Perú precisa que el dictamen del grupo de la ONU sobre Castillo no es vinculante ni altera decisiones judiciales

Exteriores de Perú subraya que el dictamen de la ONU sobre la detención de Pedro Castillo no es vinculante y no altera las decisiones de la Justicia nacional.

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El expresidente de Perú Pedro Castillo Europa Press/Contacto/Mariana Bazo

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El Ministerio de Relaciones Exteriores de Perú ha aclarado este sábado que el reciente pronunciamiento del Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas, relativo a la situación del expresidente Pedro Castillo, no tiene carácter obligatorio y no modifica en ningún caso las resoluciones ya adoptadas por las autoridades del país.

En una nota oficial, la Cancillería peruana ha delimitado el alcance jurídico del documento difundido por este mecanismo de la ONU sobre el exmandatario y ha remarcado la naturaleza de las opiniones que emite este grupo, cuyo objetivo es “promover el diálogo y la cooperación internacional en materia de Derechos Humanos”.

Así, Exteriores ha detallado que el grupo mencionado “es un Procedimiento Especial del Consejo de Derechos Humanos de (la ONU), integrado por profesionales independientes que, en el marco del mandato conferido por dicho órgano, examinan comunicaciones individuales y formulan opiniones y recomendaciones dirigidas a los Estados”.

Acto seguido, el Ministerio ha puntualizado que, “conforme al Derecho Internacional Público, las opiniones del Grupo de Trabajo constituyen pronunciamientos emitidos por un mecanismo de supervisión no jurisdiccional”.

Por ello, ha insistido en que “sus opiniones no tienen la naturaleza jurídica de una sentencia internacional, no constituyen decisiones jurisdiccionales obligatorias y no producen, por sí mismas, efectos directos en el ordenamiento jurídico interno y, por tanto, no modifican las decisiones que adopten las autoridades nacionales competentes”.

Este posicionamiento se conoce después de que el Grupo de Trabajo de la ONU sobre la Detención Arbitraria concluyera este jueves que la detención del expresidente Pedro Castillo, realizada en el marco de una investigación por un presunto intento de golpe de Estado en diciembre de 2022, fue “arbitraria” y reclamara su excarcelación inmediata.

Según los especialistas de la ONU, la arbitrariedad de la detención radica en que vulneraría los artículos 3, 9, 10 y 11 de la Declaración Universal de Derechos Humanos —derechos a la libertad, a no ser detenido arbitrariamente, a un tribunal independiente y a la presunción de inocencia— y los artículos 9 y 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que subrayan el derecho a la libertad y la igualdad ante los tribunales.

Apoyándose en este informe, Castillo reclamó este viernes su puesta en libertad, sosteniendo que esta “histórica decisión” confirma “de manera inequívoca” que su ingreso en prisión carecía de sustento y que el Estado peruano “violentó flagrantemente” sus Derechos Humanos.

El exmandatario también ha llamado a “todos los organismos nacionales e internacionales de protección de los Derechos Humanos, así como a las instancias de la administración de justicia de Perú” a acatar “de inmediato” y aplicar “lo dispuesto por esta instancia de Naciones Unidas”, advirtiendo de que, si se desoye, se sitúa al Estado peruano “en una condición de abierta rebeldía y de vulneración del derecho internacional”.

Castillo cumple una condena de once años de cárcel por delitos de rebelión relacionados con el intento fallido de autogolpe de Estado de diciembre de 2022, cuando trató de disolver el Congreso y convocar una asamblea constituyente en respuesta al bloqueo del Legislativo a sus iniciativas legislativas. Además de esta pena, afronta otro proceso por presunta corrupción y por encabezar una supuesta organización criminal.

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