Luz verde inminente: la ley de Medicamentos y la reforma Antitabaco, listas para el Consejo de Ministros

Ambos anteproyectos han pasado por la CGSEYS y su aprobación estaría prevista para este martes, tal y como ha podido confirmar DEMÓCRATA

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La ministra de Sanidad, Mónica García, interviene durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, a 12 de mayo de 2026, en Madrid (España). Carlos Luján - Europa Press

La ministra de Sanidad, Mónica García, interviene durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, a 12 de mayo de 2026, en Madrid (España). Carlos Luján - Europa Press

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Tal y como adelantó DEMÓCRATA, el Ministerio de Sanidad estaba acelerando para aprobar en Consejo de Ministros antes del parón estival dos importantes anteproyectos de ley, el de Medicamentos y el Antitabaco. Y en efecto, los de Mónica García prevén cumplir. Según confirman fuentes consultadas por este periódico, ambos han pasado recientemente por la Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios (CGSEYS) y estarían listos para recibir el visto bueno, que se espera para este martes.

El Anteproyecto de Ley de los Medicamentos y Productos Sanitarios, cuyo borrador fue desvelado en exclusiva por DEMÓCRATA, introduce un nuevo esquema de precios dinámicos, dejando atrás los “precios seleccionados” que figuraban en versiones anteriores. Este mecanismo estará orientado especialmente a medicamentos que ya no cuentan con protección comercial, como genéricos, biosimilares o fármacos con años de presencia en el mercado, y persigue estimular la competencia sin perder de vista la garantía de suministro.

La norma también refuerza el concepto de uso racional de los medicamentos y productos sanitarios mediante un planteamiento mucho más amplio que el vigente hasta ahora. La nueva redacción incorpora un capítulo específico dentro del Sistema Nacional de Salud y atribuye esta responsabilidad no solo a los profesionales sanitarios, sino también a las administraciones públicas, los pacientes y la propia ciudadanía. Además, reconoce de forma expresa el papel de las estructuras de apoyo existentes tanto en la Administración General del Estado como en las comunidades autónomas para impulsar una utilización más eficiente y segura de estos productos.

La reforma también introduce una mayor flexibilidad en las agrupaciones de medicamentos equivalentes. A diferencia de lo que ocurría hasta ahora, se abre la puerta a que distintos productos de una misma categoría puedan convivir con precios diferentes. La capacidad de abastecimiento de las compañías y la prevención de posibles problemas de suministro pasan a formar parte de los criterios que influirán en la configuración de los precios, incorporando así una variable estratégica que hasta ahora tenía un peso mucho menor.

En paralelo, el texto separa de manera más nítida la regulación de los medicamentos y la de los productos sanitarios. Aunque ambos continúan vinculados a la prestación farmacéutica cuando corresponda, cada ámbito contará con un desarrollo normativo propio. Esta diferenciación busca reconocer las particularidades de los productos sanitarios en cuestiones como la financiación pública, la revisión de precios, la organización de las agrupaciones o la remuneración de los canales de distribución y dispensación.

Ley Antitabaco

Los de Mónica García esperan aprobar en segunda vuelta el Anteproyecto de ley de reforma de la Ley de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco, que recibió el primer visto bueno el pasado mes de septiembre.

Su propósito es reforzar la lucha contra el tabaquismo para mejorar la salud pública, ampliando la protección en espacios y actualizando la regulación de los productos del tabaco y relacionados.

Entre las medidas más polémicas, destaca la ampliación de los espacios libres de humo y la equiparación de los cigarrillos electrónicos al tabaco convencional, no solo para prohibir su consumo en los mismos lugares, sino para que también deban cumplir las exigencias relativas a la comercialización y publicidad.

De la ley Antitabaco, destaca la ampliación de los espacios libres de humo y la equiparación de los cigarrillos electrónicos al tabaco convencional

Según fuentes consultadas por DEMÓCRATA, esta propuesta genera no solo tensiones con los socios habituales del bloque de investidura, sino entre PSOE y Sumar. En concreto, existen diferencias en la prohibición tan ambiciosa de la publicidad, que incluye expresamente la supresión de comunicaciones comerciales o promociones en equipamientos, instalaciones y mobiliario situados en espacios de uso público o colectivo, lo que abarca elementos presentes en bares, discotecas, terrazas u otros establecimientos de ocio. Así las cosas, no podrán utilizarse rótulos, carteles, mobiliario urbano o de hostelería que incorpore logotipos, imágenes o referencias a marcas de productos del tabaco o productos relacionados.

¿Posibilidades reales?

El Ministerio de Sanidad es una de las carteras con más iniciativas abiertas, una voluntad rebosante de optimismo que, sin embargo, no se traduce en novedades en el BOE. Una cosa es la tramitación gubernamental, donde PSOE y Sumar han de ponerse de acuerdo (y no siempre), y otra, la tramitación parlamentaria, una senda plagada de obstáculos por la falta de mayoría estable y una legislatura que llega a sus compases finales.

La Comisión de Sanidad del Congreso mantiene bloqueados importantes proyectos de ley, como el de Cohesión, el de Universalidad, la Ley Antiprivatizaciones o la de Organizaciones de pacientes. Un listado al que prevé sumarse más pronto que tarde tanto la reforma antitabaco como la de Medicamentos.

El problema para el departamento liderado por Mónica García es que ninguna de estas iniciativas tiene un horizonte favorable. Los socios habituales del Gobierno son especialmente recelosos en asuntos sanitarios por una cuestión de competencias, pero aun contando con ellos, desde la ruptura de Junts con el PSOE las cuentas no salen. La suma de PSOE (121), Sumar (26), ERC (7), EH Bildu (6), PNV (5) y los adscritos al Mixto, Águeda Micó (Compromís), BNG, Coalición Canaria y los cuatro de Podemos, resulta en un montante de 172.

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¿En qué estado parlamentario se encuentran actualmente los anteproyectos de ley de Medicamentos y la reforma Antitabaco tras su paso por el Consejo de Ministros?

Los datos disponibles indican que la futura Ley de Medicamentos aún no ha entrado en fase parlamentaria: sigue en la fase de anteproyecto dentro del Gobierno, tras pasar por el Consejo de Ministros y el trámite de audiencia pública. En cambio, para la anunciada reforma normativa antitabaco, no consta todavía ningún proyecto o proposición registrado en Congreso o Senado, por lo que tampoco ha comenzado su tramitación parlamentaria. A continuación detallo el estado de cada una y aclaro algunas iniciativas que han aparecido en las búsquedas pero que no se corresponden con estas reformas.

1. Anteproyecto de Ley de Medicamentos y Productos Sanitarios

1.1. Fase actual

El Ministerio de Sanidad tramitó el Anteproyecto de Ley de los medicamentos y productos sanitarios con carácter de urgencia. Según la referencia del Consejo de Ministros, el 8 de abril de 2025 el Consejo de Ministros adoptó un acuerdo autorizando la tramitación administrativa urgente del anteproyecto y vinculándolo a los compromisos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (componente C18, reforma R5).

Posteriormente, el texto se sometió a audiencia e información pública entre el 9 y el 30 de abril de 2025, según la ficha oficial del Ministerio de Sanidad y el propio texto del anteproyecto disponible en PDF (texto de audiencia pública). No hay rastro de que el Consejo de Ministros haya aprobado aún el texto definitivo como proyecto de ley ni de que se haya remitido a las Cortes Generales.

Con la información disponible, la situación actual es:

  • Fase: prelegislativa en el Gobierno (anteproyecto).
  • Hitos cumplidos: acuerdos del Consejo de Ministros de 8/4/2025 y audiencia pública 9–30/4/2025.
  • Hitos pendientes: cierre y análisis de alegaciones, informes obligatorios, en su caso dictamen del Consejo de Estado y, finalmente, aprobación como proyecto de ley y envío al Congreso.

Por tanto, a día de hoy no existe expediente en el Congreso ni en el Senado correspondiente a este anteproyecto, y no se puede hablar todavía de “estado parlamentario” en sentido estricto.

1.2. Iniciativas relacionadas pero distintas

En las búsquedas aparecen otras iniciativas sobre medicamentos que pueden inducir a confusión, pero no son la futura Ley de Medicamentos española:

  • En el Senado figura la Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre disponibilidad y seguridad del suministro de medicamentos esenciales, con identificador (15)574/000050, cuya ficha está en la web del Senado (iniciativa 574/000050). Se trata de una propuesta normativa de la UE, no de la ley estatal de medicamentos.
  • También en el Senado aparece una comunicación de la Diputación de Huelva (15)812/000087, relativa a la Ley 7/2023 de bienestar animal y al Real Decreto 666/2023 sobre medicamentos veterinarios; su ficha figura en esta iniciativa 812/000087. Es una iniciativa ya concluida y ajena a la nueva ley general de medicamentos.

2. Reforma normativa antitabaco

2.1. Ausencia de proyecto o proposición en Cortes

Para la anunciada reforma normativa antitabaco, las búsquedas específicas en el Congreso (como “reforma normativa antitabaco”) no han devuelto ningún proyecto de ley ni proposición de ley en la XV Legislatura con ese objeto. En consecuencia, puede afirmarse que, con la información disponible, la reforma antitabaco no ha sido aún registrada en las Cortes Generales como iniciativa legislativa.

Eso implica que, en términos estrictos, no tiene estado parlamentario: no hay publicación del texto como proyecto o proposición, ni apertura de plazo de enmiendas, ni fase de ponencia, comisión o pleno identificables. Si el Gobierno está trabajando internamente en un anteproyecto o modificando reglamentos vía real decreto, esos trabajos no han cristalizado todavía en un expediente parlamentario reconocible en las bases consultadas. No se dispone de más información en las fuentes consultadas sobre el detalle de su tramitación interna.

2.2. Otras reformas que no son antitabaco

En las mismas búsquedas aparecen varias reformas que no guardan relación con la política antitabaco, pero cuyos expedientes sí están avanzados y pueden haberse cruzado por similitud de términos. Destaca la Propuesta de reforma del Estatuto de Autonomía para Castilla-La Mancha (expediente 127/000002), en plena tramitación en el Congreso, con múltiples publicaciones y enmiendas. Sus textos pueden consultarse en distintos boletines oficiales del Congreso: publicación inicial de la iniciativa (BOCG-15-B-242-1), publicaciones intermedias (BOCG-15-B-242-2), enmiendas a la totalidad (BOCG-15-B-242-3) y enmiendas al articulado (BOCG-15-B-242-4). La ficha de seguimiento está disponible en la web del Congreso en [enlace], pero se trata de una reforma estatutaria, no de la regulación del tabaco.

En resumen: la reforma antitabaco que mencionas, pese a haber sido anunciada políticamente, no consta aún como proyecto o proposición de ley en el Congreso o el Senado, por lo que sigue, en el mejor de los casos, en fase interna del Gobierno.

¿En qué plazos podría el Gobierno transformar el anteproyecto de Ley de Medicamentos en proyecto de ley y remitirlo al Congreso? ¿Qué cambios sustantivos introduce el borrador de la nueva Ley de Medicamentos frente a la Ley 29/2006 vigente? ¿Qué medidas concretas se han avanzado públicamente sobre la futura reforma antitabaco (espacios sin humo, vapeadores, fiscalidad, etc.)?

¿Cuáles son las competencias atribuidas al Ministerio de Sanidad según la legislación española?

Las competencias del Ministerio de Sanidad se definen, con carácter general, en los reales decretos de estructura orgánica básica y en la legislación sanitaria estatal. Según esta normativa, el Ministerio asume la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de sanidad y salud pública, así como la coordinación general del Sistema Nacional de Salud (SNS) y de determinadas políticas farmacéuticas. Además, ejerce funciones en vigilancia de la salud, control sanitario en frontera, productos farmacéuticos y sanitarios, salud digital y relaciones internacionales en el ámbito sanitario. A continuación se resumen estas competencias por grandes bloques, tomando como referencia, entre otras, el Real Decreto 1047/2018 y la mención al Real Decreto 718/2024 recogida en su corrección de errores.

1. Funciones generales del departamento

Los reales decretos de estructura orgánica básica atribuyen al Ministerio de Sanidad, con carácter transversal, la función de elaborar y proponer al Gobierno la política sanitaria y de salud pública, y de asegurar su ejecución en el ámbito de la Administración General del Estado. Esto incluye la iniciativa normativa en materia sanitaria estatal (leyes, reales decretos, órdenes ministeriales) y la planificación estratégica de la política de salud.

Igualmente, el Ministerio ejerce la dirección superior de sus órganos directivos y de los organismos públicos adscritos (por ejemplo, la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición, que crea su sede electrónica mediante la resolución publicada en el BOE según esta resolución de la AESAN). También asume funciones presupuestarias (fijación de límites de gasto y subvenciones, como refleja la Orden SND/147/2025) y de gestión de su propio personal y medios materiales.

2. Sanidad, salud pública y coordinación con las CCAA

En un sistema descentralizado, el Ministerio de Sanidad actúa como órgano de coordinación general del SNS y de las políticas de salud pública. A la luz de la normativa reciente, se le atribuyen funciones como:

  • Definir la cartera de servicios comunes del SNS y su actualización periódica, mediante reales decretos y órdenes, como ilustra la modificación de la cartera por la Orden SND/454/2025 o la creación del Comité Asesor para la cartera de genética y los cambios en la cartera por la Orden SND/606/2024.
  • Gestión de instrumentos de cohesión y compensación entre territorios, como el Fondo de Cohesión Sanitaria, cuya regulación se actualiza, por ejemplo, en la Orden SND/976/2024.
  • Ordenación de recursos humanos y asistenciales en el ámbito estatal, reflejada en normas como la Orden SND/496/2024, que crea categorías de personal estatutario en el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria.

Asimismo, el Ministerio coordina las actuaciones frente a riesgos para la salud pública, incluyendo el control sanitario en frontera y determinadas competencias en seguridad alimentaria y sanidad exterior. Un ejemplo es la Orden PJC/756/2024, que delimita las actuaciones de los servicios de control oficial en frontera dependientes funcionalmente, entre otros, del Ministerio de Sanidad.

3. Farmacia, productos sanitarios y prestación farmacéutica

Las competencias en materia de medicamentos y productos sanitarios son uno de los núcleos del departamento. A partir de la normativa publicada en el BOE puede identificarse que el Ministerio:

  • Actualiza el sistema de precios de referencia de medicamentos financiados en el SNS, como hace la Orden SND/1074/2024 y su posterior actualización anual por la Orden SND/1118/2025.
  • Regula aspectos de la prestación farmacéutica y productos sanitarios, incluida la concesión de subvenciones en este ámbito, como recoge el Real Decreto 666/2025.
  • Interviene en la autorización de centros y servicios sanitarios mediante la modificación de los anexos del Real Decreto 1277/2003, según la Orden SND/1002/2024.

4. Salud digital, información sanitaria y coordinación internacional

El Ministerio ha reforzado en los últimos años sus competencias en transformación digital y gestión de la información sanitaria. La Orden SND/76/2025 crea y regula la Comisión Ministerial de Administración Digital del Ministerio de Sanidad, que canaliza las funciones de planificación, coordinación y seguimiento de la digitalización interna y de los servicios electrónicos vinculados a sanidad.

En paralelo, el departamento impulsa sistemas de información del SNS y participa en la coordinación internacional de políticas sanitarias (por ejemplo, en la Unión Europea y en organismos internacionales), aunque las fuentes disponibles se limitan a referencias puntuales y no permiten detallar artículo por artículo estas funciones. No se dispone de más información en las fuentes consultadas sobre el contenido concreto del Real Decreto 718/2024, más allá de su corrección de errores, que alude a aspectos de coordinación con agencias europeas en materia de drogas.

5. Otras competencias relevantes

Las órdenes ministeriales recientes muestran además competencias transversales como:

  • La ordenación y gestión del sistema archivístico del Ministerio y sus organismos, según la Orden SND/671/2025.
  • La participación en la Estrategia de la Industria Farmacéutica mediante la presencia en órganos interministeriales como el Comité creado por el Real Decreto 664/2025.

En conjunto, estas normas permiten concluir que el Ministerio de Sanidad concentra la política estatal de salud, coordina el SNS y las políticas farmacéuticas básicas, ejerce la sanidad exterior y el control sanitario de productos, y lidera la digitalización y normalización de la información sanitaria en el ámbito de la Administración General del Estado.

¿Podrías detallar cómo se organiza internamente el Ministerio de Sanidad tras el Real Decreto 718/2024, por ejemplo en secretarías de Estado y direcciones generales? ¿Qué papel exacto tiene el Ministerio de Sanidad en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud y cómo se toman allí las decisiones? ¿Qué normas regulan específicamente la política farmacéutica y de precios de medicamentos que gestiona el Ministerio de Sanidad?

¿Cuáles fueron los resultados de las últimas elecciones generales para el PSOE, Sumar, ERC, EH Bildu, PNV y los diputados del Grupo Mixto?

En las últimas elecciones generales del 23 de julio de 2023, el PSOE obtuvo 121 escaños y alrededor del 31,7–31,68 % del voto estatal; Sumar logró 31 escaños y un 12,33 %; ERC se quedó en 7 diputados con un 1,89 %; EH Bildu consiguió 6 diputados y un 1,36 %; el PNV obtuvo 5 diputados y un 1,12 %. El Grupo Mixto quedó inicialmente integrado por 8 diputados de varias formaciones pequeñas, pero al ser un grupo parlamentario y no una candidatura electoral no tiene un porcentaje de voto propio. Estas cifras proceden del escrutinio oficial del 23‑J, recogido en el especial de resultados del Congreso de 2023 de RTVE y en los resúmenes de prensa.

Resultados por partido (escaños y voto)

Según el recuento definitivo de las elecciones generales, recopilado en el especial del Ministerio del Interior y difundido por medios como el especial de resultados de RTVE, los gráficos de El País y el análisis de datos de EPData, el reparto para las fuerzas que preguntas fue el siguiente:

  • PSOE
    • Escaños: 121 diputados.
    • Porcentaje de voto estatal: 31,68 % (7.821.718 votos).
    • Estos datos se confirman en múltiples análisis posteriores que toman como referencia el 23‑J (por ejemplo, las comparaciones de encuestas recogidas por Demócrata en Target Point, GESOP, Sigma Dos o InvyMark).
  • Sumar
    • Escaños: 31 diputados.
    • Porcentaje de voto estatal: 12,33 % (3.044.996 votos).
    • Incluía a Podemos y otras fuerzas a la izquierda del PSOE, como recuerdan diversos agregadores de encuestas analizados por Demócrata en este agregador.
  • ERC (Esquerra Republicana de Catalunya)
    • Escaños: 7 diputados.
    • Porcentaje de voto estatal: 1,89 % (466.020 votos).
    • Perdió 6 escaños respecto a las generales de 2019, dato citado en varios análisis postelectorales como los de El País por comunidades y en resúmenes de prensa como Infobae o CNN en español.
  • EH Bildu
    • Escaños: 6 diputados.
    • Porcentaje de voto estatal: 1,36 % (335.129 votos).
    • Ganó un escaño respecto a 2019; su peso en el Congreso y en la negociación de investidura se analiza extensamente en el reportaje de Demócrata “Socios que aprietan, pero no ahogan”.
  • PNV (Partido Nacionalista Vasco)
    • Escaños: 5 diputados.
    • Porcentaje de voto estatal: 1,12 % (275.782 votos).
    • Mantuvo su representación respecto a la legislatura anterior; su papel como socio clave se describe también en el artículo de Demócrata citado y en análisis posteriores sobre Euskadi como este sociómetro vasco o este balance territorial.

Los porcentajes indicados para ERC, EH Bildu y PNV son siempre sobre el total estatal de voto válido. En sus circunscripciones principales (Cataluña para ERC; País Vasco y Navarra para EH Bildu y PNV) sus porcentajes son mucho más altos, pero los datos estándar que publican la Junta Electoral y el Ministerio del Interior se ofrecen a escala nacional, como puede verse en los cuadros comparativos que usan medios como ABC, La Razón o los análisis de series históricas de Historia Electoral.

Grupo Mixto: 8 diputados tras el 23‑J

El Grupo Mixto del Congreso no concurre como lista electoral propia, sino que agrupa a los diputados de partidos que no alcanzan los requisitos para formar grupo parlamentario. Tras el 23‑J se conformó inicialmente con 8 diputados, procedentes de varias formaciones de ámbito territorial (entre ellas BNG, Coalición Canaria, UPN, PRC, Teruel Existe o CUP, según los resúmenes del recuento que ofrece El Mundo y el mapa interactivo de RTVE).

Por ese motivo no existe un porcentaje de voto unificado del Grupo Mixto: cada uno de esos partidos tiene su propio porcentaje (normalmente muy bajo a escala estatal) y su implantación se limita a una o pocas provincias. La prensa y los analistas suelen referirse a este grupo más por su composición y por su papel en la aritmética parlamentaria que por un dato agregado de voto, algo que se aprecia en piezas como el análisis sobre grupos y cesiones de escaños en el Congreso y el Senado de Demócrata ([enlace]).

Contexto y referencias adicionales

Los datos del 23‑J se utilizan hoy como referencia para encuestas y proyecciones que publican Demócrata y otros medios (por ejemplo, GESOP, Hamalgama, Sociométrica, CIS noviembre, CIS febrero, promedio de encuestas, Sociométrica 2025, Barómetro de La Sexta, Ipsos, [enlace], etc.). Esos trabajos coinciden en tomar como punto de partida las cifras que te he resumido: 121 escaños para el PSOE, 31 para Sumar, 7 para ERC, 6 para EH Bildu, 5 para PNV y 8 diputados en el Grupo Mixto.

Otros documentos de contexto electoral y legislativo, aunque no aportan más detalle sobre los resultados del 23‑J, ayudan a entender el entorno político posterior: los análisis de comisiones y portavocías de Demócrata (portavoces de Hacienda, constitución de comisiones), así como los resultados de otros procesos electorales (europeas en el BOE: Acuerdo JEC; autonómicas vascas y catalanas recogidas por el INE en EPV 2024 y EPC 2024 o por el Gobierno Vasco en este estudio de previsión de voto), que sirven para comparar la fuerza relativa de estos partidos en distintos niveles institucionales.

¿Puedes desglosar cómo se reparten esos escaños por provincias para PSOE, Sumar, ERC, EH Bildu y PNV? ¿Qué partidos concretos forman hoy el Grupo Mixto y cuántos diputados aporta cada uno? ¿Cómo se tradujeron estos resultados del 23‑J en la investidura de Pedro Sánchez y en los pactos con ERC, EH Bildu y PNV?

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¿Qué mecanismo de precios introduce el anteproyecto de ley de Medicamentos para los fármacos sin protección comercial?

Pregunta 1 de 3

¿Qué medida destacada incluye la reforma Antitabaco respecto a los cigarrillos electrónicos?

Pregunta 2 de 3

¿Cuántos escaños suman PSOE, Sumar y sus habituales socios según la noticia?

Pregunta 3 de 3

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