Los agricultores españoles se quejan del coste del carburante y los europeos critican al PE por mantener la medida que reduciría el precio del fertilizante

El Parlamento Europeo rechazó ayer revisar el Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono, CBAM, que impone un arancel verde a los abonos importados y aumentan su importe final

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Maquina cosechadora en un campo de maíz.

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El precio de los insumos agrarios sube, (como ocurre con el gasóleo y los fertilizantes); la meteorología, debido al cambio climático, no es la adecuada para los cultivos, y la producción agraria se ve afectada. Ambas circunstancias, tarde o temprano, se reflejarán, en el bolsillo del consumidor, que es el último eslabón de la cadena agroalimentaria.

Los agricultores europeos y españoles han comenzado el curso como lo terminaron en julio: quejándose del coste de los insumos, uno de los motivos que les lleva a perder rentabilidad en sus negocios.

La entidad que representa a las organizaciones agrarias y cooperativas agroalimentarias europeas, el COPA-Cogeca, ayer se mostró decepcionada con el Parlamento Europeo, ya que sus diputados, en sesión plenaria, rechazaron revisar el Mecanismo de Ajuste en Frontera del Carbono, el CBAM, una medida que impome un arancel verde a los abonos procedentes de terceros países (la mayoría), y que de haberse suspendido, hubiera relajado el mercado de dichos productos.

“Habría sido perfectamente posible mantener los objetivos de apoyar la descarbonización y la competitividad de la industria europea de fertilizantes, al tiempo que se introducía una salvaguardia específica y temporal para los agricultores en situaciones de crisis. Un enfoque de este tipo habría reforzado la resiliencia de toda la cadena agroalimentaria sin menoscabar los objetivos a largo plazo del CBAM”, señala el comunicado del COPA-Cogeca.

El continuo incremento del precio de los fertilizantes es una preocupación del campo comunitario desde hace más de un año, situación que se ha visto agravada en 2026 por las tensiones geopolíticas y el cierre del Estrecho de Ormuz. Según el COPA-Cogeca “las consecuencias no se quedarán en las explotaciones agrícolas: el aumento de los costes de producción se trasladará a los precios de los alimentos y a los consumidores”.

El coste del gasóleo

Los agricultores españoles también han puesto el grito en el cielo por el incremento del precio del gasóleo agrícola, que según datos facilitados por la organización agraria COAG, el coste en septiembre es un 45% superior al de la semana del 23 de febrero, justo antes del conflicto en Oriente Medio. "Llenar un depósito de tractor de 300 litros cuesta hoy 421,50 euros, frente a los 289,50 euros del 23 de febrero. Es decir, 132 euros más por depósito, un incremento del 45,6%", explican desde esta organización agraria.

Dichas reclamaciones se producen semanas antes de que finalice el plan de ayudas fiscales que en los últimos meses ha abaratado el coste de los carburantes, tanto del gasóleo, la gasolina como el gasóleo agrícola.

Pérdida de rentabilidad agraria

El aumento del precio de los insumos junto a la caída del precio de las materias primas ponen en una difícil situación a la rentabilidad de las explotaciones agrarias.

Así lo explica un informe de la Oficina de Estadística de la Unión Europea, Eurostat, donde se confirma que el precio medio de los insumos agrícolas no relacionados con la inversión aumentó un 4,7% en el segundo trimestre de 2026, la energía un 22% y los fertilizantes un 13%, mientras que el precio medio de la producción agrícola se redujo, al menos en 20 países de la Unión Europea, siendo la leche y los cereales dos de los sectores con mayores descensos.

Aumento del precio de los alimentos

Como adelantaban las organizaciones agrarias, las consecuencias de esta compleja situación afectará al precio de los alimentos y al consumidor. De hecho, según un análisis elaborado por Crédito y Caución, "los precios mundiales de los alimentos podrían aumentar un 11,6 % en 2026 y un 4,8 % en 2027 debido a los efectos del conflicto del Golfo, la escalada del conflicto en Ucrania, la sequía que afecta a Estados Unidos y Europa occidental y el fenómeno de El Niño".

En el caso de Europa, dicho informe afirma que "la producción alimentaria consume mucha energía, sobre todo en los procesos de refrigeración, calefacción y procesamiento. Esto agrava los retos ya existentes, como los elevados costes laborales y las cargas normativas. Además, la limitada capacidad para fijar precios dificulta repercutir el aumento de los costes, especialmente en un entorno minorista altamente competitivo y dominado por grandes operadores. Como resultado, los márgenes, ya de por sí reducidos, se ven aún más comprimidos".

Esta reducción de los márgenes pondrá en peligro, principalmente a empresas pequeñas y poco diversificadas, especialmente en los sectores cárnico y lácteo, donde la dependencia de energía, transporte o piensos son un gasto imprescindible y considerable.

Más claves, contexto y preguntas con FREN

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¿En qué fase se encuentra actualmente la tramitación parlamentaria del Mecanismo de Ajuste en Frontera del Carbono (CBAM) en la Unión Europea?

El Mecanismo de Ajuste en Frontera del Carbono (CBAM) como tal ya está plenamente en vigor desde el 1 de enero de 2026, en virtud del Reglamento (UE) 2023/956 adoptado en 2023. Lo que está en tramitación parlamentaria ahora en la Unión Europea es su revisión y refuerzo (ampliación del ámbito de aplicación, cierre de lagunas y creación de un fondo temporal de descarbonización). Esa reforma se encuentra actualmente en la fase de negociaciones interinstitucionales (“trílogos”) entre Parlamento Europeo, Consejo y Comisión.

Qué ha aprobado ya el Parlamento Europeo

Según la nota de prensa del Parlamento Europeo de 15 de septiembre de 2026, la Eurocámara ha aprobado en Pleno su posición sobre la propuesta de modificación del CBAM y sobre el Fondo Temporal de Descarbonización vinculado al mecanismo. Entre los elementos clave de esa posición se encuentran:

  • Ampliación del ámbito del CBAM más allá de las materias primas (acero, aluminio, cemento, etc.) a una extensa lista de productos transformados y bienes intermedios, como tornillos, alambres, muelles o determinados utensilios domésticos que incorporan acero y aluminio.
  • Refuerzo de las normas contra la elusión: umbral más estricto para considerar que pequeñas modificaciones en un producto constituyen una estrategia dirigida a evitar el CBAM, y facultad para que la Comisión aplique valores de emisiones por defecto del país de origen cuando se detecte un patrón de evasión.
  • Rechazo de una cláusula de salvaguardia que habría permitido excluir temporalmente productos del mecanismo ante choques extremos de precios, proponiendo en su lugar que los ingresos del CBAM se redirijan temporalmente a los sectores afectados.
  • Procedimientos de información simplificados y asistencia técnica para países menos desarrollados, así como una exención específica para determinados flujos de electricidad procedentes de terceros países necesarios para la estabilidad de la red.

Sobre el Fondo Temporal de Descarbonización, el Parlamento respalda un instrumento que apoye a los productores europeos expuestos a la competencia internacional, planteando extender el apoyo entre 2027 y 2029, incluir de forma expresa a productores de fertilizantes y usuarios intermedios y abrir el acceso a todas las empresas que utilicen bienes sujetos al CBAM como insumos productivos.

Qué ha hecho el Consejo de la UE

Por su parte, el Consejo informó el 12 de junio de 2026 de que los Estados miembros han acordado su posición (“enfoque general”) sobre el refuerzo del CBAM. Esa posición:

  • Amplía también el alcance del mecanismo a una selección de productos transformados, para evitar que el valor añadido se desplace fuera de la UE y se incrementen las emisiones en terceros países.
  • Introduce medidas adicionales contra la elusión, incluyendo la incorporación de chatarra metálica preconsumo al ámbito de aplicación y más herramientas para actuar frente a prácticas engañosas en la presentación de informes.
  • Define con mayor precisión el posible uso de exenciones temporales en circunstancias graves e imprevistas, acotando los criterios y el margen de actuación de la Comisión.

El propio Consejo indica que su posición se adopta “antes de las negociaciones con el Parlamento Europeo”, es decir, como mandato para entrar en trílogos una vez que la Eurocámara adopte su posición, lo que ya ha ocurrido según la información del Parlamento.

Fase actual del procedimiento

Con estos pasos, el expediente se sitúa en la fase típica de la primera lectura avanzada dentro del procedimiento legislativo ordinario:

  • La Comisión presentó una propuesta de reglamento para simplificar y fortalecer el CBAM (incluida la ampliación a productos transformados y nuevas medidas antielusión).
  • El Consejo ha acordado su posición común.
  • El Parlamento ha aprobado su mandato de negociación en comisión (julio de 2026) y lo ha refrendado en Pleno en septiembre de 2026, fijando formalmente su postura.
  • Tras esta votación, la propia Eurocámara señala que está “lista para iniciar las negociaciones con los Estados miembros de la UE sobre la versión final del proyecto de ley”.

En términos prácticos, esto significa que el expediente CBAM se encuentra hoy en la fase de trílogos, donde Parlamento, Consejo y Comisión negocian un texto de compromiso. Una vez haya acuerdo:

  • El compromiso se someterá a votación final en Pleno del Parlamento.
  • El Consejo lo adoptará formalmente.
  • El reglamento modificador se publicará en el Diario Oficial de la UE y entrará en vigor en la fecha que se fije (generalmente 20 días después de la publicación).

Resumen claro

Resumiendo: el CBAM básico ya está aprobado y operativo, pero su revisión para ampliarlo, simplificarlo y crear un fondo de descarbonización está aún en tramitación. Tanto Parlamento como Consejo ya han fijado sus posiciones y, a día de hoy, el dossier se encuentra en la fase de negociación interinstitucional, previa al acuerdo definitivo y a la adopción formal de las modificaciones.

¿Cuáles son las competencias y funciones principales del Parlamento Europeo respecto a la política agraria y comercial?

El Parlamento Europeo (PE) no gestiona directamente la Política Agrícola Común (PAC) ni la política comercial de la UE, pero sí ejerce un papel decisivo como colegislador, órgano presupuestario y foro político. Sus competencias han crecido de forma muy notable con los tratados de Lisboa y anteriores reformas.

1. Función legislativa en política agraria

La PAC se basa en reglamentos y otros actos jurídicos de la UE. Desde el Tratado de Lisboa, la mayoría de estos actos se aprueban por el procedimiento legislativo ordinario, en el que el Parlamento Europeo y el Consejo son colegisladores en pie de igualdad.

  • Codecisión sobre la PAC: el PE participa en la aprobación de la arquitectura general de la PAC (reglamentos sobre pagos directos, organización común de mercados, desarrollo rural, condicionalidad, “planes estratégicos” nacionales, etc.). Puede proponer enmiendas, negociar con el Consejo y aprobar o rechazar el texto final.
  • Influencia sobre los objetivos y equilibrios de la PAC: a través de sus enmiendas, el Parlamento influye en cuestiones clave como el reparto de ayudas entre Estados y tipos de explotación, el equilibrio entre enfoque productivista y ambiental, el apoyo a jóvenes agricultores, pequeños productores o zonas desfavorecidas.
  • Actos delegados y de ejecución: muchos detalles técnicos de la PAC se adoptan mediante actos delegados o de ejecución de la Comisión. El PE puede controlar estos actos, oponerse a ellos en ciertos casos o exigir que se limiten las facultades delegadas.
  • Revisión periódica: en cada gran reforma de la PAC (normalmente coincidiendo con nuevos marcos financieros plurianuales), el PE vuelve a negociar el conjunto del sistema, incorporando prioridades políticas nuevas (clima, biodiversidad, seguridad alimentaria, bienestar animal, etc.).

2. Competencias presupuestarias en materia agraria

La PAC es uno de los capítulos más importantes del presupuesto de la UE. El Parlamento:

  • Cocodecide el Marco Financiero Plurianual (MFP), que fija los techos de gasto por rúbricas, incluida la agrícola, para varios años. Sin su consentimiento no puede adoptarse un nuevo MFP.
  • Aprueba el presupuesto anual de la UE junto con el Consejo, pudiendo modificar los créditos asignados a los distintos programas agrícolas dentro de los límites del MFP.
  • Controla la ejecución del presupuesto agrícola mediante el procedimiento de “aprobación de la gestión” (discharge) al examinar los informes del Tribunal de Cuentas y de la Comisión, pudiendo formular recomendaciones y críticas al uso de los fondos de la PAC.

3. Papel en la política comercial común

La política comercial es competencia exclusiva de la UE y se gestiona principalmente por la Comisión y el Consejo, pero el PE tiene hoy un peso político y jurídico clave:

  • Consentimiento a acuerdos comerciales: los acuerdos de libre comercio y de asociación que la UE concluye con terceros países deben ser aprobados por el Parlamento (consentimiento). Sin voto afirmativo del PE, el acuerdo no puede entrar plenamente en vigor.
  • Influencia ex ante mediante resoluciones: antes y durante las negociaciones (por ejemplo, con Mercosur, Canadá, Australia, etc.), el PE adopta resoluciones que marcan líneas rojas políticas: estándares sanitarios y fitosanitarios, respeto a la PAC, cláusulas de sostenibilidad, protección de indicaciones geográficas, defensa de los agricultores europeos frente a importaciones sensibles.
  • Control democrático de la Comisión: el PE examina los mandatos de negociación, pide transparencia en los textos, organiza audiencias con el comisario de Comercio y puede ejercer presión política si considera que un acuerdo perjudica al sector agrario o a otros intereses europeos.
  • Legislación de acompañamiento: muchas medidas comerciales se concretan en reglamentos (aranceles, instrumentos de defensa comercial, medidas de salvaguardia, adaptación a acuerdos específicos), donde nuevamente el PE actúa como colegislador.

4. Función de control político y orientación estratégica

Más allá de las funciones formales, el Parlamento Europeo ejerce una intensa labor de debate y control:

  • Comisiones parlamentarias: la Comisión de Agricultura y Desarrollo Rural (AGRI) y la de Comercio Internacional (INTA) elaboran informes, organizan audiencias con expertos y representantes del sector, convocan al comisario correspondiente y formulan recomendaciones políticas.
  • Preguntas y comparecencias: los eurodiputados pueden dirigir preguntas escritas y orales a la Comisión y al Consejo sobre la aplicación de la PAC, el impacto de acuerdos comerciales en sectores concretos o crisis de mercado, y exigir medidas (intervención pública, ayudas de emergencia, cláusulas de salvaguardia).
  • Iniciativa política: a través de informes de iniciativa propia y resoluciones, el PE marca agendas (por ejemplo, mayor alineación de la PAC con el Pacto Verde, refuerzo de cláusulas espejo en comercio para evitar dumping ambiental o social).

En conjunto, el Parlamento Europeo es hoy un actor central en la definición de la PAC y de la política comercial: no administra los fondos ni negocia directamente los acuerdos, pero condiciona su marco jurídico, su volumen financiero y su orientación estratégica, actuando como principal garante de la dimensión democrática de estas políticas.

¿Qué requisitos deben cumplir los agricultores españoles para acceder a futuras ayudas fiscales destinadas a carburantes?

Las ayudas y beneficios fiscales al carburante agrícola en España se articulan hoy a través de varias figuras ya vigentes (subvención directa al gasóleo agrario, devoluciones del Impuesto Especial sobre Hidrocarburos y deducciones en IRPF), y todo indica que las “futuras” ayudas seguirán usando estos mismos canales. Los requisitos clave para que un agricultor pueda acceder a ellas no son tanto “nuevos” como el cumplimiento riguroso de las condiciones que ya marcan estas normas.

1. Subvención de hasta 20 céntimos por litro de gasóleo agrícola

Los reales decretos‑ley de marzo y junio de 2026 establecen una ayuda de hasta 20 céntimos por litro para el gasóleo de uso agrario, prorrogada hasta el 30 de septiembre de 2026, gestionada por la Agencia Tributaria (nota MAPA 20/03/2026 y 29/06/2026).

Requisitos prácticos:

  • Ser agricultor o ganadero con derecho a devolución del Impuesto Especial de Hidrocarburos (IEH) por el gasóleo de uso agrario. La ayuda se “engancha” a ese mecanismo: la subvención se considera solicitada automáticamente al presentar la petición de devolución del IEH.
  • Consumir gasóleo de uso agrario (gasóleo B) en el periodo subvencionable (en 2026, del 22 de marzo al 30 de junio, y luego hasta el 30 de septiembre, según la prórroga).
  • Declarar correctamente el consumo anual en la solicitud de devolución del impuesto; esa declaración es la base para calcular la ayuda por litro.
  • En la práctica, estar inscrito en los registros de explotaciones agrarias, puesto que esos registros se usan también para cruzar datos de fertilizantes y gasóleo en el paquete de ayudas al sector agrario.
2. Devolución parcial del IEH por gasóleo profesional (art. 52 bis de la Ley 38/1992)

El régimen de “gasóleo profesional” (artículo 52 bis de la Ley 38/1992 de Impuestos Especiales y su desarrollo en la Orden HFP/941/2022) está pensado para transporte y taxis, pero también puede ser relevante para explotaciones agrarias con flotas de transporte pesado.

Requisitos principales:

  • Vehículos elegibles: transporte de mercancías por carretera ≥ 7,5 t, autobuses M2/M3 y taxis (art. 52 bis Ley 38/1992, Ley 38/1992).
  • Inscripción previa en el Censo de beneficiarios de devoluciones por gasóleo profesional y de vehículos de su titularidad, mediante solicitud electrónica ante la AEAT (Orden HFP/941/2022).
  • Uso de medios de pago específicos (tarjeta de gasóleo profesional, etc.) para que el suministro quede identificado y genere derecho a devolución.
  • Respetar el límite máximo de litros con derecho a devolución por vehículo y año y conservar la documentación exigida.

Cualquier futura ampliación de ayudas sobre este régimen previsiblemente exigirá seguir dados de alta en ese censo y utilizar los medios de pago y trazabilidad ya previstos.

3. Devolución a agricultores y ganaderos por gasóleo B (art. 52 ter y Orden EHA/993/2010)

Para el gasóleo bonificado (epígrafe 1.4 del artículo 50.1 de la Ley 38/1992), los agricultores y ganaderos tienen un régimen específico de devolución parcial del IEH (art. 52 ter, desarrollado por la Orden EHA/993/2010, modificada por HFP/941/2022).

Requisitos:

  • Ser agricultor o ganadero con derecho reconocido en el artículo 52 ter.
  • Haber adquirido gasóleo bonificado (gasóleo B) el año natural anterior, para tractores, maquinaria agrícola, motores fijos u otros medios utilizados en la explotación.
  • Estar inscrito en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores en las actividades agrarias correspondientes durante el año del consumo.
  • Presentar, desde el 1 de abril del año siguiente, la solicitud electrónica de devolución a través de la sede de la AEAT, incluyendo:
    • NIF del solicitante.
    • Identificación de tractores, maquinaria o motores y litros consumidos.
    • Datos de los establecimientos suministradores (CAE, facturas, importes).
    • Cuenta bancaria para el abono.
  • Conservar las facturas de gasóleo durante el plazo legal, por si hay comprobaciones.
4. Beneficios en IRPF vinculados al gasóleo agrícola

En paralelo, las órdenes anuales de “módulos” de IRPF (por ejemplo, la orden para la renta 2023, reflejada en la nota del MAPA de 19/04/2024, y la de renta 2024, nota de 30/04/2025) mantienen una reducción del 35 % del rendimiento neto por adquisición de gasóleo agrícola y del 15 % por fertilizantes para quienes tributan en estimación objetiva.

Requisitos básicos:

  • Tributar en estimación objetiva agraria (módulos) en IRPF.
  • Justificar el gasto en gasóleo agrícola con facturas y consignarlo correctamente en la declaración de la renta.
5. Perspectiva de futuro

Las notas de Agricultura y Hacienda apuntan a que el Gobierno quiere mantener la fiscalidad reducida del gasóleo agrícola (tipo muy inferior al general del IEH) y las devoluciones, además de las deducciones en IRPF, al menos mientras persista la presión de costes (paquete de 43 medidas y su seguimiento del 20/12/2024).

En la práctica, para aprovechar las futuras ayudas fiscales a carburantes, los agricultores españoles deberían asegurarse de:

  • Estar correctamente dados de alta en censo de empresarios agrarios y, en su caso, en los censos específicos de devolución de IEH.
  • Comprar siempre gasóleo con factura y, cuando corresponda, utilizar los medios de pago y tarjetas específicas.
  • Presentar puntualmente las solicitudes de devolución del IEH y las declaraciones de IRPF aprovechando las reducciones previstas.

Es previsible que cualquier nueva ayuda fiscal a carburantes para el campo se articule sobre estos mismos mecanismos de devolución del IEH y de reducciones en IRPF, más que crear regímenes totalmente nuevos.

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¿Qué medida, rechazada por el Parlamento Europeo, era criticada por los agricultores europeos por mantener altos los precios de los fertilizantes?

Pregunta 1 de 3

¿Qué porcentaje ha aumentado el coste del gasóleo agrícola en España desde el 23 de febrero hasta septiembre de 2026?

Pregunta 2 de 3

¿Qué factores contribuyen al aumento previsto de los precios mundiales de los alimentos en 2026 y 2027 según el análisis citado?

Pregunta 3 de 3