Fren responde: ¿por qué el Congreso cierra el curso con casi 200 leyes atascadas en su tramitación?

La Cámara Baja suspende su actividad ordinaria hasta septiembre con un Ejecutivo en minoría que depende de pactos puntuales para sacar adelante su agenda legislativa

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El Congreso de los Diputados celebró el pasado 23 de julio el último Pleno del periodo de sesiones antes del parón de verano. La actividad parlamentaria no se retomará hasta septiembre, salvo que se convoquen sesiones extraordinarias, un escenario que en principio no está previsto. La Cámara Baja deja tras de sí una legislatura marcada por la lentitud en la tramitación: de las 394 iniciativas legislativas registradas desde agosto de 2023, 196 continúan en trámitación.

De las 126 iniciativas que sí han llegado a someterse a votación, únicamente 55 han logrado salir adelante, la mayoría de ellas procedentes del propio Gobierno. Según el mismo recuento, solo 20 proyectos de ley y 7 proposiciones habrían conseguido reunir una mayoría suficiente en la Cámara, entre los que figuran la Ley de Movilidad Sostenible y la proposición para regular la publicidad y la contratación de los pisos turísticos. El resto de las normas aprobadas en la legislatura corresponden a reales decretos-ley, que no requieren tramitación parlamentaria previa y solo deben ser convalidados por el Pleno en un plazo máximo de 30 días.

Un semestre de decretos – ley más que de leyes

En lo que va de 2026, el Congreso ha dado luz verde a 15 iniciativas de origen gubernamental, de las cuales 14 han sido convalidaciones de reales decretos-ley y solo una, el proyecto de Ley de Economía Social impulsado por el Ministerio de Trabajo, ha completado su tramitación como ley. Entre los decretos - ley convalidados en estos meses se encuentran medidas de muy diverso signo: ayudas a las víctimas de accidentes ferroviarios, la revalorización de las pensiones, apoyos a los afectados por las inundaciones en Andalucía y Extremadura, el refuerzo de la financiación del sistema de dependencia y varias disposiciones vinculadas a los efectos económicos de la guerra de Irán.

A estas iniciativas se suman tres proposiciones de ley impulsadas por el Grupo Socialista que ya han completado todo su recorrido: el acceso al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) para los mutualistas, el programa de cribado neonatal del Sistema Nacional de Salud y la reforma de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General para reconocer a Formentera como circunscripción propia en las elecciones al Senado. En el cómputo total de la legislatura, el Ejecutivo ha logrado sacar adelante 74 decretos - ley o leyes ya publicados, además de cuatro reformas del Reglamento del Congreso y dos reformas de la Constitución, muy por debajo de las 215 iniciativas con rango de ley aprobadas en la legislatura anterior.

Las normas que aguardan su turno

Entre los expedientes que quedan pendientes para el próximo curso político destaca la ley que concedería la nacionalidad española a las personas de origen saharaui, que deberá debatirse en el Pleno en septiembre. También aguardan su aprobación definitiva en el Senado la norma que castigaría con penas de cárcel las terapias de conversión dirigidas a personas LGTBIQ+ y la que reconocería como agentes de la autoridad a los funcionarios de prisiones. Otras reformas de calado, como la actualización de la Ley de Seguridad Ciudadana o los cambios en el acceso a la carrera judicial, continúan a la espera de que las ponencias correspondientes cierren sus trabajos.

El bloqueo de buena parte de la agenda legislativa se explica, en gran medida, por la fragilidad de los apoyos parlamentarios del Gobierno. Junts, el partido liderado por Carles Puigdemont, se ha alineado en varias ocasiones con PP y Vox para tumbar iniciativas relevantes del Ejecutivo, entre ellas los objetivos de estabilidad presupuestaria —rechazados en los dos plenos extraordinarios de julio—, el decreto - ley de prórroga de los alquileres y el paquete de medidas conocido como escudo social. El Ejecutivo, por su parte, defiende que ha ganado el 86% de las votaciones celebradas en la Cámara Baja desde el inicio de la legislatura, incluyendo enmiendas y proposiciones no de ley.

Con el cierre del periodo de sesiones, el destino de buena parte de estas iniciativas queda en suspenso hasta septiembre, cuando el Congreso deberá retomar una agenda legislativa que arrastra un volumen de expedientes pendientes muy superior al de anteriores legislaturas.

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¿Cuáles son los pasos parlamentarios pendientes para que la ley de nacionalidad para personas de origen saharaui sea aprobada definitivamente?

Ahora mismo no existe una “ley de nacionalidad para personas de origen saharaui” aprobada ni en fase final. La única iniciativa legislativa relacionada con nacionalidad localizada en la XV Legislatura es la Proposición de Ley relativa a la obtención de la nacionalidad española por residencia y la conservación de la nacionalidad de origen (n.º 122/000230), presentada por SUMAR, que podría afectar también a personas de origen saharaui. Esta proposición está atascada en la fase más inicial del Congreso: ya ha sido admitida a trámite, pero sigue pendiente de la votación de toma en consideración en el Pleno. Hasta que esa votación no se produzca y sea favorable, no se activan el resto de pasos parlamentarios hacia una aprobación definitiva.

Situación actual de la iniciativa clave (122/000230)

La iniciativa sobre la que sí hay tramitación real es:

  • Tipo: Proposición de Ley
  • Título: Proposición de Ley relativa a la obtención de la nacionalidad española por residencia y la conservación de la nacionalidad de origen
  • Grupo proponente: Grupo Parlamentario Plurinacional SUMAR
  • Identificador parlamentario: 122/000230
  • Publicación del texto: 14/11/2025 (Boletín de las Cortes Generales)
  • Admisión a trámite y traslado al Gobierno: 23/12/2025
  • Estado actual: Pendiente (espera de la toma en consideración en el Pleno del Congreso)

El texto completo puede consultarse en el Boletín de las Cortes Generales, y la ficha de tramitación en la web del Congreso (ficha de la Proposición de Ley 122/000230).

En la información parlamentaria consultada se precisa que:

  • La proposición ha sido admitida y el Gobierno ha dado el visto bueno a su tramitación.
  • La iniciativa está a la espera de ser incluida en un orden del día del Pleno para su toma en consideración.
  • No consta ninguna votación asociada todavía (no se ha debatido en Pleno ni ha pasado por Comisión).

Pasos pendientes en el Congreso de los Diputados

Para que esta proposición se convierta en ley y pueda beneficiar a personas de origen saharaui (entre otros colectivos), quedan por delante todas las fases ordinarias del procedimiento legislativo. De forma resumida, los pasos pendientes en el Congreso son:

1. Toma en consideración en Pleno
  • Inclusión en el orden del día: el grupo proponente (SUMAR) debe conseguir que la Mesa y la Junta de Portavoces fijen la proposición en el orden del día de un Pleno.
  • Debate y votación de toma en consideración: los grupos exponen sus posiciones y se vota si el Congreso “toma en consideración” la proposición de ley.
  • Escenario clave:
    • Si la toma en consideración es aprobada, la iniciativa sigue su tramitación.
    • Si es rechazada, la proposición decae y no puede seguir adelante.
2. Fase de enmiendas y trabajo en Comisión

Solo si el Pleno toma en consideración la iniciativa, se activarían estos pasos:

  • Remisión a la comisión competente (en materia de Justicia, Constitución u otra que determine la Mesa).
  • Apertura del plazo de enmiendas, tanto a la totalidad (si alguien pide texto alternativo) como al articulado.
  • Constitución de una ponencia, que redacta un informe integrando o rechazando enmiendas.
  • Dictamen de la Comisión: la Comisión debate el informe de ponencia, puede seguir modificando el texto y aprueba un dictamen.
  • Si la Comisión no tiene competencia legislativa plena (lo habitual), el dictamen se eleva al Pleno para su aprobación final en el Congreso.
3. Aprobación final en Pleno del Congreso
  • Debate final del texto en Pleno, con defensa de enmiendas vivas.
  • Votación del articulado y del conjunto de la proposición de ley.
  • Si el texto se aprueba, se remite al Senado.

Pasos pendientes en el Senado y hasta la entrada en vigor

Tras superar el Congreso, aún restan los siguientes hitos:

  • Entrada en el Senado: presentación formal y asignación a Comisión.
  • Enmiendas y posible veto: los grupos del Senado pueden:
    • Presentar enmiendas parciales.
    • Plantear un veto (rechazo global) al texto.
  • Dictamen y Pleno del Senado: se votan las enmiendas y, en su caso, el veto.
  • Vuelta al Congreso (si hay cambios):
    • Si el Senado introduce enmiendas, el Congreso decide si las acepta o no.
    • Si el Senado veta, el Congreso puede levantar el veto con las mayorías exigidas.
  • Sanción, promulgación y BOE: una vez superado el trámite parlamentario, el Rey sanciona la ley, se promulga y se publica en el Boletín Oficial del Estado; solo entonces entra en vigor (normalmente a los 20 días, salvo disposición en contrario).

Conclusión

En este momento, la proposición de ley 122/000230 está tan solo en la antesala del debate: falta la toma en consideración en el Pleno del Congreso, y después todo el recorrido de enmiendas, Comisión, Pleno, Senado y publicación en el BOE. Por tanto, no puede hablarse todavía de una “ley de nacionalidad para personas de origen saharaui” aprobada ni próxima a aprobarse sin superar antes este conjunto completo de pasos parlamentarios.

¿En qué contenidos concretos afecta la Proposición de Ley 122/000230 a los requisitos de nacionalidad por residencia? ¿Qué apoyos parlamentarios necesitaría SUMAR para que el Pleno tome en consideración esta proposición de ley? ¿Qué iniciativas no legislativas (proposiciones no de ley, mociones) se han debatido sobre el pueblo saharaui en esta legislatura?

¿Qué competencias tiene el presidente del Congreso de los Diputados según la legislación española?

El presidente del Congreso de los Diputados es la máxima autoridad de la Cámara Baja y, según el Reglamento del Congreso, concentra funciones de representación institucional, de dirección de los debates y del trabajo parlamentario, y de organización interna y disciplina. Preside el Pleno, la Mesa y la Diputación Permanente, convoca y, en coordinación con la Mesa y la Junta de Portavoces, fija el orden del día. Además, vela por el cumplimiento del Reglamento, la custodia de los documentos y mantiene la relación institucional con el Gobierno y otras autoridades. Su papel es, en la práctica, garantizar el funcionamiento regular, ordenado y legal del Congreso.

Marco normativo básico

Las competencias del presidente del Congreso se regulan principalmente en el Reglamento del Congreso de los Diputados, publicado por Resolución de 24 de febrero de 1982, cuyo texto consolidado puede consultarse en este [enlace]. Este Reglamento ha sido objeto de múltiples reformas posteriores, que actualizan su contenido pero mantienen la estructura básica de la institución y el papel de su presidencia.

Representación institucional y relaciones externas

En el plano externo, el presidente del Congreso:

  • Representa al Congreso de los Diputados en todos los actos oficiales y ante los demás poderes del Estado y autoridades.
  • Actúa como principal interlocutor institucional con el Gobierno y otros órganos constitucionales.
  • Firma y ordena la publicación de los acuerdos de la Cámara en el «Boletín Oficial del Estado» cuando así corresponda.

Dirección de los debates y organización de las sesiones

En el funcionamiento parlamentario ordinario, el presidente tiene competencias clave:

  • Preside y modera el Pleno, concediendo y retirando la palabra, ordenando las intervenciones y controlando los tiempos, siempre conforme al Reglamento.
  • Convoca las sesiones del Pleno y de la Mesa del Congreso.
  • Fija el orden del día de las sesiones, en coordinación con la Mesa y la Junta de Portavoces, determinando qué iniciativas se debaten y en qué momento.
  • Puede, según el propio Reglamento, convocar y presidir cualquier Comisión, aunque solo tiene derecho a voto en aquellas de las que forme parte, como se desprende del texto reglamentario citado.

Funciones en los órganos internos: Mesa y Diputación Permanente

El presidente del Congreso ocupa una posición central en los órganos de gobierno interno:

  • Es el presidente de la Mesa del Congreso, órgano que dirige y ordena la actividad parlamentaria, decide sobre la admisión a trámite de iniciativas (proposiciones de ley, preguntas, mociones, etc.) y supervisa la administración interna de la Cámara.
  • La Mesa, bajo su presidencia, interviene en la admisión de iniciativas, aplicando los criterios del Reglamento sobre forma, competencia y adecuación.
  • Preside igualmente la Diputación Permanente, que, según el Reglamento, está presidida por la presidenta o el presidente del Congreso y actúa cuando las Cortes no están reunidas, garantizando la continuidad de determinadas funciones parlamentarias.

Orden interno, disciplina y garantías reglamentarias

El presidente también ejerce potestades de orden interno y disciplina:

  • Garantiza el orden en las sesiones, pudiendo llamar al orden a los diputados y adoptar medidas disciplinarias previstas en el Reglamento cuando se producen desórdenes o incumplimientos graves.
  • Vela por la aplicación correcta del Reglamento, resolviendo incidencias procedimentales en el curso de los debates.
  • Controla el acceso a las sesiones, autorizando la presencia de personas ajenas a la Cámara solo cuando el Reglamento lo permite, como refleja el texto reglamentario al hablar de las personas que pueden asistir con autorización expresa de la Presidencia.

Gestión documental y administrativa

En el plano interno-administrativo, el presidente:

  • Custodia, a través de los servicios de la Cámara, los documentos oficiales del Congreso.
  • Supervisa, junto con la Mesa y de acuerdo con el Estatuto del Personal de las Cortes Generales, la organización de los servicios de la Cámara.

Reformas reglamentarias relevantes

El marco de competencias del presidente se inscribe en un Reglamento vivo, objeto de sucesivas reformas publicadas en el BOE. Entre otras, pueden consultarse las reformas o acuerdos vinculados a la organización y funcionamiento del Congreso y de las Cortes Generales en estos enlaces: [enlace], [enlace], [enlace], [enlace], [enlace], [enlace], [enlace], [enlace], [enlace], [enlace], [enlace], [enlace], [enlace], [enlace], [enlace], [enlace], [enlace], [enlace], [enlace], [enlace], [enlace], [enlace], [enlace], [enlace], [enlace], [enlace], [enlace], [enlace], [enlace], [enlace], [enlace], [enlace], [enlace] y [enlace].

En conjunto, de la legislación vigente se desprende que el presidente del Congreso es la figura que asegura que la Cámara funcione con eficacia, respetando el Reglamento y garantizando tanto la representación institucional como el desarrollo ordenado de la actividad parlamentaria.

¿En qué artículos concretos del Reglamento del Congreso se detallan las funciones del presidente? ¿Qué diferencias prácticas hay entre las competencias del presidente del Congreso y las del presidente del Senado? ¿Qué potestades disciplinarias puede ejercer el presidente del Congreso sobre los diputados y cómo se aplican?

¿Cuántas proposiciones de ley similares a la que penaliza terapias de conversión LGTBIQ+ se han presentado en la actual legislatura?

En la actual XV Legislatura se han presentado dos proposiciones de ley orgánica con objeto central penalizar o castigar las llamadas terapias de conversión LGTBIQ+ mediante reforma del Código Penal. Una es la proposición del Grupo Socialista, hoy ya aprobada por el Pleno del Congreso y en tramitación en el Senado. La otra es una proposición más amplia impulsada desde el Grupo Mixto (con apoyo de otros grupos de la mayoría de investidura), que también propone un tipo penal específico y un paquete amplio de medidas de protección a las víctimas, y que está admitida pero pendiente de toma en consideración.

Número total de proposiciones de ley similares

Acotando la búsqueda a la XV Legislatura del Congreso de los Diputados y a iniciativas que:

  • sean proposiciones de ley (no proyectos del Gobierno), y
  • tengan como objeto principal penalizar o castigar penalmente las terapias de conversión, o integren un bloque regulatorio sustantivo sobre estas prácticas,

se identifican dos iniciativas:

  • La Proposición de Ley Orgánica del Grupo Parlamentario Socialista, registro 122/000201.
  • La Proposición de Ley Orgánica del Grupo Parlamentario Mixto (con apoyo de otros grupos), registro 122/000167.

1. Proposición del Grupo Socialista (122/000201)

La iniciativa de referencia es la Proposición de Ley Orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, del Código Penal, para penalizar las terapias de conversión dirigidas a eliminar o negar la orientación sexual, identidad sexual o expresión de género, presentada por el Grupo Socialista.

Su texto se publicó inicialmente en el Boletín del Congreso el 13 de junio de 2025 (publicación inicial). Posteriormente se difundieron las enmiendas al articulado el 20 de noviembre de 2025 (enmiendas), el informe de ponencia el 16 de junio de 2026 (informe de ponencia) y el dictamen de la Comisión de Igualdad el 25 de junio de 2026 (dictamen de comisión).

El Pleno del Congreso aprobó la proposición el 25 de junio de 2026, publicando el texto remitido al Senado (texto aprobado por el Congreso). Entre otros elementos, introduce en el Código Penal un nuevo artículo 173 bis, que castiga con pena de prisión de seis meses a dos años y multa de ocho a veinticuatro meses a quien practique métodos de aversión o conversión destinados a modificar, reprimir, eliminar o negar la orientación sexual, la identidad o la expresión de género, incluso con consentimiento.

Además, modifica el artículo 510 del Código Penal (delitos de odio) y el artículo 82 de la Ley 4/2023 para impedir ayudas públicas a entidades condenadas por LGTBIfobia o por promoción o realización de terapias de conversión.

En el Senado, la iniciativa se tramita con nº (15)624/000012, con publicación del texto remitido el 29 de junio de 2026 y apertura de plazo de enmiendas y veto hasta el 10 de septiembre de 2026 (boletín del Senado).

2. Proposición del Grupo Mixto y otros (122/000167)

La otra proposición de ley similar es la Proposición de Ley Orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995 del Código Penal, para castigar la práctica de terapias de conversión y garantizar la protección de las víctimas, registrada con número 122/000167. Figura como iniciativa del Grupo Mixto, con participación, según el propio boletín, de los grupos Euskal Herria Bildu, Republicano y Plurinacional SUMAR.

La publicación inicial de la iniciativa se realizó el 28 de febrero de 2025 (texto inicial). El 21 de marzo de 2025 la Mesa la admitió a trámite (el Gobierno dio su conformidad) y quedó pendiente de toma en consideración, con una nueva publicación el 28 de marzo de 2025 (publicación posterior).

Esta proposición también propone un tipo penal específico para las terapias de conversión (definidas como ECOSIEG) y una reforma coordinada de la Ley 4/2023, pero va más allá: incluye medidas sobre ayudas económicas y alternativas habitacionales para víctimas, obligaciones de estudio estadístico y documentación de estas prácticas, guías de buenas prácticas en el ámbito sanitario y educativo, y garantías de que la cooperación internacional española no financie entidades que practiquen o promuevan ECOSIEG.

Comparación y relevancia política

Ambas proposiciones comparten el núcleo de criminalizar penalmente las terapias de conversión, dando un paso más respecto a la regulación administrativa ya contenida en la Ley 4/2023. La del Grupo Socialista es la que ha avanzado efectivamente en la tramitación, hasta el punto de estar ya aprobada por el Congreso y en fase de enmiendas en el Senado. La del Grupo Mixto y aliados, pese a ser más amplia en medidas de protección y política pública, ha quedado, según los boletines, en estado de pendiente de toma en consideración, sin constar pasos posteriores.

En resumen, en la XV Legislatura hay dos proposiciones de ley con objeto claramente similar a la que penaliza las terapias de conversión: una socialista ya prácticamente culminada en su tramitación ordinaria, y otra de carácter más integral promovida desde el espacio de la izquierda plurinacional, aún sin debate de toma en consideración registrado en el Congreso.

¿En qué se diferencian exactamente los tipos penales propuestos en cada una de las dos proposiciones de ley sobre terapias de conversión? ¿En qué situación parlamentaria concreta se encuentra hoy la proposición del Grupo Mixto sobre terapias de conversión y qué tendría que ocurrir para que avanzara? ¿Qué cambios introduce la proposición socialista en el artículo 510 del Código Penal y en la Ley 4/2023 sobre derechos LGTBI?

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¿Cuántas iniciativas legislativas registradas desde agosto de 2023 siguen en tramitación en el Congreso?

Pregunta 1 de 3

¿Cuál ha sido la principal explicación del bloqueo de la agenda legislativa durante la última legislatura?

Pregunta 2 de 3

¿Qué ley impulsada por el Ministerio de Trabajo ha completado su tramitación como ley en 2026?

Pregunta 3 de 3

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