El Consejo de Ministros ha dado luz verde este martes, en una segunda lectura, al proyecto de ley del tabaco. La principal novedad respecto al primer borrador es que se suman las playas marítimas y fluviales al listado de espacios libres de humo, donde ya figuraban las terrazas de bares y restaurantes.
El texto será remitido ahora a las Cortes Generales para iniciar su tramitación parlamentaria y, según ha explicado la ministra de Sanidad, Mónica García, persigue "dar el siguiente paso para ampliar el derecho a respirar aire limpio", además de "responder a los nuevos productos y especialmente proteger a las nuevas generaciones". La titular de Sanidad ha subrayado que España siempre ha estado "a la vandguardia" en la lucha contra el tabaquismo.
Entre los ejes de la reforma figura "equiparar la regulación de productos relacionados con el tabaco". La norma prevé limitar la venta y suministro de estos productos a establecimientos especializados, que no podrán mostrar publicidad ni carteles visibles desde el exterior. Este punto se concretará más adelante mediante una orden ministerial.
Tras el primer visto bueno del Consejo de Ministros en septiembre del año pasado, el proyecto de modificación de la Ley 28/2005, de medidas sanitarias frente al tabaquismo, se articula en torno a tres grandes objetivos: ampliar los espacios en los que no se permite fumar, reforzar la protección de la infancia y la adolescencia y actualizar la regulación a los nuevos productos relacionados con el tabaco.
Según fuentes del Ministerio, esta revisión se integra en el 'Plan Integral de Prevención y Control del Tabaquismo 2024-2027' y responde a los cambios en los hábitos de consumo, sobre todo entre los jóvenes. En los últimos años han proliferado los cigarrillos electrónicos con y sin nicotina, los productos a base de hierbas para fumar o 'shisha', las bolsas de nicotina y otros artículos que imitan o se asocian al acto de fumar.
El proyecto también veta el consumo de tabaco en otros espacios: piscinas de uso colectivo, instalaciones deportivas, parques nacionales, vehículos de trabajo —salvo cuando se utilicen de forma exclusivamente personal— y recintos donde se celebren espectáculos públicos. En este último caso se incluyen teatros, cines, conciertos y otros eventos, incluso cuando se desarrollen al aire libre.
En materia de publicidad, la ley endurece las limitaciones a la promoción y el patrocinio del tabaco, de los dispositivos para su consumo y de los productos vinculados. El capítulo más innovador afecta a los puntos de venta: no se podrán llevar a cabo acciones en escaparates ni colocar cartelería que, por su diseño o ubicación, pueda verse o percibirse desde fuera de estancos y tiendas especializadas.
Entornos de protección reforzada y menores
La propuesta incorpora los denominados entornos de protección reforzada, definidos como un perímetro de al menos 15 metros alrededor de los accesos a edificios públicos, centros sanitarios públicos y privados, servicios sociales, centros educativos, universidades, centros de investigación, museos, bibliotecas, centros culturales, instalaciones deportivas y parques o áreas de juego infantil. Se prevé un plazo de dos meses para adaptar la señalización en los lugares donde rige la prohibición de fumar.
Asimismo, se prohíbe de forma expresa el consumo de productos del tabaco por parte de menores de 18 años. Esta restricción se hace extensiva a los cigarrillos electrónicos y a otros productos relacionados, con la excepción de las bolsas de nicotina en lo relativo a los espacios sin humo, aunque la norma también veta su uso a las personas menores de edad.
El texto recupera el 'Observatorio para la Prevención del Tabaquismo', suprimido en 2014, que volverá a contar con representantes de distintos Ministerios. Este órgano propondrá actuaciones, programas y medidas para cumplir los fines de la ley, fijará objetivos de reducción de la prevalencia del tabaquismo y del consumo de productos relacionados y elaborará informes periódicos sobre la situación y el grado de aplicación de la normativa.
Sanidad sostiene que la reforma cierra los vacíos detectados en la ley de 2005, que se consideraba desfasada ante la aparición de nuevos productos. El departamento insiste en que el foco se sitúa en la protección de la infancia y la juventud y defiende que la ampliación de espacios sin humo es una herramienta especialmente eficaz.
Régimen sancionador y tramitación parlamentaria
El articulado busca desnormalizar el consumo de tabaco y proteger a terceros de la exposición al humo. Para ello, se establece un régimen sancionador que fija, como novedad, un rango económico para las infracciones leves de entre 300 y 600 euros. Además, se introduce la responsabilidad subsidiaria de padres o tutores en el caso de menores, con la posibilidad de sustituir la sanción económica por trabajos en beneficio de la comunidad.
Fuentes del Ministerio se muestran confiadas en que la ley pueda salir adelante en las Cámaras, al considerar que su contenido es relativamente sencillo, aunque admiten que habrá que comprobar el grado de resistencia de los grupos parlamentarios frente al 'lobby' de la hostelería. El texto no incorpora de momento la obligación del empaquetado genérico, que se intentará añadir durante la negociación parlamentaria, después de que el PSOE rechazara incluirlo ya en esta fase.
También se prevé introducir más adelante la prohibición de los vapeadores desechables, a la espera de un dictamen favorable de la Comisión Europea. Otros aspectos se remitirán a otra norma, el Real Decreto sobre fabricación, presentación y comercialización de los productos del tabaco y los productos relacionados, cuyo contenido se está cerrando con el Ministerio de Hacienda y que, según Sanidad, "pronto" será enviado al Consejo de Estado.
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