP‑07) .
  • Ley 50/1997, del Gobierno, que regula el procedimiento de elaboración de reglamentos (memorias, informes, consultas, audiencia, dictamen del Consejo de Estado, aprobación por Consejo de Ministros).
  • Real Decreto 1337/1999, que impone la notificación a la UE de proyectos de normas y reglamentaciones técnicas (trasposición de la Directiva 98/34/CE, hoy sustituida por la Directiva (UE) 2015/1535).

2. Órganos que intervienen

  • Ministerio competente en vivienda/edificación (antes Vivienda, luego Fomento y hoy Transportes y agendas afines): elabora el proyecto y propone al Consejo de Ministros la aprobación o modificación del CTE y de las normas sismorresistentes.
  • Comisión Permanente de Normas Sismorresistentes, órgano colegiado interministerial que, según el preámbulo del RD 997/2002, elabora y propone las normas sismorresistentes de edificación (NCSE‑02) y sirve de apoyo técnico especializado.
  • Consejo de Ministros, que aprueba los reales decretos por los que se adoptan o modifican estas normas.
  • Comunidades Autónomas y sectores afectados, que deben ser oídos en la tramitación, tal y como se indica, por ejemplo, en el RD 314/2006.
  • Consejo de Estado, que emite dictamen preceptivo sobre los proyectos de reales decretos de especial relevancia como el CTE y sus grandes revisiones.

3. Fases principales del procedimiento

a) Elaboración técnica del proyecto

El impulso suele partir del ministerio competente o de la Comisión Permanente de Normas Sismorresistentes. Esta comisión, según el RD 997/2002, prepara la propuesta de nueva norma o de revisión (por ejemplo, sustituyendo la antigua NCSE‑94 por la NCSE‑02) atendiendo a la evolución de la sismología, la ingeniería sísmica y las normas internacionales o europeas.

b) Trámites internos y coordinación administrativa

Conforme a la Ley 50/1997 y a la práctica reflejada en el RD 314/2006 y sus modificaciones (como el RD 732/2019 o el RD 450/2022), el proyecto de real decreto debe ir acompañado de:

  • Memoria justificativa (necesidad, objetivos, alternativas, impacto).
  • Informes jurídicos y técnicos de los centros directivos implicados y, en su caso, otros ministerios con competencias concurrentes (infraestructuras, energía, protección civil, etc.).
  • Consulta a las Comunidades Autónomas, por la repercusión territorial y competencial de la normativa de edificación.
  • En muchos casos, participación de órganos consultivos sectoriales (comisiones técnicas de calidad de la edificación u otras).
c) Audiencia e información pública

Las disposiciones que modifican el CTE y las normas sismorresistentes acostumbran a someterse a:

  • Audiencia a organizaciones y asociaciones de los sectores afectados (colegios profesionales, asociaciones de constructores, ingenieros, aseguradoras…), como se prevé en la LOE y se concreta, por ejemplo, en la Orden VIV/1744/2008 sobre el Registro del CTE.
  • Trámite de información pública, con publicación del proyecto en la web ministerial para alegaciones de cualquier interesado.
d) Notificación a la Unión Europea

Tanto el RD 997/2002 como el RD 637/2007 y varias revisiones del CTE indican expresamente que se han cumplido los trámites del Real Decreto 1337/1999 y de la Directiva 98/34/CE (hoy Directiva 2015/1535). Esto implica:

  • Notifcar a la Comisión Europea el proyecto de norma técnica (por afectar a productos y a la libre circulación en el mercado interior).
  • Respetar un periodo de statu quo, durante el cual no puede aprobarse definitivamente la norma si la Comisión o otros Estados miembros formulan observaciones sustantivas.
e) Dictamen del Consejo de Estado y aprobación

Una vez completados los informes, consultas y la notificación europea, el proyecto se remite al Consejo de Estado para dictamen. Con ese dictamen:

  • El Consejo de Ministros aprueba el real decreto que incorpora la nueva norma sismorresistente o modifica el CTE.
  • El texto se publica en el Boletín Oficial del Estado, donde suele fijarse un plazo transitorio de adaptación: por ejemplo, la NCSE‑02 preveía dos años en los que se podía optar por la norma anterior o la nueva, salvo que la administración competente impusiera esta última de forma obligatoria.

En resumen, aprobar nuevas normas sismorresistentes en España exige un procedimiento reglamentario completo: elaboración técnica especializada, coordinación interministerial y con las Comunidades Autónomas, audiencia e información pública, notificación previa a la UE y, finalmente, aprobación mediante real decreto del Consejo de Ministros y publicación en el BOE con plazos de entrada en vigor y de adaptación claramente definidos.

¿Cuáles son las competencias del Instituto Geográfico Nacional en materia de vigilancia sísmica?

El Instituto Geográfico Nacional (IGN), adscrito al Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, es el organismo estatal de referencia en la vigilancia de la actividad sísmica y de otros fenómenos geofísicos en España. Sus competencias en este ámbito se articulan a través de la Red Sísmica Nacional y de diversos planes y normas que le encargan la observación, evaluación y comunicación de los fenómenos potencialmente destructivos.

Desde el punto de vista normativo, varias disposiciones delimitan sus funciones. La Directriz básica de planificación de protección civil ante el riesgo de maremotos, aprobada por el Real Decreto 1053/2015, de 20 de noviembre, integra a la Red Sísmica Nacional (RSN), dependiente del IGN, en el Sistema Nacional de Alerta ante Maremotos. En esa Directriz se establece que la RSN es el órgano encargado de detectar, valorar e informar, en primera instancia, sobre los fenómenos que, por sus características, puedan generar maremotos, lo que implica una función continua de vigilancia sísmica y análisis rápido de los eventos.

Además, el Real Decreto 253/2024, de 12 de marzo, que desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, atribuye a la Dirección General del IGN, entre otras, la competencia de planificación y gestión de sistemas de vigilancia, comunicación y alerta ante determinados riesgos geofísicos. En un convenio publicado en el BOE se recoge expresamente que, de acuerdo con este real decreto, el IGN es responsable de:

  • La planificación y gestión de sistemas de vigilancia, comunicación y alerta a las instituciones sobre maremotos que puedan afectar a las costas españolas, así como la participación en redes internacionales de alerta y la realización de estudios sobre sistemas de alerta temprana y peligrosidad.
  • La planificación y gestión de redes geodésicas, mareógrafos y otras infraestructuras de observación, que sirven de base para el análisis geodinámico y la monitorización de deformaciones y variaciones del nivel del mar vinculadas a fenómenos sísmicos y tsunamis.

A este marco se suma el Plan Nacional de Vigilancia Sísmica, Volcanológica y de Otros Fenómenos Geofísicos, aprobado por el Consejo de Ministros el 4 de marzo de 2025 y elaborado por el propio IGN. Según la nota oficial del ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, el Plan desarrolla 58 medidas para reforzar las redes de vigilancia y detección de fenómenos naturales destructivos (terremotos, erupciones volcánicas, tsunamis o tormentas espaciales), mejorar los sistemas de comunicación de alertas y optimizar la coordinación interadministrativa.

En ese contexto, el IGN asume un papel central en:

  • La operación y mejora de la Red Sísmica Nacional, incluyendo el despliegue de nuevas estaciones y la modernización de la instrumentación.
  • El desarrollo de herramientas basadas en inteligencia artificial para mejorar las alertas tempranas en caso de terremotos, con el objetivo de reducir los tiempos de detección y la incertidumbre sobre magnitud y localización.
  • La elaboración de pronósticos a corto, medio y largo plazo sobre peligrosidad sísmica y otros riesgos geofísicos, apoyando la planificación de emergencias y la definición de políticas públicas de reducción de riesgo.

Operativamente, la vigilancia sísmica que ejerce el IGN se materializa en varias líneas de actividad complementarias:

  • Monitorización continua 24/7 de la sismicidad mediante la Red Sísmica Nacional, que registra y analiza los terremotos que se producen en el territorio nacional y en sus áreas de influencia.
  • Determinación rápida de los parámetros de los seísmos (localización, magnitud, profundidad) y valoración inicial de su posible impacto, información que se transmite a Protección Civil y otras autoridades competentes.
  • Emisión de informes y boletines sobre la actividad sísmica y sobre episodios concretos, que sirven tanto a la gestión de emergencias como a la comunicación pública.
  • Cooperación científica y técnica con universidades, consorcios de observación y otras infraestructuras de investigación, a través de convenios que prevén el intercambio de datos, el despliegue de nuevas estaciones y el desarrollo conjunto de proyectos de monitorización avanzada (por ejemplo, para maremotos).

En resumen, el IGN no solo gestiona la red instrumental que permite vigilar y caracterizar los terremotos que afectan a España, sino que, apoyado por los reales decretos que fijan sus funciones y por el Plan Nacional de Vigilancia Sísmica y Volcanológica, actúa como nodo principal del sistema público de alerta y de apoyo técnico para la protección civil frente a los riesgos sísmicos y otros fenómenos geofísicos.

¿Qué partidos tienen mayor representación parlamentaria en las provincias de Granada, Almería, Murcia y Alicante tras las últimas elecciones generales?

No se ha localizado en las fuentes consultadas, ni en la base de datos del periódico Demócrata ni en las búsquedas web complementarias, una tabla o noticia que recoja de forma explícita y desglosada el reparto de escaños al Congreso de los Diputados por provincias para Granada, Almería, Murcia y Alicante en las últimas elecciones generales. Por ese motivo no puedo indicarte, con respaldo documental concreto, qué partido obtuvo la mayor representación parlamentaria en cada una de esas circunscripciones.

En la investigación realizada se han rastreado distintos tipos de contenidos sobre elecciones generales: análisis de la composición del Congreso tras el 23J, artículos sobre la formación de grupos parlamentarios, agregadores de encuestas y piezas de contexto sobre la aritmética parlamentaria. Sin embargo, esos textos se centran en:

  • La suma de escaños por grandes bloques (por ejemplo, PP–Vox frente a PSOE–Sumar y otros socios) a nivel estatal.
  • La discusión sobre los apoyos necesarios para investir a un presidente o convalidar reales decretos-ley.
  • Cuestiones organizativas del Congreso y del Senado (constitución de comisiones, sueldos de asesores, cesión de escaños para formar grupo, etc.).

Ninguna de esas piezas entra en el detalle territorial que necesitas (escaños al Congreso por partido y por provincia para las últimas generales, circunscripción por circunscripción). En la traza de búsqueda también se probaron consultas mucho más específicas –por ejemplo, “resultados definitivos elecciones generales 23J 2023 Congreso provincia Granada/Almería/Murcia/Alicante reparto de escaños”, “mapa resultados Congreso por provincias 23 de julio de 2023” o “tabla escaños por provincias 23J Granada Almería Murcia Alicante”– acotando fechas a los días posteriores a los comicios. Pese a ello, no aparecieron gráficos, tablas o noticias con el dato provincial que permita afirmar con seguridad qué partido tiene más diputados en cada una de esas cuatro provincias.

Dado que las instrucciones que sigo me obligan a basar la respuesta solo en información efectivamente localizada esta vez (y a no completar lagunas con memoria previa o con estimaciones), no es posible ofrecer una lista de “partido ganador por provincia” sin incurrir en un grado de especulación que no sería aceptable para un uso riguroso. Cualquier afirmación del tipo “en la provincia X el partido Y es el que más escaños tiene al Congreso tras las últimas generales” debería apoyarse explícitamente en:

  • Bien en los resultados oficiales del Ministerio del Interior (Dirección General de Política Interior), que publica el escrutinio definitivo por circunscripción y por candidatura en su web de resultados electorales.
  • O bien en algún agregador de datos (prensa, portales demoscópicos o de datos) que reproduzca esa tabla provincial con suficiente claridad y fecha de actualización.

Como esas tablas no han aparecido en los documentos recuperados, la única recomendación sólida que puedo darte es acudir directamente a la fuente oficial. Para obtener la información exacta que buscas, el camino más fiable es:

  1. Entrar en la web de resultados electorales del Ministerio del Interior (elecciones generales).
  2. Seleccionar el proceso de las últimas elecciones generales celebradas (las más recientes que figuren como “definitivas”).
  3. Elegir, en el menú, la opción “Congreso de los Diputados”.
  4. Filtrar por circunscripción y consultar, una a una, las provincias de Granada, Almería, Murcia y Alicante.
  5. Anotar para cada provincia:
    • Qué partidos han obtenido escaños.
    • Cuántos escaños tiene cada uno.

Con esa tabla delante podrás ver de forma inmediata qué partido tiene la mayor representación en cada circunscripción; si hubiera empates en número de escaños (por ejemplo, dos partidos con el mismo número de diputados en una misma provincia), eso también quedaría claro en el propio desglose oficial.

Si lo deseas, en un segundo paso puedo ayudarte a interpretar esos datos una vez que dispongas de ellos (por ejemplo, comparando el reparto provincial con el resultado estatal, analizando si en esas provincias hay dominio claro de un bloque o mayor fragmentación, o viendo la evolución respecto a elecciones anteriores).

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¿Cuánto sabes sobre este tema? Responde las siguientes 3 preguntas.

¿Cuál fue la magnitud estimada del terremoto de Arenas del Rey de 1884 en Granada?

Pregunta 1 de 3

¿Qué provincias españolas forman el principal corredor sísmico junto a Granada según el IGN?

Pregunta 2 de 3

¿Qué intensidad alcanzó el terremoto de Torrevieja de 1829?

Pregunta 3 de 3

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