Elecciones en Perú: por qué todavía no hay ganador y cuándo se conocerá el resultado definitivo

Claves para entender el complejo recuento de votos que definirá el futuro de Perú

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El resultado oficial de las elecciones en Perú podría tardar un mes en conocerse. Gabriel Luengas/Europa Press.

El resultado oficial de las elecciones en Perú podría tardar un mes en conocerse. Gabriel Luengas/Europa Press.

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Igualdad máxima y mucha paciencia. Perú amaneció este lunes sin conocer todavía quién será su próximo presidente. Aunque la votación de la segunda vuelta presidencial ya se ha celebrado y existen proyecciones estadísticas sobre el resultado, la extrema igualdad entre Roberto Sánchez y Keiko Fujimori mantiene abierto el desenlace de una de las elecciones en Perú más ajustadas de la historia.

El conteo rápido elaborado por Ipsos sitúa a Sánchez con el 50,3% de los votos frente al 49,7% de Fujimori. Sin embargo, la diferencia entra dentro del margen de error y no permite declarar un vencedor.

Mientras tanto, el escrutinio oficial de la ONPE sigue avanzando y durante buena parte de la noche mantuvo una ventaja provisional para Fujimori. La aparente contradicción entre ambas cifras tiene una explicación relacionada con la forma en que llegan las actas electorales al sistema de recuento.

Por qué los resultados cambian según avanzan las actas

Los primeros datos del escrutinio suelen proceder de Lima y de otras grandes áreas urbanas. En estas zonas, Keiko Fujimori cuenta con una base electoral especialmente sólida, lo que explica que apareciera inicialmente por delante en el recuento oficial.

Sin embargo, el proceso es más lento en las regiones rurales, en los Andes y en determinadas zonas alejadas de los principales núcleos urbanos. Precisamente esos territorios figuran entre los principales bastiones electorales de Roberto Sánchez. A medida que esas actas se incorporan al escrutinio, las diferencias tienden a estrecharse.

Por ese motivo, las autoridades electorales y los analistas insisten en que los resultados provisionales deben interpretarse con cautela mientras continúa el procesamiento de votos.

Un proceso que puede durar semanas

Otra de las razones por las que Perú todavía no tiene presidente electo es el propio funcionamiento de su sistema electoral. La ONPE es la encargada de procesar y computar las actas, pero posteriormente pueden presentarse observaciones, reclamaciones e impugnaciones que deben ser resueltas por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).

La experiencia reciente muestra que estos procedimientos pueden prolongarse durante semanas. De hecho, los resultados definitivos de la primera vuelta celebrada en abril tardaron cerca de un mes en quedar completamente cerrados.

Diversos medios peruanos y fuentes internacionales señalan que la proclamación oficial del ganador podría retrasarse hasta julio si se producen recursos o controversias sobre determinadas actas. El propio JNE ha advertido de que los resultados finales podrían conocerse durante ese mes.

Qué se juega Perú en estas elecciones

La elección enfrenta dos proyectos políticos muy diferentes. Fujimori, líder de Fuerza Popular, ha centrado buena parte de su campaña en la lucha contra la inseguridad y en medidas orientadas a atraer inversión y reforzar la actividad económica. Sánchez, candidato de Juntos por el Perú y exministro durante el Gobierno de Pedro Castillo, propone reformas institucionales y un mayor papel del Estado en determinados sectores estratégicos.

El resultado es especialmente relevante para un país que ha tenido ocho presidentes en apenas una década y que continúa inmerso en una profunda crisis política e institucional.

La fecha clave: el 28 de julio

Pese a la incertidumbre actual, existe una fecha marcada en el calendario político peruano. El nuevo presidente de Perú debe asumir el cargo el próximo 28 de julio, día en que comienza oficialmente el nuevo mandato presidencial.

Hasta entonces, el país seguirá pendiente de cada actualización del escrutinio de las elecciones en Perú. La diferencia mínima entre ambos candidatos y la posibilidad de recursos sobre determinadas actas hacen prever que la batalla electoral continuará durante varios días, e incluso semanas, antes de que el país conozca oficialmente quién gobernará el país durante los próximos cinco años.

 

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¿En qué estado se encuentra el proceso de validación y proclamación oficial de resultados de la segunda vuelta presidencial en Perú, y cuáles son los próximos pasos según la legislación electoral peruana?

Respuesta directa

En este momento, no dispongo de información específica y actualizada en las fuentes consultadas sobre el estado exacto del proceso de validación y proclamación oficial de los resultados de la segunda vuelta presidencial en Perú. Dado que soy un asistente especializado principalmente en política y normativa española, no tengo un seguimiento en tiempo real ni especializado sobre los hitos procedimentales de la autoridad electoral peruana. No obstante, puedo explicarte de forma sintética cómo es, en términos generales, la secuencia que suele seguirse en el sistema electoral peruano una vez celebrada una segunda vuelta. Para conocer el estado concreto del proceso actual, es imprescindible acudir directamente al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) y a la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) de Perú.

Esquema general del proceso de validación y proclamación en Perú

1. Cómputo de votos y resultados oficiales de la ONPE

Tras la segunda vuelta presidencial, la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) realiza el cómputo oficial de actas:

- Se procesan las actas de todas las mesas, incluidas las del voto en el extranjero.
- Eventuales actas con errores materiales, inconsistencias o impugnaciones son remitidas a los Jurados Electorales Especiales (JEE) para su resolución.
- Una vez resueltas las actas observadas, la ONPE publica los resultados al 100 % de actas contabilizadas; estos son los resultados oficiales de cómputo, pero todavía no equivalen a la proclamación de presidente y vicepresidente.

2. Impugnaciones, nulidades y recursos ante el sistema de jurados

En paralelo al cómputo:

- Los partidos y alianzas políticas pueden presentar impugnaciones de actas o solicitudes de nulidad de mesa ante los JEE, dentro de los plazos fijados por la legislación electoral peruana.
- Las decisiones de los JEE pueden ser apeladas ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), que actúa como última instancia en materia contencioso-electoral.
- Solo cuando el JNE resuelve en definitiva todas las apelaciones y recursos (o cuando expiran los plazos para interponerlos), queda cerrada la fase contenciosa.

3. Proclamación de resultados por el Jurado Nacional de Elecciones

Concluida la etapa de impugnaciones:

- El JNE consolida los resultados definitivos por circunscripción electoral y emite primero actas de proclamación de resultados a nivel descentralizado (por JEE).
- Una vez culminada esa consolidación, el propio JNE procede a la proclamación de los resultados de elección presidencial a nivel nacional, declarando oficialmente a la fórmula (presidente y vicepresidente) ganadora de la segunda vuelta.
- Esta proclamación se recoge en una resolución del JNE, que suele publicarse en el diario oficial y en los canales institucionales del organismo.

4. Entrega de credenciales y transición

Después de la proclamación nacional:

- El JNE realiza la entrega de credenciales a quienes resultaron electos (presidente y vicepresidentes).
- A partir de ese momento se consolida la condición de autoridades electas, y se articula formalmente la transición de gobierno desde el Ejecutivo en funciones hacia la nueva administración, de acuerdo con los plazos constitucionales (toma de posesión en la fecha establecida por la Constitución peruana).

Próximos pasos típicos según la legislación electoral peruana

Sin poder concretar el hito exacto en que se encuentra el proceso actual, los próximos pasos en un escenario estándar de segunda vuelta en Perú suelen ser, en este orden:

1) Cierre del cómputo oficial al 100 % por la ONPE (si aún hubiera actas por resolver).
2) Resolución definitiva por los JEE y el JNE de todas las impugnaciones y nulidades presentadas dentro de plazo.
3) Proclamación descentralizada de resultados por circunscripción, seguida de la proclamación nacional de la elección presidencial por el JNE.
4) Publicación oficial de la proclamación y entrega de credenciales a la fórmula ganadora.
5) Organización de la toma de posesión conforme a los plazos constitucionales, con el correspondiente acto ante el Congreso de la República.

Límites de esta respuesta y recomendaciones

No se dispone de más información en las fuentes consultadas sobre el estado concreto y actualizado de la segunda vuelta presidencial peruana; además, mi especialidad es la política y la normativa española, no la peruana, por lo que no ofrezco seguimiento detallado de cada paso procesal en ese país. Para conocer exactamente en qué punto se encuentra hoy el proceso de validación y proclamación, lo más fiable es revisar directamente las comunicaciones oficiales de la ONPE y el Jurado Nacional de Elecciones de Perú, donde se publican en tiempo real los avances del cómputo, las resoluciones sobre impugnaciones y la eventual proclamación nacional.

¿Cuáles son las competencias y atribuciones del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) en Perú durante la resolución de impugnaciones electorales?

Respuesta breve

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) del Perú es el máximo órgano constitucional electoral y, en materia de impugnaciones, actúa como autoridad jurisdiccional definitiva en la justicia electoral. Sus competencias abarcan resolver en última y definitiva instancia los recursos contra actos y resultados electorales, fiscalizar la legalidad de todo el proceso y garantizar el respeto de la voluntad popular. Además, dicta criterios interpretativos y reglamentarios sobre la normativa electoral, supervisa la actuación de los jurados electorales especiales y puede anular mesas o procesos cuando se acreditan causales legales graves. Todo ello lo ejerce con autonomía e independencia frente a los poderes del Estado, en el marco de la Constitución peruana y la legislación electoral vigente.

Marco general de competencias del JNE

En el sistema peruano, el Jurado Nacional de Elecciones integra el sistema electoral junto con la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC). A diferencia de ONPE y RENIEC (que tienen funciones más bien organizativas y registrales), el JNE tiene un marcado rol jurisdiccional y normativo en todo lo relacionado con la validez jurídica de los actos electorales, referendos, revocatorias y otros mecanismos de democracia directa.

Durante la resolución de impugnaciones, el JNE ejerce principalmente sus funciones jurisdiccionales, pero se apoyan en su potestad normativa y de fiscalización para emitir resoluciones que sientan criterio y controlan la legalidad de los actos electorales.

Competencias jurisdiccionales en impugnaciones electorales

1. Órgano de última y definitiva instancia

El JNE resuelve, en última y definitiva instancia, los recursos que se interponen contra:

- Actas electorales (votos nulos, impugnación de votos, inconsistencias numéricas, etc.).
- Proclamación de resultados por parte de los Jurados Electorales Especiales (JEE).
- Decisiones de los JEE sobre inscripción, tachas o exclusiones de candidatos y listas.
- Otros actos electorales impugnados conforme a la ley (por ejemplo, procesos de revocatoria de autoridades, consultas populares u otros mecanismos de participación).

Su decisión cierra la vía electoral: una vez que el JNE resuelve un recurso de apelación o nulidad dentro de sus competencias, ya no hay una instancia electoral superior que pueda modificar esa decisión.

2. Resolución de recursos específicos

En la práctica, sus atribuciones durante la resolución de impugnaciones incluyen:

- Resolver apelaciones contra resoluciones de los JEE (por ejemplo, tachas a candidatos, exclusiones por infracciones a normas de democracia interna o financiamiento, improcedencias de listas, etc.).
- Resolver pedidos de nulidad de mesas de sufragio o de resultados en un determinado ámbito cuando se alegan causales legales (fraude, coacción, irregularidades graves en el escrutinio, participación de personas no habilitadas, entre otras, siempre que estén tipificadas en la normativa).
- Resolver impugnaciones de votos (votos válidos, nulos o en blanco) cuando las decisiones previas de las mesas de sufragio o de los JEE han sido cuestionadas y el caso llega al JNE.
- Pronunciarse sobre la validez de actas observadas por errores materiales, contradicciones o falta de datos esenciales.

3. Evaluación de pruebas y revisión de legalidad

En cada impugnación, el JNE:

- Analiza el expediente remitido por los JEE: actas electorales, actas de instalación y escrutinio, escritos de las partes, informes técnicos, etc.
- Valora las pruebas aportadas (documentales, periciales, eventualmente testimoniales si la normativa lo permite).
- Verifica el cumplimiento estricto de la ley electoral, reglamentos y, en su caso, precedentes del propio JNE.
- Contrasta los argumentos de la impugnación con las causales de nulidad o con las reglas sobre validez de votos y actas.

Con base en ello, puede confirmar la decisión del JEE, revocarla total o parcialmente, o reformarla (por ejemplo, cambiando la calificación de ciertos votos o disponiendo la nulidad de una mesa determinada).

4. Proclamación y corrección de resultados

Derivado de la resolución de impugnaciones, el JNE tiene además la atribución de:

- Ajustar los cómputos oficiales de votos cuando sus decisiones sobre actas o mesas modifican los totales.
- Proclamar resultados definitivos de elecciones nacionales, referendos y otros mecanismos, teniendo en cuenta todas las impugnaciones resueltas.
- Disponer la nulidad parcial o, en casos extremos previstos por ley, nulidad total de elecciones en determinadas circunscripciones cuando se superan los umbrales legales de mesas anuladas o se configuran causales graves.

Potestades normativas e interpretativas vinculadas a las impugnaciones

1. Interpretación de la normativa electoral

Al resolver impugnaciones, el JNE ejerce una función de:

- Interpretación auténtica y vinculante de las normas electorales dentro de su ámbito competencial, a través de sus resoluciones y precedentes.
- Establecimiento de criterios sobre cómo deben entenderse conceptos como “irregularidad grave”, “vicio insubsanable de acta”, “voto válido/nulo”, plazos de presentación de recursos, legitimación de los impugnantes, entre otros.

Estos criterios se convierten en guía obligatoria para los JEE y para los actores políticos, generando previsibilidad y uniformidad en la aplicación de las reglas.

2. Aprobación de reglamentos y disposiciones

Aunque la aprobación de reglamentos no se hace caso por caso, la experiencia acumulada en impugnaciones lleva al JNE a:

- Emitir reglamentos y directivas sobre tachas, exclusiones, nulidades, calificación de actas, tratamiento de votos impugnados, etc.
- Ajustar o actualizar disposiciones reglamentarias para cerrar vacíos normativos evidenciados en controversias electorales.

Esto refuerza su papel como garante de la seguridad jurídica en los procesos electorales, alineando la práctica jurisdiccional con la regulación administrativa.

Supervisión y control sobre los Jurados Electorales Especiales

1. Revisión de decisiones de los JEE

Los JEE son órganos temporales que actúan en cada proceso, y el JNE:

- Conoce en apelación sus decisiones cuando la ley lo permite (por ejemplo, tachas de candidatos, denegatoria de inscripción, exclusiones, impugnación de actas, etc.).
- Corrige interpretaciones erróneas de la ley o aplicaciones arbitrarias de las normas, asegurando criterios uniformes a nivel nacional.
- Garantiza que los JEE actúen respetando el debido proceso, el derecho de defensa y los plazos legales durante la tramitación de impugnaciones.

2. Potestades disciplinarias y organizativas indirectas

En el contexto de resolución de impugnaciones, el JNE puede:

- Llamar la atención o emitir instrucciones internas a los JEE cuando detecta prácticas irregulares o reiterados errores de interpretación.
- Disponer lineamientos de actuación para futuros casos similares, que los JEE deberán observar.
- En los casos contemplados por la ley, promover responsabilidades cuando un miembro de JEE actúa con dolo o negligencia grave.

Garantías institucionales en el ejercicio de estas competencias

1. Autonomía e independencia

El JNE, al resolver impugnaciones, actúa:

- Con autonomía constitucional respecto del Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial.
- Sin recibir instrucciones de otras autoridades, partidos políticos o entes administrativos.
- Con jueces electorales (miembros del Pleno del JNE) que gozan de garantías para tomar decisiones basadas en la ley y en los hechos acreditados en el expediente.

2. Respeto al debido proceso electoral

Dentro de los procedimientos de impugnación, sus atribuciones se ejercen garantizando:

- Derecho de las partes a ser oídas, presentar descargos y pruebas dentro de los plazos legales.
- Publicidad de las audiencias y resoluciones, de modo que las decisiones puedan ser escrutadas por la ciudadanía y los actores políticos.
- Motivación escrita de las resoluciones, explicando hechos, fundamentos jurídicos y la relación con la normativa aplicable.

Estas garantías refuerzan la legitimidad de sus decisiones en escenarios de alta conflictividad política, típicos de muchas impugnaciones electorales relevantes.

Límites de sus atribuciones en impugnaciones

Las competencias del JNE, aunque amplias, tienen límites claros:

- Solo puede anular o modificar resultados cuando concurren causales y requisitos establecidos en la ley; no puede hacerlo por mera conveniencia política.
- No puede sustituir a los ciudadanos en su decisión electoral; solo garantiza que la voluntad expresada en las urnas se respete y plasme sin distorsiones ilegales.
- Debe respetar estrictamente los plazos de impugnación (tanto para la presentación de recursos como para resolverlos); recursos presentados fuera de plazo suelen ser declarados improcedentes.
- No puede pronunciarse sobre materias ajenas a su competencia electoral (por ejemplo, conflictos internos de partidos que no tengan incidencia directa en el proceso electoral o cuestiones estrictamente constitucionales reservadas al Tribunal Constitucional).

Conclusión

En síntesis, durante la resolución de impugnaciones electorales el Jurado Nacional de Elecciones del Perú actúa como el vértice de la justicia electoral: revisa y corrige decisiones de los jurados especiales, interpreta y aplica la normativa, decide nulidades y validaciones de votos y actas, y, en última instancia, consolida y proclama resultados. Sus atribuciones están diseñadas para garantizar la legalidad, transparencia y autenticidad de la voluntad popular, bajo estrictos principios de autonomía, independencia y debido proceso. Todo ello convierte al JNE en el actor clave para resolver controversias postelectorales y preservar la estabilidad y legitimidad democrática en el país.

¿A qué partidos políticos pertenecen Roberto Sánchez y Keiko Fujimori y cuál ha sido su trayectoria política previa?

Respuesta breve

El Roberto Sánchez relevante hoy en política es Roberto Sánchez Palomino, político peruano de izquierdas y líder de Juntos por el Perú. Keiko Fujimori es la principal figura de la derecha peruana y lidera el partido Fuerza Popular. Sánchez ha sido ministro de Comercio Exterior y Turismo y actualmente es candidato presidencial de Juntos por el Perú, mientras que Fujimori ha sido congresista y tres veces candidata presidencial antes de la actual contienda de 2026. En las bases españolas consultadas no consta ningún Roberto Sánchez con relevancia institucional en la política nacional o autonómica de España.

Roberto Sánchez: partido y trayectoria

Partido político actual

Según la información política más reciente, Roberto Sánchez (Roberto Sánchez Palomino) es:

Líder de la coalición de izquierdas Juntos por el Perú (Juntos)
– Candidato presidencial de esta fuerza en las elecciones generales peruanas de 2026, donde se enfrenta a Keiko Fujimori en segunda vuelta.

Trayectoria política previa

La prensa especializada y el diario Demócrata lo describen como un dirigente de la izquierda peruana con experiencia tanto ejecutiva como parlamentaria:

– Es psicólogo de profesión y se ha movido en el espacio del humanismo de izquierdas y posteriormente en la coalición Juntos por el Perú.
– Fue ministro de Comercio Exterior y Turismo en el gobierno de Pedro Castillo, cargo que le dio proyección nacional y visibilidad en materias de comercio exterior y desarrollo económico.
– A nivel orgánico, ha ocupado la presidencia del comité ejecutivo nacional de Juntos por el Perú y es una de las caras centrales de la reagrupación de la izquierda peruana en esta marca.
– En el ámbito electoral, fue elegido congresista de la República por Lima Metropolitana dentro de la alianza de izquierdas ligada a Juntos por el Perú, y a partir de ahí se consolidó como figura nacional.

De acuerdo con la cobertura de Demócrata, irrumpió en la presidencial de 2026 como “alternativa” a Keiko Fujimori, capitalizando voto rural y descontento social. En la primera vuelta quedó segundo y pasó al balotaje del 7 de junio de 2026, con unos ≈2.004.000 votos, según la pieza sobre su pase a segunda vuelta de Demócrata.

Sus ejes de campaña, según la prensa, se centran en el “Perú profundo”: representación de zonas rurales y andinas, mayor intervención del Estado en sectores estratégicos y lucha contra la corrupción, como recoge el perfil publicado por Demócrata.

También se informa de que afronta un proceso judicial por presunta falsedad documental y ocultamiento de aportes económicos a su formación ante la ONPE, para el que la Fiscalía habría solicitado una pena de 5 años y 4 meses de prisión, según la crónica de Demócrata.

¿Hay un Roberto Sánchez relevante en la política española?

En la base de datos parlamentaria y de gobiernos autonómicos consultada para España no aparece ningún Roberto Sánchez como diputado, senador, ministro o alto cargo autonómico. Es posible que existan políticos locales con ese nombre, pero no constan como figuras destacadas a nivel estatal o autonómico. Por tanto, cuando se habla hoy de Roberto Sánchez en clave electoral y mediática, la referencia principal es el político peruano, no un dirigente español.

Keiko Fujimori: partido y trayectoria

Partido político

Keiko Sofía Fujimori lidera el partido Fuerza Popular, principal sigla del fujimorismo y fuerza de derecha conservadora en Perú. Así se recoge en el perfil publicado por Demócrata, donde se la describe como candidata conservadora que encabeza el escrutinio en las presidenciales de 2026.

Trayectoria política previa

La trayectoria de Keiko Fujimori está íntimamente ligada al legado político de su padre, el expresidente Alberto Fujimori:

– Nació el 8 de mayo de 1975 y, tras la separación de sus padres, ejerció como primera dama durante el gobierno de su padre en los años noventa, lo que la situó muy pronto en la primera línea pública.
– En la década de 2000 consolidó su propio espacio político, primero como referente del fujimorismo y luego como fundadora y líder de Fuerza Popular.
– Fue elegida congresista en el periodo 2006–2011, donde se proyectó como principal heredera política del fujimorismo y lideró la oposición parlamentaria a distintos gobiernos.
– Ha sido candidata a la Presidencia de Perú en tres ocasiones previas: 2011, 2016 y 2021, llegando siempre a segunda vuelta pero sin lograr la victoria, según sintetiza Demócrata.

Situación en las elecciones de 2026

En la elección de 2026, Keiko Fujimori vuelve a ser protagonista:

– En la primera vuelta, lideró el escrutinio con alrededor del 17,17 % de los votos, unos 2.867.517 sufragios, posicionándose como la candidata más votada, de acuerdo con los datos recogidos por Demócrata.
– El mismo medio la presenta como la principal representante de la derecha y del fujimorismo en el país, encabezando un programa centrado en:
  • Seguridad: endurecimiento de penas, refuerzo policial y lucha contra el crimen organizado.
  • Economía: defensa del modelo de libre mercado, atracción de inversión privada y estabilidad fiscal.
  • Institucional: modernización del Estado y reforzamiento de la gobernabilidad.
– El 7 de junio de 2026 se enfrenta a Roberto Sánchez en la segunda vuelta presidencial, en un escenario de fuerte polarización entre derecha fujimorista e izquierda agrupada en Juntos por el Perú.

Resumen comparado

Roberto Sánchez (Juntos por el Perú): dirigente de izquierda, exministro de Comercio Exterior y Turismo, congresista y candidato presidencial en 2026, con discurso centrado en el “Perú profundo” y mayor intervención estatal. Figura emergente frente al establishment, pero con causas judiciales abiertas por presunta falsedad documental y financiación irregular (perfil, crónica electoral, información judicial).

Keiko Fujimori (Fuerza Popular): líder histórica del fujimorismo, derecha conservadora, excongresista y candidata presidencial recurrente (2011, 2016, 2021 y ahora 2026), que llega a esta elección encabezando la primera vuelta con un programa de mano dura en seguridad y ortodoxia económica, según el perfil de Demócrata.

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