Así se reparten los 309 millones de ayudas del nuevo plan de choque del Gobierno para Ceuta

El Ejecutivo cifra en más de 309 millones de euros las medidas urgentes destinadas a Ceuta durante los últimos cuatro meses de 2026, una cantidad equivalente al 16% del PIB de la ciudad. El paquete incluye actuaciones en acogida, seguridad, servicios públicos y apoyo a empresas y trabajadores, además de 50 millones en avales del Estado.

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El vicepresidente primero y ministro de Economía, Comercio y Empresa, Carlos Cuerpo | César Vallejo Rodríguez - Europa Press

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El Gobierno ha presentado un Real Decreto-ley de medidas urgentes de carácter social y económico de apoyo a Ceuta con el que pretende responder a la situación que atraviesa la ciudad autónoma. El despliegue económico previsto supera los 309 millones de euros solamente en 2026, a los que se suman otros 50 millones en avales públicos para facilitar financiación.

El Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, ha explicado que el importe movilizado en los cuatro últimos meses del año representa aproximadamente el 16% del producto interior bruto de Ceuta.

El plan combina medidas inmediatas para afrontar la emergencia con reformas económicas que tendrán carácter permanente y que también se extenderán a Melilla.

Según el ministro Carlos Cuerpo, "a partir del 14 de septiembre ya se podrán solicitar estas ayudas a través de la página web de la Agencia Tributaria y esperemos que los pagos se inicien a principios de octubre".

¿Cómo se reparten los 309 millones destinados a Ceuta?

La mayor partida corresponde a las políticas de acogida, que concentran 118 millones de euros. Esta cantidad se destinará a la atención de menores y a la asistencia humanitaria.

El segundo bloque es el relacionado con la seguridad. El Gobierno reserva más de 90 millones para actuaciones de Defensa y las Fuerzas Armadas, así como de la Policía Nacional y la Guardia Civil.

Las medidas de apoyo a las empresas y a los trabajadores suman otros 80 millones, mientras que el refuerzo de los servicios esenciales contará con 21 millones.

Área de actuación Importe en 2026 Principales destinos
Acogida 118 millones Atención a menores y asistencia humanitaria
Seguridad Más de 90 millones Defensa, Fuerzas Armadas, Policía Nacional y Guardia Civil
Empresas y trabajadores 80 millones Ayudas directas, comercio, fiscalidad y cotizaciones
Servicios esenciales 21 millones Sanidad, educación, Justicia y agua

 

¿Qué ayudas recibirán las empresas y los trabajadores de Ceuta?

El Ejecutivo calcula en 80 millones de euros el apoyo que recibirá el tejido productivo y laboral de Ceuta durante 2026. La principal partida serán las ayudas directas, dotadas con 36,6 millones.

También se dedicarán 14 millones al comercio y al turismo, dos sectores especialmente relevantes para la economía de la ciudad autónoma.

El alivio fiscal en el impuesto sobre sociedades y el IRPF movilizará unos 12 millones, mientras que la bonificación del 75% de las cotizaciones supondrá otros 12,2 millones.

A estas cantidades se añaden dos millones para actuaciones de ICEX y Turespaña y otros 650.000 euros para programas de formación gestionados por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).

Medida Importe en 2026
Ayudas directas 36,6 millones
Comercio y turismo 14 millones
Alivio fiscal en el impuesto sobre sociedades y el IRPF 12 millones
Bonificación del 75% de las cotizaciones 12,2 millones
Actuaciones de ICEX y Turespaña 2 millones
Formación a través del SEPE 650.000 euros

Las cantidades detalladas en estas seis líneas suman 77,45 millones de euros. La documentación gubernamental redondea el conjunto del apoyo al tejido productivo y a los trabajadores hasta los 80 millones e incorpora, además, otras medidas laborales y financieras.

Avales del ICO y una sociedad de garantía recíproca

Los 50 millones de euros en avales del Estado se canalizarán a través del Instituto de Crédito Oficial (ICO). No forman parte del gasto directo de 309 millones, sino que constituyen una capacidad adicional de financiación para empresas y autónomos.

El plan también recoge dos millones de euros para implantar una sociedad de garantía recíproca (SGR). Estas entidades facilitan que pequeñas y medianas empresas y trabajadores autónomos puedan acceder al crédito mediante la concesión de avales.

Por tanto, el Gobierno diferencia entre las ayudas y el gasto presupuestario directo y los instrumentos destinados a mejorar el acceso a financiación.

ERTE, prestación por cese de actividad y aplazamiento de cuotas

El Real Decreto-ley incorpora otras tres medidas dirigidas a proteger el empleo y a aliviar las obligaciones de empresas y autónomos:

  • Expedientes de regulación temporal de empleo —ERTE— con una exención del 100%.
  • Prestación por cese de actividad.
  • Aplazamiento de las cuotas con un interés del 0,5%.

¿Qué medidas serán permanentes?

Una parte del paquete no terminará cuando concluya la emergencia. El Gobierno plantea un refuerzo económico estructural que también se aplicará en Melilla.

La reforma fiscal permitirá elevar hasta el 60% los incentivos en el impuesto sobre sociedades y el IRPF. El Ejecutivo estima el impacto de esta medida en 12 millones de euros anuales por cada ciudad autónoma y señala que tendrá carácter permanente.

También se convierte en permanente la bonificación del 75% de las cotizaciones sociales, con un coste estimado de 36,6 millones de euros al año para Ceuta y la misma cantidad para Melilla.

En el caso de Ceuta, se incorpora además una aportación anual de 4,25 millones de euros para el puerto, que se mantendrá hasta 2031.

Ceuta recibirá 52,9 millones anuales desde 2027

Durante los cuatro últimos meses de 2026, las medidas estructurales supondrán 24,2 millones para Ceuta y otros 24,2 millones para Melilla.

A partir de 2027, el impacto anual ascenderá a 52,9 millones en Ceuta. Esta cifra incluye los 12 millones de los incentivos fiscales, los 36,6 millones correspondientes a las cotizaciones y los 4,25 millones reservados para el puerto.

Melilla recibirá 48,6 millones anuales, procedentes de los incentivos fiscales y de la bonificación de las cotizaciones.

Ciudad autónoma Últimos cuatro meses de 2026 Cada año desde 2027
Ceuta 24,2 millones 52,9 millones
Melilla 24,2 millones 48,6 millones

El Gobierno cifra en 507,5 millones de euros hasta 2031 el refuerzo permanente conjunto para Ceuta y Melilla.

claves del plan de choque para Ceuta

  • El Estado movilizará más de 309 millones de euros en Ceuta durante los cuatro últimos meses de 2026.
  • La cantidad equivale al 16% del PIB de la ciudad autónoma, según los cálculos del Gobierno.
  • Habrá 50 millones adicionales en avales públicos del ICO, que no computan como gasto directo.
  • La atención a menores y la asistencia humanitaria concentran la mayor partida, con 118 millones.
  • El apoyo a empresas y trabajadores asciende a 80 millones.
  • Los incentivos fiscales y la bonificación de las cotizaciones se convertirán en medidas permanentes y también se aplicarán en Melilla.
  • Ceuta dispondrá de un refuerzo estructural de 52,9 millones anuales desde 2027 y Melilla de 48,6 millones.

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¿En qué punto de la tramitación parlamentaria se encuentra este Real Decreto-ley y qué pasos restan para su convalidación o modificación?

Para poder decirte con precisión en qué punto exacto de la tramitación parlamentaria se encuentra ese Real Decreto-ley concreto y qué pasos le restan, necesito que me indiques un dato de identificación: por ejemplo, el número y año (p. ej. “Real Decreto-ley 6/2026”) o, en su defecto, el título completo o aproximado. Sin esa referencia, solo puedo explicarte el procedimiento general, pero no consultar el estado real de una norma específica.

Mientras me facilitas ese dato, te resumo cómo funciona, en términos generales, la tramitación parlamentaria de un Real Decreto-ley en España y qué pasos son relevantes para su convalidación o su modificación.

1. Aprobación por el Gobierno y entrada en vigor

Un Real Decreto-ley es una norma con rango de ley que aprueba el Gobierno en casos de extraordinaria y urgente necesidad. Se aprueba en Consejo de Ministros y se publica en el BOE. Como regla general, entra en vigor el mismo día de su publicación o en la fecha que el propio texto disponga. Es decir, cuando llega al Congreso ya está produciendo efectos jurídicos.

2. Remisión inmediata al Congreso de los Diputados

Tras su aprobación, el Gobierno debe remitirlo de inmediato al Congreso de los Diputados. Desde ese momento se abre un plazo máximo de 30 días para que la Cámara se pronuncie sobre su convalidación o derogación. Este es un control político y jurídico del uso que el Ejecutivo hace de la figura del decreto-ley.

3. Debate y votación de convalidación

En el Pleno del Congreso se celebra un debate específico sobre el Real Decreto-ley. Habitualmente interviene en primer lugar un miembro del Gobierno para defender el contenido y justificar la extraordinaria y urgente necesidad. Después intervienen los grupos parlamentarios. Al término del debate se procede a la votación de convalidación:

  • Si se convalida, el Real Decreto-ley sigue vigente en los términos en que fue aprobado, sin perjuicio de que pueda ser posteriormente modificado por otras normas.
  • Si se deroga, el Congreso decide que decae; en ese caso, dejan de producirse efectos hacia el futuro, aunque lo ya hecho durante su vigencia suele considerarse válido (salvo que se disponga otra cosa o se declare inconstitucional).
4. Posible tramitación como proyecto de ley

En el mismo acuerdo de convalidación, o inmediatamente después, el Congreso puede decidir que el Real Decreto-ley se tramite como proyecto de ley por el procedimiento de urgencia. Esto tiene dos consecuencias importantes:

  • Se abre la posibilidad de presentar enmiendas, tanto a la totalidad como al articulado.
  • Se inicia una tramitación parlamentaria clásica: ponencia, comisión, dictamen, posible paso por el Senado, etc., aunque de forma más acelerada.

En este escenario, el Real Decreto-ley se convalida (y, por tanto, se mantiene en vigor), pero su contenido puede ser modificado, depurado o completado a través de esa ley posterior que lo sustituirá o integrará.

5. ¿Qué significa “qué pasos restan” en la práctica?

Según el momento en el que se encuentre “tu” Real Decreto-ley, los pasos que pueden quedar pendientes son, típicamente:

  • Antes del Pleno de convalidación: queda pendiente el propio debate y la votación de convalidación/derogación.
  • Convalidado pero sin acuerdo de tramitación como proyecto de ley: en principio no restan pasos internos específicos sobre él; solo podría ser modificado por otras leyes posteriores.
  • Convalidado y en tramitación como proyecto de ley: restan las fases propias del procedimiento legislativo (enmiendas, ponencia, comisión, Pleno del Congreso, paso por el Senado y aprobación definitiva).

En resumen: para responder exactamente a tu pregunta necesito que me indiques qué Real Decreto-ley concreto tienes en mente (número/año o título). Con ese dato podré explicarte en qué fase se encuentra ahora mismo (si está pendiente de convalidación, ya convalidado, en tramitación como proyecto de ley, etc.) y detallar los pasos que, en su caso, le quedan por delante.

Te indico el número y año del Real Decreto-ley: ¿puedes entonces decirme en qué fase exacta está y si ya se ha convalidado o derogado? ¿Puedes explicarme con ejemplos recientes cómo ha utilizado el Gobierno la figura del Real Decreto-ley y qué debates ha generado en el Congreso? ¿Qué diferencias prácticas hay entre aprobar una norma directamente como ley ordinaria y hacerlo primero como Real Decreto-ley y luego tramitarlo como proyecto de ley?

¿Cuáles son las competencias y funciones del ministro Carlos Cuerpo según la legislación vigente y a qué partido político pertenece?

Carlos Cuerpo Caballero es actualmente vicepresidente primero del Gobierno y ministro de Economía, Comercio y Empresa de España. Sus competencias derivan, con carácter general, de la legislación sobre estructura del Gobierno y, en particular, de la creación del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa y del desarrollo de su estructura orgánica básica. En las bases de datos institucionales consultadas no consta una militancia orgánica en un partido político; se le presenta como un perfil técnico integrante del Gobierno presidido por el PSOE.

Marco normativo de sus funciones

La posición de Carlos Cuerpo se apoya en varios reales decretos:

  • Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, crea el Ministerio de Economía, Comercio y Empresa como uno de los departamentos de la Administración General del Estado, listado junto al resto de ministerios (artículo 1). Puede consultarse en el BOE.
  • Real Decreto 1230/2023, de 29 de diciembre, modifica el anterior y mantiene al Ministerio de Economía, Comercio y Empresa dentro de la relación de departamentos ministeriales, precisando la nueva configuración del Gobierno y la adscripción de organismos públicos a cada ministerio (BOE).
  • El Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales en general, mientras que el Real Decreto 410/2024, de 23 de abril, desarrolla específicamente la estructura orgánica básica del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, regulando sus órganos superiores y directivos y detallando funciones internas de cada uno (citados, por ejemplo, en la Resolución publicada en el BOE-A-2025-12282).
  • El propio BOE refleja que Carlos Cuerpo firma como ministro de Economía, Comercio y Empresa en diversos nombramientos y órdenes, como el Real Decreto 600/2024, de 25 de junio, sobre la Dirección General de Política Comercial (BOE-A-2024-12882).
Competencias materiales del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa

A partir de estos reales decretos y de la normativa de desarrollo citada en el BOE, se desprende que al ministerio que dirige Carlos Cuerpo le corresponde, en síntesis:

  • La propuesta y ejecución de la política económica del Gobierno, incluyendo la elaboración de análisis y proyecciones sobre la evolución de la economía española. El Real Decreto 410/2024, tal y como se cita en la Resolución de 10 de junio de 2025, atribuye a la Dirección General de Análisis Económico funciones de análisis de las tendencias a medio y largo plazo de la economía española y de sus principales determinantes (BOE-A-2025-12282).
  • La política en materia de comercio exterior y apoyo a la internacionalización del tejido empresarial, reflejada en órdenes como la Orden ECM/794/2024, sobre el Programa ICEX Internacionalización, firmada por el ministro Carlos Cuerpo y dictada al amparo de las competencias estatales en comercio exterior y planificación económica (artículo 149.1.10.ª y 13.ª CE), según el BOE-A-2024-15642.
  • La dirección de la política de comercio interior y apoyo a la empresa, incluyendo la regulación de instrumentos de apoyo a la internacionalización, programas de becas formativas en control de productos de comercio exterior, o premios y reconocimientos al comercio interior, según distintas órdenes ministeriales del departamento.
  • La coordinación de instrumentos de finanzas sostenibles y la integración de la sostenibilidad climática en el sistema financiero, función reforzada con la creación del Consejo de Finanzas Sostenibles, regulado por la Orden ECM/44/2025, cuya aprobación se realiza a propuesta del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa (citada en la base normativa consultada).
  • La participación en la definición del cuadro macroeconómico y en el seguimiento del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, como se refleja en diversas notas de prensa oficiales en las que el propio ministerio rinde cuentas ante las Cortes Generales (por ejemplo, la comparecencia de Carlos Cuerpo ante la Comisión Mixta para la UE detallada en portal.mineco.gob.es).
  • La presidencia o impulso de órganos colegiados y consejos en materia económica y de internacionalización (Consejo Asesor de Asuntos Económicos, Consejo Interterritorial de Internacionalización, Conferencias Sectoriales de Mejora Regulatoria y Clima de Negocios, etc.), según las agendas y notas oficiales de La Moncloa.
Funciones como vicepresidente primero

Además de sus competencias ministeriales, el BOE recoge que, como vicepresidente primero del Gobierno, le corresponde el ejercicio de las funciones que le encomiende el presidente del Gobierno y, en particular, la posibilidad de presidir el Consejo de Ministros por delegación, tal como recuerda el análisis del periódico Demócrata sobre la disposición general relativa a la Vicepresidencia Primera citada en el BOE (artículo sobre el relevo en Economía y Hacienda: Demócrata).

Adscripción política

La base de datos de cargos institucionales consultada identifica a Carlos Cuerpo como vicepresidente primero del Gobierno y ministro de Economía, Comercio y Empresa, pero no recoge un partido de adscripción (el campo de agrupación política figura sin valor). Las informaciones de La Moncloa y del Ministerio lo presentan como un perfil técnico del cuerpo de Técnicos Comerciales y Economistas del Estado, sin mención expresa a militancia en un partido. Por tanto, con la información disponible en las fuentes oficiales y periodísticas consultadas, no consta de forma explícita en la documentación institucional una pertenencia orgánica a un partido concreto, aunque forma parte del Gobierno presidido por el Partido Socialista Obrero Español.

¿Qué requisitos legales deben cumplir las empresas y trabajadores de Ceuta para acceder a las ayudas contempladas en el plan de choque?

A día de hoy, el “plan de choque” para Ceuta anunciado por el Gobierno se ha concretado políticamente (volumen de recursos, tipos de medidas) pero sus ayudas aún no tienen bases ni convocatorias publicadas específicas para empresas y trabajadores. Por tanto, no existe todavía un listado cerrado de requisitos legales, aunque sí puede anticiparse el marco general a partir de lo ya anunciado y de cómo funcionan las subvenciones y bonificaciones vigentes en Ceuta.

1. Qué se ha anunciado ya del plan de choque

Las informaciones oficiales y periodísticas recogidas por Demócrata y otros medios indican que:

  • El vicepresidente primero y ministro de Economía, Carlos Cuerpo, presentó en Ceuta un paquete de “medidas de choque” para reforzar la seguridad, agilizar retornos y “revitalizar” la economía local, mediante una ampliación extraordinaria del Plan de Desarrollo Integral Socioeconómico de Ceuta, que ya ha movilizado unos 180 millones de euros desde 2022.
  • El Gobierno prevé aprobar un plan de emergencia de unos 165‑168 millones de euros, de los que:
    • Alrededor de 35 millones irían a ayudas directas para pymes y autónomos.
    • Otros 15 millones, a comercio y turismo.
    • El resto, a reforzar servicios públicos (educación, sanidad, justicia) y otras actuaciones en Ceuta.
  • En el ámbito laboral, se ha avanzado un refuerzo de los ERTE por fuerza mayor en Ceuta: acceso a prestación de desempleo sin cotización mínima previa para trabajadores afectados y exenciones del 100 % de las cotizaciones empresariales en esos ERTE, además de elevar al 75 % las bonificaciones a la contratación en las ciudades de Ceuta y Melilla.

Todo ello se articulará mediante uno o varios reales decretos y órdenes de convocatoria, que serán los que fijarán de forma precisa los requisitos de acceso.

2. Requisitos previsibles para empresas de Ceuta

Aunque las bases específicas del plan de choque aún no han salido, las ayudas de PROCESA y de la Ciudad Autónoma para contratación indefinida, proyectos innovadores, talleres mixtos, etc., muestran un patrón bastante estable de requisitos, al amparo de la Ley 38/2003 General de Subvenciones y su reglamento:

  • Localización en Ceuta: se suele exigir que la empresa esté radicada en Ceuta (domicilio fiscal, centro de trabajo o actividad principal en la ciudad).
  • Alta y actividad económica:
    • Estar dada de alta en el IAE o censo de actividades económicas.
    • En muchos programas, pertenecer a sectores concretos (por ejemplo, comercio, hostelería, turismo o actividades intensivas en servicios digitales) definidos por CNAE en las bases.
  • Situación administrativa regular:
    • Estar al corriente de obligaciones tributarias estatales, locales y con la Seguridad Social.
    • No estar incurso en prohibiciones para ser beneficiario de subvenciones (sanciones, condenas por fraude de ayudas, etc.).
  • Impacto de la crisis y mantenimiento de empleo (previsible en el plan de choque):
    • Acreditar una afectación económica significativa vinculada a la crisis migratoria (caída de facturación, cierres temporales, etc.).
    • Compromisos de mantener o recuperar empleo durante un periodo mínimo, cuando se trate de ayudas vinculadas a nóminas o contrataciones.
  • Justificación posterior:
    • Presentar la documentación justificativa (facturas, contratos, TC‑2, informes de vida laboral, etc.) en el plazo que fijen las bases.
    • Aceptar controles de PROCESA, Ciudad Autónoma, AEAT y Seguridad Social, autorizando el cruce de datos, como ya recogen las bases de otros programas ceutíes.
3. Requisitos previsibles para trabajadores y autónomos

Para los trabajadores por cuenta ajena afectados por ERTE de fuerza mayor, las medidas anunciadas apuntan a:

  • Ser trabajador incluido en un ERTE autorizado vinculado a la crisis en Ceuta.
  • Estar afiliado y en alta en Seguridad Social en la empresa ceutí afectada.
  • Acceder a la prestación de desempleo sin requisito de cotización mínima, con consumo “cero” del paro acumulado, según el esquema avanzado por el Ministerio de Trabajo.

En el caso de autónomos que accedan a ayudas directas:

  • Estar dados de alta en el RETA y desarrollar la actividad en Ceuta.
  • Acreditar caída de ingresos o perjuicio económico asociado a la crisis.
  • Estar al corriente de tributos y Seguridad Social y no haber sido sancionados con pérdida de derecho a subvención.
4. Qué hacer mientras se aprueban las bases

A la espera de los reales decretos y órdenes concretas, es recomendable que empresas y trabajadores de Ceuta:

  • Verifiquen que están al corriente de obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
  • Conserven y ordenen la documentación que acredite el impacto económico de la crisis (facturación, reservas canceladas, cierres, etc.).
  • Sigan de cerca el BOE y el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta (BOCCE), donde se publicarán las bases reguladoras y las convocatorias.
  • Consulten con su gestor o asesor laboral/fiscal en cuanto se apruebe el paquete normativo para comprobar la elegibilidad concreta de su empresa o situación laboral.

En suma, hoy el plan de choque está definido en su volumen y objetivos, pero sus requisitos legales detallados dependen de normas y convocatorias que todavía no se han publicado; lo que sí puede adelantarse es que se encuadrarán en el régimen general de subvenciones y bonificaciones que ya se aplica en Ceuta.

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¿Qué porcentaje del PIB de Ceuta representa el importe movilizado por el plan de choque en los últimos cuatro meses de 2026?

Pregunta 1 de 3

¿Cuál es la principal partida de gasto dentro de los 309 millones de euros destinados a Ceuta?

Pregunta 2 de 3

¿A partir de qué fecha se podrán solicitar las ayudas del plan de choque para Ceuta a través de la Agencia Tributaria?

Pregunta 3 de 3

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