El IBEX 35 consolida los 20.000 puntos tras un arranque al alza impulsado por Indra e Inditex

El selectivo español mantiene el tono positivo después de conquistar su máximo histórico y supera con solvencia la barrera de los 20.000 puntos. Indra lidera las ganancias en la apertura, mientras la mayoría de los grandes valores cotiza en verde

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Paneles del Ibex en el Palacio de la Bolsa de Madrid, a 31 de julio de 2026, en Madrid (España).  Marta Fernández - Europa Press

Paneles del Ibex en el Palacio de la Bolsa de Madrid, a 31 de julio de 2026, en Madrid (España). Marta Fernández - Europa Press

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El IBEX 35 continúa mostrando fortaleza en el arranque de la sesión de este miércoles y avanza un 0,42% en los primeros minutos de negociación, hasta situarse en 20.108,6 puntos. Después de alcanzar por primera vez en su historia la cota de los 20.000 puntos, el índice español trata ahora de consolidar ese nivel y prolongar el rally que mantiene desde comienzos de año.

La apertura deja un tono claramente positivo en el mercado español, con una amplia mayoría de compañías cotizando al alza. La atención de los inversores sigue centrada en la evolución de los grandes valores del índice y en la capacidad del selectivo para afianzarse por encima de una barrera que durante años había parecido inalcanzable.

Indra, Puig e Inditex lideran las compras

La compañía con mejor comportamiento en los primeros compases de la sesión es Indra, que se revaloriza un 2,72% y encabeza las ganancias del selectivo.

También destacan Puig Brands, con un avance del 1,33%, e Inditex, que suma un 1,24%. Entre los valores más alcistas figuran además Naturgy (+1,20%), Amadeus (+1,10%), IAG (+1,10%), Sacyr (+1,10%), Mapfre (+1,00%), Aena (+0,97%), Fluidra (+0,96%), Enagás (+0,95%), Redeia (+0,91%) y Endesa (+0,82%).

Entre los grandes bancos, el comportamiento es moderadamente positivo. Banco Santander avanza un 0,49%, CaixaBank gana un 0,15% y Unicaja suma un 0,18%, mientras que BBVA retrocede un 0,81%.

BBVA y ArcelorMittal, entre los pocos valores en negativo

Las caídas son mucho más reducidas que las subidas en esta apertura. Acciona cede un 0,93%, al igual que BBVA, que pierde un 0,81%, y ArcelorMittal, que retrocede otro 0,81%.

También cotizan con ligeros descensos Acciona Energía (-0,48%), Banco Sabadell (-0,32%), Merlin Properties (-0,20%), Colonial (-0,18%) y Logista (-0,11%). Por el contrario, compañías como ACS, Bankinter y Cellnex se mueven prácticamente planas en los primeros compases de la sesión.

El reto ahora es consolidar el récord histórico

Tras superar por primera vez la barrera de los 20.000 puntos, el mercado español afronta una nueva fase en la que el principal objetivo pasa por consolidar ese nivel como soporte. La evolución de Wall Street, el comportamiento del petróleo y las próximas referencias macroeconómicas seguirán marcando el ánimo de los inversores durante la jornada.

Con la mayoría de los grandes valores cotizando en positivo y el respaldo de compañías como Indra, Inditex, Santander o Naturgy, el IBEX 35 mantiene el impulso con el que inició agosto y vuelve a situarse entre los índices europeos con mejor comportamiento.

 

Más claves, contexto y preguntas con FREN

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¿En qué fase de tramitación parlamentaria se encuentra actualmente la regulación de los mercados bursátiles en España?

Regulación de los mercados bursátiles en España

A día de hoy, la regulación básica de los mercados bursátiles españoles ya ha superado su tramitación parlamentaria y está en vigor (Ley de Mercados de Valores y normas de desarrollo), por lo que no existe un único “proyecto de ley de mercados bursátiles” pendiente en una fase concreta del Congreso o del Senado. Lo que sí hay son reformas parciales en marcha, especialmente para transponer la Listing Act y otras normas europeas, pero la principal de ellas se encuentra aún en fase de anteproyecto y audiencia pública dentro del Gobierno, es decir, antes de su envío a las Cortes. En paralelo, otros ajustes técnicos (como la regulación de las cotizaciones duales) también han pasado por audiencia pública y deberán aún recorrer el circuito parlamentario cuando el Ejecutivo los eleve a proyecto de ley o real decreto‑ley.

1. Marco ya aprobado: Ley de Mercados de Valores

El marco general de los mercados bursátiles se articula hoy en torno a la Ley 6/2023, de Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión (LMVSI), que ya fue tramitada y aprobada por las Cortes Generales en la pasada legislatura. Esta ley ha sido desarrollada, entre otros, por el Real Decreto 814/2023 sobre instrumentos financieros e infraestructuras de mercado, y ha permitido completar reformas como la armonización de la post‑contratación con los estándares europeos descrita por la CNMV en su nota sobre Reforma 3.

Por tanto, el “esqueleto” regulatorio de bolsas y mercados de valores (admisión a negociación, negociación, post‑contratación y supervisión de la CNMV) no está hoy en tramitación parlamentaria: ya fue aprobado y se encuentra plenamente vigente, complementado por circulares de la CNMV y por reglamentos europeos como MiFIR o el Reglamento de Folletos, cuya adaptación práctica se refleja en documentos como las “Q&A” actualizadas por la CNMV sobre folletos ([enlace]).

2. Nueva reforma de mercados de valores: aún fuera de las Cortes

El paquete más relevante en preparación es el anteproyecto de ley para transponer varias normas europeas sobre mercados de valores, que incorpora la Listing Act, ajustes MiFID/MiFIR, directivas AIFMD/UCITS y el paquete EMIR 3.0. El Consejo de Ministros lo aprobó en primera vuelta el 24 de marzo de 2026, según detalló el periódico Demócrata en su pieza de balance del Consejo de Ministros (Consejo de Ministros 24‑3‑2026).

Demócrata explicó en una información específica que este anteproyecto persigue facilitar las salidas a Bolsa (rebajando el free float mínimo del 25% al 10% e introduciendo acciones de voto plural) y ampliar la base inversora minorista (salidas a Bolsa y voto plural). Posteriormente, el texto fue sometido a audiencia pública en el Ministerio de Economía, como recogen varias entregas de la serie “Quiero influir” del propio Demócrata, que lo citan como “Anteproyecto de Ley por la que se modifican diversas normas en materia de inversión colectiva, sociedades de capital, financiación empresarial y mercados de valores y servicios de inversión” en fase de audiencia (31 de marzo, 14 de abril y 21 de abril de 2026).

En consecuencia, esta reforma clave aún no ha sido remitida al Congreso como proyecto de ley. Por tanto, no se encuentra en ninguna de las fases típicas de tramitación parlamentaria (enmienda a la totalidad, ponencia, dictamen de comisión, etc.), sino en la fase previa del Ejecutivo (audiencia e informes antes de volver a Consejo de Ministros y pasar, ya entonces, a las Cortes).

3. Otros ajustes normativos con impacto bursátil

Además del gran paquete de transposición de la Listing Act, el Gobierno está impulsando cambios técnicos que afectan al funcionamiento de las bolsas, como la reforma para facilitar las cotizaciones duales de empresas españolas en otros mercados. Demócrata detalla que la modificación del Real Decreto 814/2024 en esta materia ya ha superado el trámite de audiencia pública y “todavía debe ser convalidada por el Congreso y completar todo el recorrido legislativo antes de su entrada en vigor” (seguridad jurídica y cotizaciones duales). De nuevo, se trata de una iniciativa aún en manos del Gobierno, pendiente de su eventual elevación al Parlamento.

A escala europea, la Ley de Cotización (Listing Act) fue ya adoptada por el Consejo de la UE (nota del Consejo) y España está obligada a transponerla. La Comisión Europea ha abierto un procedimiento de infracción porque España, entre otros Estados, no ha completado todavía esa transposición, según informó Demócrata (expediente a España por la Listing Act), lo que añade presión política para que el anteproyecto pase cuanto antes a fase parlamentaria.

4. Conclusión

En síntesis, la regulación de los mercados bursátiles en España se encuentra hoy en una situación dual: el marco legal básico (LMVSI y su desarrollo reglamentario) ya ha completado su tramitación parlamentaria y está plenamente vigente, mientras que la gran reforma para adaptar el sistema a la Listing Act y demás paquetes europeos no ha entrado todavía en el Congreso ni en el Senado y permanece en fase de anteproyecto y audiencia pública en el Ejecutivo. Cualquier referencia a una “fase de tramitación parlamentaria” debe, por tanto, hacerse a reformas puntuales concretas; el núcleo regulatorio bursátil no está ahora mismo pendiente de una aprobación legislativa general en las Cortes.

¿Cuáles son las competencias de la Comisión Nacional del Mercado de Valores en relación con el IBEX 35?

La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) no “gestiona” ni calcula el IBEX 35 –esa función corresponde al gestor del mercado bursátil–, pero sí tiene competencias muy amplias sobre todo lo que rodea al índice: el mercado regulado donde cotizan sus valores, las sociedades emisoras que lo integran, los intermediarios y la detección y sanción de abusos de mercado. Su papel viene definido principalmente por la Ley 6/2023 de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión y por los reales decretos que la desarrollan. De este modo, su influencia sobre el IBEX 35 es indirecta pero estructural: garantiza transparencia, correcta formación de precios y protección del inversor en el mercado donde nacen las cotizaciones que conforman el índice.

Marco legal básico de las competencias de la CNMV

La Ley 6/2023 se define como una norma marco que “atribuye a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (…) la misión de supervisar dichos mercados en beneficio de la transparencia, la correcta formación de los precios y la protección de los inversores”, según se recoge en su preámbulo (Ley 6/2023). Esta ley sustituye en gran medida al anterior texto refundido de la Ley del Mercado de Valores aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2015, y se desarrolla reglamentariamente, entre otros, mediante el:

  • Real Decreto 814/2023, sobre instrumentos financieros, admisión a negociación, registro e infraestructuras de mercado.
  • Real Decreto 815/2023, sobre registros oficiales de la CNMV, cooperación con otras autoridades y supervisión de empresas de servicios de inversión.

Además, el propio Reglamento de Régimen Interior de la CNMV, aprobado por Resolución de 19 de diciembre de 2019 ([enlace]) y actualizado en 2025 ([enlace]), ordena internamente el ejercicio de estas potestades.

Supervisión del mercado donde cotizan los valores del IBEX 35

El IBEX 35 es un índice formado por acciones admitidas a negociación en un mercado regulado español. La Ley 6/2023 define los “centros de negociación” (mercados regulados, sistemas multilaterales de negociación y sistemas organizados de contratación) y establece que para comenzar su actividad necesitan autorización de la CNMV; esta debe comprobar que el organismo rector y los sistemas del mercado cumplen los requisitos legales y reglamentarios (Ley 6/2023).

En coherencia, el Real Decreto 814/2023 desarrolla el régimen de:

  • Admisión a negociación de valores en mercados regulados.
  • Funcionamiento de los centros de negociación e infraestructuras de poscontratación.
  • Obligaciones de los organismos rectores de los mercados.

Todo ello se sitúa bajo el paraguas de supervisión y sanción de la CNMV, que debe velar por un funcionamiento ordenado y transparente de la negociación. Aunque el IBEX 35 no se menciona de forma específica en las normas consultadas, al ser un índice basado en precios de un mercado regulado, su fiabilidad depende directamente de la correcta supervisión que ejerce la CNMV sobre ese mercado.

Competencias sobre los emisores y la información que nutre al IBEX 35

La Ley 6/2023 regula exhaustivamente las obligaciones de información de los emisores con valores admitidos en mercados regulados (información financiera periódica, información privilegiada, participaciones significativas, etc.), imponiendo la obligación de difundir informes financieros anuales auditados y otra información regulada de forma accesible durante al menos diez años (Ley 6/2023). La CNMV supervisa el cumplimiento de estas obligaciones, puede requerir información adicional y tiene potestad sancionadora cuando se incumplen.

Para los inversores del IBEX 35 esto es clave: las cotizaciones que forman el índice reflejan expectativas sobre resultados, riesgos y estrategia de las compañías, y toda esa información tiene que ser veraz, completa y difundida en tiempo y forma. La CNMV también controla la publicidad de las ofertas públicas y de la admisión a negociación, así como la correcta elaboración y aprobación de folletos, en coordinación con el Reglamento (UE) 2017/1129, de acuerdo con la normativa reglamentaria.

Abuso de mercado, manipulación y protección del inversor

La lucha contra el abuso de mercado (uso indebido de información privilegiada y manipulación de mercado) es otra competencia central. La Ley 6/2023 menciona que la CNMV ejerce todas las facultades que el Reglamento (UE) 596/2014 sobre abuso de mercado otorga a las autoridades competentes, incluyendo las previstas en su artículo 23 (Ley 6/2023). Esto abarca la investigación de operaciones sospechosas, requerimientos de información, inspecciones y, en su caso, sanciones.

En relación con los valores del IBEX 35, esto se traduce en la capacidad de la CNMV para detectar y perseguir:

  • Operaciones o estrategias destinadas a alterar artificialmente el precio de acciones del índice.
  • Uso de información privilegiada relativa a emisores del IBEX.
  • Comportamientos que afecten a la transparencia y correcta formación de precios en el mercado donde se calculan las cotizaciones que forman el índice.

La Ley 6/2023 también articula mecanismos fuertes de protección del inversor (clasificación de clientes, requisitos de idoneidad, restricciones a la venta de productos complejos, fondos de garantía de inversiones, etc.), aspectos desarrollados en parte en normativa previa y conexa como la Ley 11/2015 o la Ley 5/2015, y en circulares de la propia CNMV (por ejemplo, sobre intervención de productos en la Resolución de 27 de junio de 2019).

¿Tiene la CNMV competencias directas sobre el IBEX 35?

En las normas consultadas no aparece una competencia específica sobre la metodología o el cálculo del IBEX 35. Esas funciones corresponden al gestor del índice y del mercado bursátil. Sin embargo, la CNMV:

  • Autoriza y supervisa el mercado regulado en el que cotizan los valores que forman el índice.
  • Supervisa a los emisores integrantes del IBEX 35 y su información regulada.
  • Vigila las prácticas de negociación y posibles abusos de mercado que afecten a esas acciones.
  • Protege a los inversores que operan sobre esos valores y productos vinculados al índice.

Por tanto, su competencia en relación con el IBEX 35 es principalmente indirecta pero esencial: garantiza que el entorno jurídico, informativo y supervisor donde nace el índice sea transparente, ordenado y seguro para el conjunto del mercado y de los inversores.

Otros textos relevantes sobre el marco de la CNMV y el mercado de valores que completan este esquema son, entre otros, el Real Decreto-ley 19/2018, el Real Decreto-ley 14/2018, el Real Decreto-ley 21/2017, el Acuerdo de 26 de abril de 2017 sobre delegación de competencias, y diversas circulares de la CNMV como la Circular 1/2017 sobre contratos de liquidez o las circulares de 2025 ([enlace], [enlace], [enlace]), todas ellas dictadas “de conformidad” con la Ley 6/2023.

¿En qué normas concretas se regulan las obligaciones de información continua de las empresas del IBEX 35 y qué sanciones puede imponer la CNMV si las incumplen? ¿Qué facultades específicas tiene la CNMV para investigar y sancionar posibles manipulaciones del mercado relacionadas con valores del IBEX 35 o derivados sobre el índice? ¿Cómo se coordina la CNMV con otras autoridades españolas y europeas cuando un problema en el IBEX 35 puede afectar a la estabilidad financiera o a otros mercados?

¿Qué requisitos legales deben cumplir las empresas para formar parte del IBEX 35?

Para formar parte del Ibex 35 una empresa debe, primero, cumplir los requisitos legales generales para cotizar en la Bolsa española bajo supervisión de la CNMV, y después superar los criterios técnicos específicos que fija Bolsas y Mercados Españoles (BME) para el índice. En la práctica, esto se traduce en estar admitida a negociación en el mercado continuo, alcanzar una determinada capitalización y liquidez, y contar con un capital flotante suficiente, que se refleja en los coeficientes que aplica el Comité Asesor Técnico del Ibex. Las normas técnicas del índice se revisan de forma periódica y permiten tanto la entrada de nuevos valores como la salida de los que dejen de cumplir los criterios.

1. Criterios técnicos del Ibex 35 (BME)

Según explica una noticia de Demócrata sobre la última revisión del selectivo, el Comité Asesor Técnico aplica las “Normas Técnicas para la Composición y Cálculo de los Índices Ibex y de Estrategia sobre Acciones”, gestionadas por Sociedad de Bolsas. De ese texto se desprenden tres ideas clave:

  • Volumen de contratación y liquidez: el Comité evalúa el volumen de contratación en euros en el mercado de órdenes durante los seis meses anteriores a cada reunión (el llamado periodo de control) y revisa la calidad de ese volumen (número de operaciones, cambios en el accionariado, etc.).
  • Tamaño mínimo: solo pueden integrar el Ibex 35 aquellos valores cuya capitalización media supere el 0,30% de la capitalización media del propio índice en ese periodo.
  • Capital flotante (free float): las normas fijan diferentes coeficientes que se aplican sobre la capitalización de cada valor para penalizar a los títulos con menor capital flotante o mayor capital cautivo. En la misma noticia se mencionan ajustes de coeficientes en Indra, Naturgy y Solaria precisamente por cambios en su capital cautivo.

Otra pieza de Demócrata sobre cambios en otros índices (revisión del Ibex Medium y Small Caps) muestra cómo estos coeficientes se usan de forma sistemática en la familia de índices Ibex (por ejemplo, Cirsa y Dia con coeficiente del 40%, o Colonial con ajuste del 40% al 60%).

La metodología se traduce en que el Ibex 35 agrupa a las compañías de mayor tamaño y negociación del mercado continuo. Casos recientes lo ilustran: el artículo sobre la entrada de Puig en el índice, que desplazó a Meliá Hotels por no cumplir ya los requisitos, subraya el papel de la capitalización superior a 15.000 millones y la elevada negociación de Puig poco después de su salida a Bolsa (crónica sobre Puig).

2. Requisitos legales previos: cotizar en la Bolsa española

Para poder ser candidata al Ibex, una empresa debe estar admitida a negociación en un mercado regulado español (mercado continuo) y cumplir la normativa general de mercados de valores (Ley de los Mercados de Valores y su normativa de desarrollo, supervisada por la CNMV). Las fuentes disponibles no detallan de forma exhaustiva esos requisitos, pero sí recogen algunos elementos clave:

  • Folleto y admisión a negociación: la CNMV regula los folletos de ofertas públicas y admisiones a negociación y ha ido simplificando y armonizando su contenido, tal como se expone en la actualización de preguntas y respuestas sobre folletos (documento de la CNMV) y en el comunicado sobre los cambios previstos por la Listing Act (nota de la CNMV).
  • Modalidad BME Easy Access: CNMV y BME han creado un procedimiento alternativo que permite la admisión directa en mercados regulados sin exigir de inicio una difusión mínima o free float, concediendo hasta 18 meses para completar la colocación (presentación de BME Easy Access y aprobación formal).
  • Supervisión continua: la CNMV vigila la transparencia, la correcta formación de precios y la lucha contra abusos de mercado (información privilegiada, manipulación), aspectos destacados en estudios y comunicaciones recientes sobre liquidez y fragmentación de la negociación (estudio de liquidez).

Además, noticias económicas y parlamentarias sobre la reforma del marco de mercado de capitales señalan que el Gobierno y el supervisor están impulsando cambios legales para “modernizar el marco regulatorio español en línea con la normativa europea” y reducir costes de salida a Bolsa, especialmente para pymes (referencia del Consejo de Ministros).

3. Diferencia entre requisitos del índice y requisitos legales

En resumen, los requisitos legales (LMV, reglamentos de folletos, circulares de bolsas) son la condición de base para que una empresa pueda cotizar; tienen que ver con transparencia, información a inversores, solvencia y funcionamiento ordenado del mercado, y se canalizan a través de la CNMV y de las sociedades rectoras (Madrid, Barcelona, Bilbao y Valencia). Una vez cotiza, entran en juego los criterios de inclusión y permanencia del Ibex 35, puramente bursátiles: tamaño, liquidez y free float medidos con las reglas técnicas mencionadas y revisados periódicamente por el Comité Asesor Técnico.

Las fuentes disponibles no ofrecen un listado completo y cerrado de todos los artículos legales aplicables, pero sí permiten trazar esta distinción entre la capa regulatoria general y la metodología específica del índice. No se dispone de más información en las fuentes consultadas sobre otros umbrales cuantitativos distintos del 0,30% de capitalización media y del uso de coeficientes ligados al capital flotante.

Para contexto más amplio sobre el Ibex 35, el papel de BME y la regulación y supervisión bursátil pueden consultarse, entre otros, los siguientes materiales: [enlace], [enlace], [enlace], [enlace], [enlace], [enlace], [enlace], [enlace], [enlace], [enlace], [enlace], [enlace], [enlace], así como diversas notas de la CNMV ya citadas.

¿Qué papel concreto tiene el Comité Asesor Técnico del Ibex en decidir entradas y salidas del índice? ¿Cómo afecta el requisito de capital flotante y los coeficientes de BME a empresas con grandes accionistas de control? ¿Qué reformas legales está tramitando el Gobierno para facilitar que más empresas lleguen a cotizar y eventualmente puedan entrar en el Ibex 35?

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