El Consejo de Ministros ha dado este martes luz verde, en segunda vuelta, al proyecto de ley del tabaco. La principal novedad respecto a la primera aprobación es que se incorporan las playas marítimas y fluviales al listado de espacios libres de humo, donde ya figuraban las terrazas de bares y restaurantes como una de las propuestas clave.
El texto pasará ahora a las Cortes Generales para iniciar su tramitación parlamentaria y persigue "dar el siguiente paso para ampliar el derecho a respirar aire limpio", así como "responder a los nuevos productos y especialmente proteger a las nuevas generaciones", tal y como ha señalado la ministra de Sanidad, Mónica García, quien ha recordado que España siempre ha estado "a la vandguardia" en la lucha contra el tabaquismo.
Uno de los ejes centrales es "equiparar la regulación de productos relacionados con el tabaco". La norma reformula también el régimen de venta y suministro, de forma que los productos vinculados al tabaco solo podrán comercializarse en tiendas especializadas, que no tendrán permitido mostrar publicidad ni cartelería visible desde el exterior. Este punto se concretará posteriormente mediante una orden ministerial específica.
Tras el primer visto bueno del Consejo de Ministros en septiembre del año pasado, el proyecto, que modifica la Ley 28/2005 de medidas sanitarias frente al tabaquismo, se articula en torno a tres grandes objetivos: ampliar las zonas donde no se puede fumar, reforzar la protección de la infancia y la adolescencia, y actualizar la normativa a los nuevos productos relacionados con el tabaco.
Según fuentes del Ministerio de Sanidad, esta revisión se integra en el 'Plan Integral de Prevención y Control del Tabaquismo 2024-2027' y responde a los cambios en los hábitos de consumo, en especial entre los jóvenes. En los últimos años se ha disparado el uso de nuevos dispositivos, como cigarrillos electrónicos con y sin nicotina, productos a base de hierbas para fumar o 'shisha', bolsas de nicotina y otros artículos que imitan o se vinculan al acto de fumar.
El texto prohíbe fumar también en otros espacios, como piscinas de uso colectivo, instalaciones deportivas, parques nacionales, vehículos de trabajo —salvo cuando se utilicen de forma exclusivamente personal— y recintos donde se celebren espectáculos públicos. En este último grupo se incluyen teatros, cines, conciertos y otros eventos, incluso cuando se desarrollen al aire libre.
Entornos de protección reforzada y menores
La futura ley incorpora la figura de los entornos de protección reforzada, definidos como un radio mínimo de 15 metros alrededor de accesos a edificios públicos, centros sanitarios públicos y privados, servicios sociales, centros educativos, universidades, centros de investigación, museos, bibliotecas, centros culturales, instalaciones deportivas y parques o áreas de juego infantiles. Se prevé un plazo de dos meses para adaptar la señalización de los espacios donde el consumo esté vetado.
El proyecto veta expresamente el consumo de productos del tabaco por parte de menores de 18 años. Esta prohibición se hace extensiva a los cigarrillos electrónicos y al resto de productos relacionados, con la salvedad de las bolsas de nicotina en lo que respecta a los espacios sin humo, aunque la norma sí impide su consumo a las personas menores de edad.
En materia de publicidad, el texto endurece las limitaciones a la promoción y el patrocinio del tabaco, de los dispositivos para su consumo y de los productos asociados. La novedad más relevante se sitúa en los puntos de venta: no se podrán llevar a cabo acciones en escaparates ni utilizar carteles que, por su diseño o ubicación, puedan verse o percibirse desde el exterior de estancos y tiendas especializadas.
La propuesta legislativa recupera además el 'Observatorio para la Prevención del Tabaquismo', eliminado en 2014, que volverá a contar con representación de distintos Ministerios. Este órgano planteará iniciativas, programas y actuaciones para lograr los objetivos de la ley, fijará metas de reducción de la prevalencia del tabaquismo y del consumo de productos relacionados y elaborará informes periódicos sobre la situación y el grado de cumplimiento de la normativa.
Sanidad sostiene que la nueva regulación cierra vacíos legales detectados en la ley de 2005, considerada desfasada ante la aparición de nuevos productos de consumo. El énfasis se coloca en la protección de la infancia y la juventud y en la ampliación de espacios libres de humo, que el departamento ve como una herramienta de alta eficacia.
Desnormalizar el consumo y régimen sancionador
El articulado persigue desnormalizar el consumo de tabaco y salvaguardar a terceros frente al humo, para lo que establece un régimen sancionador que introduce como novedad un rango económico para las infracciones leves de entre 300 y 600 euros. Asimismo, fija la responsabilidad subsidiaria de padres o tutores legales en el caso de menores, con la posibilidad de sustituir la multa por trabajos en beneficio de la comunidad.
Las mismas fuentes ministeriales se muestran confiadas en que la ley salga adelante en las Cámaras, al considerar que se trata de un texto relativamente sencillo, aunque admiten que habrá que ver el grado de receptividad de los grupos parlamentarios frente al 'lobby' de la hostelería. Por ahora, el proyecto no incorpora la obligación del empaquetado genérico, que se intentará introducir durante el trámite parlamentario, después de que el PSOE rechazara incluirlo en esta fase.
En la misma línea, la intención del Gobierno es prohibir más adelante los vapeadores desechables, una medida que está pendiente del dictamen favorable de la Comisión Europea. Otros aspectos se remitirán a otra norma, el Real Decreto sobre fabricación, presentación y comercialización de los productos del tabaco y los productos relacionados, cuyo contenido se está cerrando con el Ministerio de Hacienda y que, según Sanidad, "pronto" será enviado al Consejo de Estado.