Los políticos arropan a La Roja y celebran el pase de España a la final del Mundial

La clasificación de España para la final del Mundial 2026 ha provocado una oleada de felicitaciones desde todos los ámbitos de la política

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Decenas de personas durante el primer partido disputado por la selección española en la Copa Mundial de la FIFA 2026 | Carlos Luján (Europa Press).

Decenas de personas durante el primer partido disputado por la selección española en la Copa Mundial de la FIFA 2026 | Carlos Luján (Europa Press).

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Después de imponerse a Francia y sellar su billete para la final del Mundial, la selección española ha recibido el respaldo de representantes de todo color político, que han coincidido en felicitar al equipo a través de las redes sociales y animarlo de cara al último partido del torneo.

Las reacciones han llegago apenas unos minutos después del pitido final y estuvieron marcadas por el orgullo y la ilusión de volver a ver a España luchar por el título dieciséis años después del Mundial de Sudáfrica.

Pedro Sánchez: "Espectacular"

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, celebró la clasificación con un mensaje breve, pero muy expresivo:

Juanma Moreno: "Solo queda un último paso"

El presidente de la Junta de Andalucía, Juanma Moreno, destacó el rendimiento de la selección y recordó que España vuelve a disputar una final mundialista dieciséis años después.

El PP: "¡Vamooooooos!"

El Partido Popular también reaccionó inmediatamente al triunfo de la selección con un mensaje de celebración.

Horas antes del encuentro, la portavoz popular en el Congreso, Esther Muñoz, ya había expresado su deseo de que España lograra la victoria frente a Francia.

Albares: "Sois nuestro orgullo"

El ministro de Asuntos Exteriores, José Manuel Albares, quiso felicitar a los jugadores por su clasificación para la final.

Illa y Prohens se suman a las felicitaciones

El presidente de la Generalitat, Salvador Illa, resumió el pase a la final con tres palabras antes de lanzar su mensaje de apoyo.

Por su parte, la presidenta del Govern balear, Marga Prohens, destacó el momento histórico que vive la selección y la ilusión que ha despertado entre los aficionados.

De las porras del Congreso a la euforia tras el pitido final

Las felicitaciones llegan apenas unas horas después de que representantes de PSOE, PP, Vox, Sumar, Podemos o ERC aprovecharan sus comparecencias en el Congreso para mostrar públicamente su apoyo a la selección y aventurar una victoria frente a Francia.

Con el triunfo ya consumado, las diferencias políticas quedaron por un momento en un segundo plano para celebrar el regreso de España a una final del Mundial, donde buscará conquistar la segunda estrella de su historia.

Más claves, contexto y preguntas con FREN

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¿Cuál es el procedimiento parlamentario para que un presidente del Gobierno felicite oficialmente a una selección nacional?

En España, que el presidente del Gobierno felicite oficialmente a una selección nacional (de fútbol, baloncesto, etc.) no sigue un procedimiento parlamentario específico ni requiere acuerdo del Congreso o del Senado. Es un acto propio de la acción política y de representación institucional del Ejecutivo, que se canaliza mediante comunicados, declaraciones públicas, redes sociales o recepciones oficiales. El Parlamento solo entra en juego, en su caso, para controlar o valorar políticamente esa actuación, pero no para autorizarla. Por tanto, se trata de un gesto institucional del Gobierno, sobre el que las Cortes Generales solo pueden pronunciarse a posteriori y de manera política, no jurídica.

1. No existe un “procedimiento parlamentario” obligatorio

No hay en el Reglamento del Congreso ni del Senado un trámite específico para “autorizar” o “habilitar” felicitaciones oficiales del presidente del Gobierno a selecciones nacionales. Tampoco la Constitución ni las leyes que regulan el Gobierno exigen un acuerdo parlamentario previo para estos actos.

La felicitación se enmarca en las funciones de representación del Estado y dirección de la política interior y exterior del Gobierno. Por tanto:

  • No se tramita como proyecto de ley.
  • No requiere una proposición de ley ni su aprobación.
  • No precisa una proposición no de ley previa, aunque a veces se utilicen estas para expresar el “apoyo” o “reconocimiento” de la Cámara.

2. Instrumentos habituales de la felicitación oficial

En la práctica, la felicitación del presidente del Gobierno se articula a través de instrumentos esencialmente gubernamentales y de comunicación institucional, como:

  • Comunicado oficial de La Moncloa: nota de prensa en la que se recoge el mensaje de felicitación y, en su caso, el reconocimiento al equipo, al cuerpo técnico y a la federación correspondiente.
  • Declaración pública o comparecencia ante los medios: el presidente puede aprovechar una rueda de prensa (por ejemplo, tras un Consejo de Ministros) para felicitar públicamente a la selección.
  • Mensajes en redes sociales institucionales: cuentas oficiales del presidente o de La Moncloa difunden el mensaje, que se considera parte de la comunicación institucional del Gobierno.
  • Carta o mensaje dirigido a la federación o a la selección: se puede remitir un escrito formal de felicitación a la federación deportiva o al seleccionador.
  • Recepción oficial en el Palacio de La Moncloa u otra sede institucional: cuando la agenda lo permite, se organiza un acto de homenaje con presencia del presidente del Gobierno y otros miembros del Ejecutivo.

Estos son actos del ámbito del Ejecutivo y de la comunicación institucional, sin intervención procedimental de las Cortes.

3. ¿Dónde entra el Parlamento? Control e impulso político

El papel del Parlamento no es autorizar la felicitación, sino, en su caso, controlar o valorar políticamente la actuación del Gobierno. Según la información general sobre control parlamentario, las Cortes Generales disponen de varios instrumentos:

  • Preguntas orales o escritas al Gobierno: un diputado o senador podría preguntar por qué se ha felicitado (o no) a una selección, o por qué se ha hecho de determinada forma.
  • Interpelaciones y mociones: un grupo parlamentario podría plantear un debate político sobre los criterios del Gobierno para sus gestos institucionales en el ámbito deportivo.
  • Proposiciones no de ley (PNL): el Congreso o el Senado podrían aprobar un texto instando al Gobierno a felicitar o a rendir homenaje a una selección, o a hacerlo de una determinada manera. Estas PNL, sin embargo, no tienen fuerza jurídica obligatoria; son mandatos políticos.

En este sentido, el Gobierno sigue siendo libre para decidir cómo articular la felicitación; el Parlamento, mediante estas herramientas, puede ejercer presión política o formular reproches si considera inadecuada la respuesta del Ejecutivo.

4. Actos formales frente a gestos de cortesía

Conviene distinguir entre:

  • Actos con mínimo procedimiento formal: una recepción oficial requiere cierta tramitación administrativa interna (agenda, protocolo, seguridad), pero sigue siendo un acto del Gobierno, no de las Cortes;
  • Gestos puramente simbólicos o de cortesía: mensajes en redes sociales, declaraciones ante la prensa o llamadas telefónicas a los deportistas o selecciones son decisiones discrecionales del presidente y su equipo, sin trámite normativo.

Solo si se quisiera ir más allá (por ejemplo, conceder condecoraciones, subvenciones extraordinarias o cambios normativos vinculados al éxito deportivo) entrarían en juego procedimientos administrativos o incluso legislativos específicos, pero eso ya excede la simple felicitación.

5. Conclusión

La felicitación oficial del presidente del Gobierno a una selección nacional es un acto político e institucional del Ejecutivo, que no exige procedimiento parlamentario ni autorización de las Cortes. Se articula mediante instrumentos de comunicación y protocolo del Gobierno (comunicados, declaraciones, redes, recepciones) y, en su caso, puede ser objeto de control político por el Parlamento mediante preguntas, interpelaciones o proposiciones no de ley, pero estas no condicionan jurídicamente la posibilidad de felicitar ni el contenido del mensaje.

¿En qué casos el Congreso o el Senado han aprobado proposiciones no de ley para felicitar a selecciones deportivas u otros deportistas? ¿Qué diferencias jurídicas y simbólicas hay entre una felicitación del presidente del Gobierno y una declaración institucional aprobada por el Congreso de los Diputados? ¿Qué pasos formales habría que seguir si se quisiera acompañar la felicitación con la concesión de una condecoración estatal a los jugadores de la selección?

¿Qué competencias tiene el presidente de la Junta de Andalucía en materia de deportes?

El presidente de la Junta de Andalucía no tiene en la Ley del Deporte una lista específica de “competencias deportivas propias”, sino que ejerce sobre el deporte las mismas potestades generales que tiene sobre toda la acción de gobierno: fija las directrices políticas, convoca y preside el Consejo de Gobierno, firma los decretos y proyectos de ley que afectan al deporte y decide la estructura de las consejerías que gestionan esta materia. La gestión diaria y técnica del deporte corresponde a la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte y a sus órganos directivos, pero siempre bajo la dirección política del presidente. Además, el deporte es una competencia autonómica cuyo marco se fija en el Estatuto de Autonomía y se desarrolla por la Ley 5/2016 del Deporte de Andalucía y por la Ley 6/2006 del Gobierno de la Comunidad Autónoma.

Marco normativo básico

Las competencias en materia de deporte de la Comunidad Autónoma se reconocen en el Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por la Ley Orgánica 2/2007 (Estatuto de Autonomía). Sobre esa base, la organización del Gobierno y de la Presidencia se regula en la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía (Ley del Gobierno andaluz, y su versión en el BOJA en [enlace]). El régimen material del deporte se contiene en la Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte de Andalucía (Ley del Deporte de Andalucía), modificada por el Decreto‑ley 2/2017 (Decreto‑ley 2/2017, con su convalidación en resolución parlamentaria).

La estructura concreta de la Consejería que hoy asume el deporte se fija en el Decreto 159/2022, de 9 de agosto, de estructura orgánica de la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte (Decreto 159/2022), que desarrolla un Decreto del Presidente sobre reestructuración de consejerías (mencionado en su preámbulo). Otros desarrollos sectoriales, como el Decreto 336/2009 sobre deporte de rendimiento (Decreto 336/2009), completan el marco.

Competencias generales del presidente aplicadas al deporte

Según la Ley 6/2006, el presidente dirige la acción del Gobierno y fija las directrices a las que debe ajustarse el Consejo de Gobierno, que “desarrolla el Programa de Gobierno, de acuerdo con las directrices fijadas por la Presidencia de la Junta de Andalucía”. En materia deportiva esto significa que:

  • Marca la orientación política deportiva de la Junta: prioridades (deporte escolar, de alto rendimiento, infraestructuras, grandes eventos, etc.).
  • Convoca y preside el Consejo de Gobierno, donde se aprueban los proyectos de ley y los decretos en materia de deporte, así como los planes estratégicos deportivos.
  • Su voto es dirimente en caso de empate en el Consejo de Gobierno.
  • Mediante decretos de la Presidencia puede reestructurar consejerías y reasignar competencias (como se refleja en el preámbulo del Decreto 159/2022 respecto a turismo, cultura y deporte).
  • Firma los decretos acordados en Consejo de Gobierno, que son la forma típica de los reglamentos y decisiones en esta materia, según la Ley 6/2006 (los decretos llevan su firma y la de la consejería proponente).

Relación con la Ley del Deporte y la Consejería competente

La Ley 5/2016 atribuye a la Administración de la Junta de Andalucía, en relación con el deporte, funciones como la “formulación de la política deportiva de la Comunidad Autónoma” y la “planificación y organización del sistema deportivo andaluz”, así como la representación de Andalucía ante organismos estatales e internacionales cuando la normativa lo permita. Estas competencias se ejercen materialmente a través de la Consejería competente, pero insertas en la acción general de gobierno dirigida por el presidente.

El Decreto 159/2022 precisa que corresponde a la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte la “propuesta, desarrollo, ejecución, coordinación y control de las directrices generales del Consejo de Gobierno” en materia de turismo, cultura y deporte. Por tanto, el presidente no resuelve expedientes deportivos concretos, pero sí condiciona la política deportiva al fijar esas directrices y al aprobar, junto con el Consejo de Gobierno, la normativa reglamentaria y los grandes planes previstos en la Ley 5/2016 (planes de deporte en edad escolar, eventos deportivos, coordinación con entidades locales, etc.).

Representación institucional y relaciones con otros niveles

En el plano institucional, la Ley del Deporte andaluza prevé que la Administración de la Junta represente a Andalucía ante organismos estatales e internacionales en materia deportiva; en la práctica, esa representación máxima corresponde al presidente, aunque se delega habitualmente en el consejero del ramo. Esta dimensión se conecta con otras normas sectoriales y de organización general de la Junta y del Estado que, aunque no sean deportivas, enmarcan la actuación institucional (por ejemplo, leyes como la 9/2011 sobre ex presidentes, incompatibilidades y régimen electoral autonómico: Ley 9/2011 (BOE) y su publicación en BOJA en [enlace]; o normas estatales y constitucionales de reparto competencial como diversas sentencias del Tribunal Constitucional y recursos de inconstitucionalidad, por ejemplo STC sobre puertos deportivos, STC sobre el Guadalquivir o recursos estatales diversos: [enlace] y [link]).

Otros textos normativos relacionados

En el ecosistema jurídico que rodea estas competencias se encuentran, además, normas autonómicas sobre gobierno y administración o materias conexas, como la Ley 6/1994 (Ley 6/1994), la Ley 1/2008 de medidas tributarias (Ley 1/2008 (BOJA)), la Ley 5/2021 de tributos cedidos (Ley 5/2021) o varios decretos y estatutos de agencias (Agencia de Obra Pública, ordenación del territorio, defensa de la competencia), que no son deportivos pero inciden indirectamente (infraestructuras, financiación, etc.).

En el plano estatal existen también resoluciones sectoriales (por ejemplo, sobre federaciones deportivas estatales de judo o baile: estatutos Judo, estatutos Baile Deportivo) y disposiciones sobre delegaciones del Gobierno en Andalucía (resolución 2023‑06‑28, resolución 2023‑05‑22, resolución 2022‑06‑23) o cuestiones competenciales como la autonomía local (cuestión de inconstitucionalidad sobre la Ley 5/2010). Aunque no definen directamente qué hace el presidente andaluz en deporte, sí delimitan el contexto en el que ejerce sus funciones de dirección política y representación de la Comunidad Autónoma.

Por último, el marco territorial y comparado se completa con la reforma del Estatuto de Cataluña (LO 6/2006), que sirve de referencia general en el reparto competencial, aunque sin incidir directamente en las competencias del presidente andaluz en materia deportiva.

¿En qué artículos concretos de la Ley 6/2006 se regulan las funciones del presidente de la Junta y del Consejo de Gobierno que impactan en la política deportiva? ¿Qué papel tiene la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte en la elaboración y ejecución de los planes deportivos que aprueba el Consejo de Gobierno? ¿Cómo se coordinan las competencias deportivas de la Junta de Andalucía con las del Estado y las entidades locales según la Ley 5/2016?

¿Cuántos escaños tiene el Partido Popular en el Congreso tras las últimas elecciones generales?

Tras las últimas elecciones generales en España, celebradas el 23 de julio de 2023, el Partido Popular (PP) cuenta con 137 escaños en el Congreso de los Diputados. Este resultado forma parte de la composición de la XV Legislatura, iniciada el 17 de agosto de 2023. Con esos 137 diputados, el PP es la primera fuerza de la Cámara, pero se queda lejos de la mayoría absoluta situada en 176 escaños. Diversas fuentes oficiales y de medios de comunicación coinciden en esta cifra y la usan como referencia para comparar encuestas y escenarios posteriores.

Resultado del PP en el 23J y composición del Congreso

La página del Congreso de los Diputados y la entrada específica de la XV Legislatura recogen que el PP obtuvo 137 diputados el 23J. Esa cifra supone un fuerte aumento respecto a los 89 que tenía en 2019, algo que también se refleja en el seguimiento histórico de la Cámara en el anexo de composiciones históricas y en bases de datos como Historia Electoral o las series de EPData.

Medios como RTVE detallan la distribución tras el escrutinio en piezas sobre la composición del Congreso, mientras cabeceras como ABC, con sus gráficos de diputados del Congreso 2023, o análisis como los de Newtral sobre el 23J, coinciden igualmente en los 137 escaños del PP. Todo ello encaja con la ficha general del Congreso y la de la XV Legislatura.

Otros indicadores institucionales, como la composición de grupos de la Cámara Alta que recoge el Senado, ayudan a entender el equilibrio global entre bloques, pero no alteran el dato básico: en la Cámara Baja el PP tiene 137 diputados.

Confirmación en el periódico Demócrata y otros análisis

El periódico Demócrata utiliza también esos 137 escaños como referencia constante. En una encuesta de Hamalgama Métrica se explica que el PP “pasaría de 137 a 146” diputados, comparando la estimación actual con el resultado real del 23J (encuesta Hamalgama). Otras piezas de Demócrata con proyección de escaños también parten siempre de esos 137 como “Escaños 23J” o “Escaños actuales”:

En otra estimación de GESOP para Prensa Ibérica, recogida también por Demócrata, se indica que el PP bajaría desde el “33,1% y 137 escaños” obtenidos el 23J a una nueva horquilla de 123-127 diputados (encuesta GESOP). Y en el debate sobre el Reglamento de la Cámara, una información parlamentaria de Demócrata subraya que el PP defiende ajustar tiempos y recursos a la representación porque su portavoz habla en nombre de “137 diputados” (reforma del Reglamento).

Diferencia entre escaños reales y estimaciones futuras

Conviene distinguir entre esos 137 escaños reales y las proyecciones de encuestas posteriores. El periódico Demócrata publica habitualmente sondeos que otorgan al PP cifras distintas en escenarios hipotéticos: 141 diputados según GAD3, 132 según Ipsos, entre 144 y 148 en el caso del Instituto DYM o diferentes horizontes en promedios como el que analiza la suma PP–Vox por encima de 200 diputados (promedio de encuestas).

Sin embargo, todas esas proyecciones son únicamente estimaciones demoscópicas; no cambian la aritmética oficial de la XV Legislatura. Hasta que no se celebren nuevas elecciones generales y se proclame un nuevo reparto de escaños, la cifra que responde a tu pregunta es clara: el Partido Popular tiene 137 diputados en el Congreso de los Diputados.

¿Cómo quedó repartido el resto de escaños del Congreso entre los demás partidos tras las elecciones generales del 23J de 2023? ¿Qué mayoría suman actualmente PP y Vox juntos en el Congreso y cómo se compara con la mayoría absoluta de 176 escaños? ¿Qué encuestas recientes sobre elecciones generales en España manejan mejores o peores proyecciones para el PP respecto a sus 137 escaños actuales?

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