La transparencia parlamentaria no termina cuando un documento se sube a una página web. Para que el derecho de acceso a la información sea efectivo, los ciudadanos deben poder leer, buscar, reutilizar y consultar esa documentación en igualdad de condiciones. Sin embargo, buena parte de los documentos que acompañan a los proyectos de ley publicados por el Congreso continúan difundiéndose únicamente en formato PDF, en muchos casos escaneados y sin capa de texto, una práctica que dificulta su consulta y supone una barrera para las personas con discapacidad visual.
Una única vía para consultar la documentación legislativa
Cada proyecto de ley que el Gobierno remite al Congreso va acompañado de un amplio conjunto de documentos que permiten conocer cómo se ha elaborado la norma. Entre ellos figuran la Memoria de Análisis de Impacto Normativo (MAIN), los informes de órganos consultivos, dictámenes, estudios técnicos y otra documentación que justifica el contenido de la iniciativa.
Sin embargo, toda esa información suele publicarse en el portal de la Cámara Baja en un único formato: archivos PDF, que en numerosos casos se encuentran escaneados y carecen de una capa de texto que permita realizar búsquedas o reutilizar su contenido.
El resultado es que la ciudadanía no puede localizar fácilmente información concreta, comparar documentos o utilizar herramientas digitales para analizar su contenido, pese a tratarse de documentación de interés público que acompaña a la tramitación de las leyes.
Transparencia también significa accesibilidad
El acceso a la información pública está reconocido en el artículo 105 de la Constitución y desarrollado por la Ley 19/2013, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno. A ello se suman la Directiva (UE) 2019/1024 sobre datos abiertos y el Real Decreto 1112/2018, que promueven que la información del sector público se publique en formatos abiertos, reutilizables y accesibles.
artículo 105 de la constitución:
La ley regulará:
a) La audiencia de los ciudadanos, directamente o a través de las organizaciones y asociaciones reconocidas por la ley, en el procedimiento de elaboración de las disposiciones administrativas que les afecten.
b) El acceso de los ciudadanos a los archivos y registros administrativos, salvo en lo que afecte a la seguridad y defensa del Estado, la averiguación de los delitos y la intimidad de las personas.
c) El procedimiento a través del cual deben producirse los actos administrativos, garantizando, cuando proceda, la audiencia del interesado.
La utilización de documentos cerrados o sin texto estructurado también dificulta el tratamiento automatizado de la información mediante herramientas de inteligencia artificial o análisis documental, que requieren contenido legible para resumir, comparar o extraer información de las memorias e informes que acompañan a las iniciativas legislativas.
Una barrera
La falta de accesibilidad tiene un impacto especialmente significativo en las personas con discapacidad visual. Un PDF escaneado o sin etiquetar resulta, en muchos casos, incompatible con los lectores de pantalla, por lo que la documentación puede convertirse en inaccesible para quienes utilizan estas tecnologías de apoyo.
Las limitaciones también afectan a personas mayores, ciudadanos con menores competencias digitales o cualquier usuario que necesite localizar información concreta dentro de documentos de gran extensión.
CERMI: "La accesibilidad es un derecho exigible"
En declaraciones a DEMÓCRATA, el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), señala que la publicación de documentos mediante PDF inaccesibles o contenidos que no respeten los estándares de accesibilidad puede dificultar el cumplimiento de esas obligaciones y, en determinados supuestos, "podría estar vulnerando el ordenamiento jurídico". Además, la entidad recuerda que todas las páginas web y aplicaciones del sector público, incluidas las de las Cortes Generales, deben cumplir con la normativa.
El CERMI subraya que la accesibilidad digital "no constituye una prestación graciable ni una mejora opcional de la calidad de los servicios públicos, sino un derecho exigible y una obligación legal de los poderes públicos".
La organización añade que la accesibilidad no depende únicamente de la tecnología utilizada, sino también de la formación de quienes diseñan, gestionan y publican los contenidos digitales, por lo que defiende incorporar estos criterios desde el origen de cada documento.
La ONCE pide documentos accesibles desde su creación
En la misma línea, las recomendaciones elaboradas por la ONCE sobre accesibilidad digital insisten en que los documentos públicos deben diseñarse para ser accesibles desde su creación y no adaptarse posteriormente.
Entre las principales pautas figuran que los PDF incorporen una capa de texto real, estén correctamente etiquetados para lectores de pantalla, incluyan texto alternativo en las imágenes y mantengan una estructura adecuada de títulos, tablas y contenidos. La organización también recomienda que, siempre que sea posible, la documentación se publique además en formatos abiertos y estructurados, como HTML, que facilitan tanto la navegación como la reutilización de la información.
La ONCE recuerda que estas medidas benefician no solo a las personas ciegas o con baja visión, sino también a personas mayores, usuarios con otras discapacidades y, en general, a cualquier ciudadano que necesite consultar información pública de forma más sencilla y eficiente.
La realidad es que adaptar esta documentación no requiere cambios complejos, sino incorporar buenas prácticas ya consolidadas en la administración digital: publicar versiones accesibles de los documentos, evitar los PDF escaneados sin reconocimiento de texto y garantizar que los archivos puedan ser interpretados por lectores de pantalla y otras tecnologías de apoyo.