Víctimas de abusos en la Iglesia se concentran ante el Congreso para exigir que se amplíen los plazos de prescripción

La reforma, vital para miles de supervivientes, lleva meses bloqueada en el Parlamento

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Miguel Hurtado, activista contra los abusos sexuales de la Iglesia. Marta Fernández/Europa Press.

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Asociaciones de víctimas de abusos sexuales en el seno de la Iglesia tienen previsto concentrarse este martes frente al Congreso de los Diputados para reclamar la reactivación de la reforma legal que pretende ampliar los plazos de prescripción de los delitos sexuales cometidos contra menores.

Los colectivos dirigen su petición al ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, al que reclaman que impulse la tramitación parlamentaria de una proposición de ley que consideran bloqueada desde hace meses.

Entre las voces más visibles de esta reivindicación figura Miguel Ángel Hurtado, superviviente de abusos en la Abadía de Montserrat y portavoz de la asociación Reparación Integral Ya (RIYA).

Las asociaciones sostienen que muchas víctimas tardan décadas en poder identificar, verbalizar y denunciar los abusos sufridos durante la infancia, por lo que consideran que los plazos actuales dejan sin posibilidad de acudir a la vía penal a un elevado número de afectados.

Una reforma pendiente en el Congreso

La iniciativa que reclaman las asociaciones se encuentra en tramitación en el Congreso y plantea modificar los artículos del Código Penal relativos a la prescripción de los delitos contra la libertad sexual cometidos contra menores.

La legislación vigente establece, tras la aprobación en 2021 de la Ley Orgánica de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia, conocida como ley Rhodes, que el plazo de prescripción comienza a contar cuando la víctima cumple 35 años.

Los colectivos consideran que esta reforma supuso un avance, pero la juzgan insuficiente porque la edad media a la que muchas víctimas revelan los abusos suele situarse décadas después de los hechos. Por ese motivo, las asociaciones reclaman ampliar de nuevo los plazos de prescripción y, en los casos más graves, avanzar hacia la imprescriptibilidad.

La proposición de ley fue tomada en consideración por el Congreso, pero las víctimas denuncian que su tramitación permanece paralizada.

Una reivindicación que gana peso tras la visita del Papa

La concentración llega apenas una semana después de la visita a España del papa León XIV, que mantuvo un encuentro privado con víctimas de abusos sexuales durante su estancia en Madrid.

Aquel encuentro estuvo rodeado de polémica después de que varias asociaciones denunciaran que no habían sido invitadas y criticaran la falta de representación de los colectivos independientes. Miguel Ángel Hurtado fue una de las voces más críticas con la organización de aquella reunión y reclamó medidas concretas más allá de los gestos simbólicos.

Las asociaciones insisten en que la reparación económica y el reconocimiento institucional son compatibles con la necesidad de garantizar el acceso a la justicia. En este sentido, recuerdan que el Gobierno aprobó este año un sistema de compensación para víctimas de abusos en el ámbito eclesial, incluidos casos ya prescritos, pero consideran que estas medidas no sustituyen la reforma penal que reclaman.

Los colectivos esperan que la concentración ante el Congreso sirva para reactivar el debate parlamentario y acelerar una modificación legislativa que, a su juicio, evitaría que futuras víctimas se encuentren con las mismas barreras judiciales.

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¿En qué estado se encuentra la tramitación parlamentaria de la proposición de ley para ampliar los plazos de prescripción de delitos sexuales contra menores?

Estado de la proposición de ley sobre prescripción de delitos sexuales contra menores

Estado actual de la tramitación

La proposición de ley orgánica para modificar la prescripción de los delitos contra la libertad sexual cometidos contra menores se encuentra todavía en el Congreso de los Diputados y no ha llegado al Senado. Tras ser tomada en consideración por el Pleno el 12/11/2024, ya se ha cerrado el plazo de enmiendas y estas se han publicado en el Boletín de las Cortes. A día 16/06/2026 la iniciativa está en la fase previa a ponencia, es decir, pendiente de que la ponencia estudie las enmiendas y elabore su informe. No existe aún aprobación definitiva ni publicación en el BOE.

Identificación de la iniciativa

La iniciativa tiene la siguiente ficha básica en el Congreso:

Cámara: Congreso de los Diputados (Legislatura XV).
Tipo y número: 125/000007.
Título: Proposición de Ley Orgánica de modificación de la prescripción de los delitos contra la libertad sexual cometidos contra menores de edad.
Fecha de registro: 22/03/2024.

Según la información parlamentaria consultada, no hay en la actual Legislatura otra proposición con el mismo objeto, por lo que el debate sobre la ampliación de los plazos de prescripción de estos delitos se concentra en esta 125/000007.

Principales hitos en el Congreso

La tramitación ha seguido, hasta ahora, las siguientes fases:

1. Presentación y publicación del texto inicial
La proposición se registró el 22/03/2024 y su texto se publicó en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, Congreso, Serie B, núm. 95‑1, de 05/04/2024. En ese boletín aparece el articulado inicial propuesto para reformar el régimen de prescripción de los delitos sexuales contra menores.

2. Contestación del Gobierno y admisión
Consta una contestación del Gobierno de fecha 13/05/2024, y el 14/05/2024 la iniciativa queda formalmente admitida y pasa a la situación de “en espera de toma en consideración” por el Pleno del Congreso.

3. Toma en consideración en Pleno
El Pleno del Congreso debatió la toma en consideración el 12/11/2024. La votación arrojó el resultado siguiente: 305 votos a favor, 32 en contra y 1 abstención. Con este amplio respaldo, la proposición fue tomada en consideración, lo que permite continuar su tramitación ordinaria como proposición de ley orgánica de origen territorial (comunidades o ciudades autónomas).

Posteriormente, el Boletín Oficial de las Cortes Generales, Congreso, Serie B, núm. 95‑2, de 18/11/2024, recoge el trámite de toma en consideración. Aunque el Diario de Sesiones correspondiente al debate no aparece identificado en la base consultada, la votación de Pleno sí está formalmente registrada con los datos indicados.

Fase de enmiendas al articulado

Tras la toma en consideración, el Congreso acordó la tramitación y abrió plazo de enmiendas:

4. Acuerdo de tramitación y apertura de enmiendas
El acuerdo de tramitar la proposición y abrir el plazo de presentación de enmiendas al articulado se publicó en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, Congreso, Serie B, núm. 95‑3, de 22/11/2024. Inicialmente se fijó un plazo de enmiendas hasta el 11/12/2024, que fue prorrogado sucesivamente.

La documentación registra un total de 27 ampliaciones de plazo de enmiendas a lo largo de 2024 y 2025, lo que refleja una negociación larga entre los grupos parlamentarios sobre el contenido técnico y alcance de la reforma de la prescripción.

5. Cierre del plazo de enmiendas y publicación
El plazo de enmiendas se cerró finalmente el 25/02/2026. El 06/03/2026 se publicaron todas las enmiendas al articulado presentadas por los distintos grupos en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, Congreso, Serie B, núm. 95‑4. Ese boletín recoge número, autor y grupo de cada enmienda, y constituye la base de trabajo para la futura ponencia.

Situación procesal exacta a 16/06/2026

Con los datos disponibles, el estado actual de la proposición 125/000007 es el siguiente:

Cámara: continúa en el Congreso de los Diputados; aún no ha sido remitida al Senado.
Fase superada: toma en consideración en Pleno (12/11/2024) y fase de enmiendas al articulado (plazo cerrado y enmiendas publicadas el 06/03/2026).
Fase actual: en manos de la ponencia, pendiente de que esta se constituya o se reúna, estudie las enmiendas y redacte un informe de ponencia que será elevado a la comisión competente.
Situación general: no hay aún dictamen de comisión, ni debate de Pleno sobre el texto resultante, ni aprobación definitiva; por tanto, la reforma de la prescripción de estos delitos sexuales contra menores todavía no forma parte del ordenamiento vigente.

No se dispone de más información en las fuentes consultadas sobre el calendario previsto para la ponencia o sobre acuerdos políticos concretos en torno al contenido final de la proposición.

¿Cuáles son las competencias y trayectoria política de Félix Bolaños como ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes?

Competencias y perfil político de Félix Bolaños como ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes

Félix Bolaños García es actualmente ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes y una de las figuras centrales del Gobierno de España y del núcleo de La Moncloa. Su departamento ejerce un papel estratégico como bisagra entre el presidente, el Parlamento y el Poder Judicial, coordinando tanto la agenda legislativa como las grandes decisiones políticas. Desde este cargo, Bolaños combina su perfil jurídico-técnico con una intensa actividad de negociación parlamentaria y de dirección de la política de Justicia. Su trayectoria previa como secretario general de la Presidencia y dirigente del PSOE explica el peso político que ha acumulado en la XV Legislatura.

Competencias del Ministerio que dirige

El Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, configurado tras la formación del Gobierno de coalición de la XV Legislatura y desarrollado por el Real Decreto 204/2024, de 27 de febrero, concentra tres grandes bloques de funciones: apoyo a la Presidencia, relaciones con las Cortes y política de Justicia. Según la normativa y la práctica gubernamental reciente, le corresponde la preparación, desarrollo y seguimiento del programa legislativo del Gobierno, coordinando la calidad normativa y el calendario parlamentario. También presta apoyo inmediato al presidente, asiste al Consejo de Ministros y a las comisiones delegadas, y articula la coordinación interministerial en asuntos de especial relevancia constitucional.

En el ámbito de Relaciones con las Cortes, el ministerio canaliza la interlocución cotidiana entre el Ejecutivo y el Congreso y el Senado, gestionando la presencia de ministros en comisiones, debates y plenos. De este modo, Bolaños es el responsable político de asegurar la tramitación de proyectos y proposiciones de ley, así como de los reales decretos-ley, y de negociar con los grupos parlamentarios el apoyo a las principales iniciativas. En cuanto a Justicia, dirige la política del Gobierno en relación con la Administración de Justicia, el Consejo General del Poder Judicial, el Ministerio Fiscal y la cooperación jurídica internacional, y lidera la modernización tecnológica y organizativa del sistema judicial, por ejemplo a través de la Dirección General de Transformación Digital de la Administración de Justicia.

El ministerio asume, además, competencias en libertad religiosa y de culto, gestión de símbolos nacionales y funciones protocolarias como el ejercicio del cargo de notario mayor del Reino. Aunque en la legislatura anterior la memoria democrática figuraba de forma más explícita en su cartera, la reestructuración de noviembre de 2023 reordenó este ámbito, manteniéndose, no obstante, iniciativas de conmemoración histórica y cultural. Un ejemplo citado en la prensa es la participación del departamento en acuerdos conmemorativos, como los vinculados al bicentenario de Goya, recogidos por El Demócrata.

Funciones políticas concretas y relación con el Parlamento

En la práctica, Bolaños actúa como principal interlocutor del Gobierno con las Mesas y los grupos de Congreso y Senado. Desde su ministerio se coordinan comparecencias y se negocian apoyos puntuales o estables para las leyes clave de la legislatura. Por ejemplo, la prensa parlamentaria destaca su papel en la organización de comparecencias como las del ministro del Interior ante distintas comisiones, reseñadas por El Demócrata.

En el bloque de política legislativa, su departamento impulsa reformas estructurales de la Justicia, como la Ley de Eficiencia Judicial o la reforma del proceso penal mediante una nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal, orientada a reforzar el papel de la Fiscalía, tal y como recoge El Demócrata. También coordina el Plan Normativo del Gobierno, que prioriza iniciativas como la regulación de la inteligencia artificial o las transformaciones del servicio público de Justicia, según detalla El Demócrata.

Otra vertiente relevante es la cogobernanza con las comunidades autónomas en materia de Justicia. Bolaños preside y dinamiza la Conferencia Sectorial de Justicia, donde se abordan cuestiones como la implantación de los tribunales de instancia en todo el territorio, asunto tratado en El Demócrata. Desde esta posición impulsa la digitalización, la interoperabilidad de sistemas y acuerdos con actores como la Fundación ONCE para mejorar la accesibilidad al sistema judicial, línea recogida también en documentación oficial del BOE.

Trayectoria política y peso en el PSOE y en Moncloa

Antes de ser ministro, Félix Bolaños fue secretario general de la Presidencia del Gobierno entre 2018 y 2021, integrándose en el núcleo duro de Moncloa y participando en la coordinación diaria del Ejecutivo y la gestión de crisis institucionales. Paralelamente, dentro del PSOE ha ejercido responsabilidades orgánicas de relevancia, como secretario de la Comisión Federal de Ética y Garantías desde 2014, y forma parte de la dirección federal del partido, según la ficha del PSOE disponible en psoe.es.

Su perfil combina una sólida formación jurídica —es licenciado en Derecho por la Universidad Complutense y ha trabajado como abogado y letrado del Banco de España— con experiencia docente y de gestión en el ámbito jurídico, tal y como recogen la propia Moncloa, el Portal de Transparencia y fichas biográficas como la de Transparentia. Esta trayectoria le ha permitido especializarse en la negociación política compleja, el diseño institucional y la traducción de la agenda del presidente en iniciativas legislativas concretas.

Medios y análisis coinciden en señalar que, al concentrar en un solo departamento Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Bolaños se ha convertido en uno de los dirigentes más influyentes del entorno de Pedro Sánchez. Desde esa posición pilota operaciones políticas delicadas, defiende públicamente el Estado de derecho en asuntos sensibles —como en casos judiciales de fuerte impacto mediático, según recoge El Demócrata— y ejerce como pieza clave en la construcción y mantenimiento de las mayorías parlamentarias que sostienen al Gobierno.

Para ampliar información sobre su perfil y funciones puede consultarse, además, la ficha política recopilada en PoliticaElectoral.com, la entrada biográfica en Wikipedia y los materiales institucionales del Ministerio y de Moncloa disponibles en mpr.gob.es.

¿Qué requisitos legales se deben cumplir para modificar los artículos del Código Penal sobre la prescripción de delitos sexuales contra menores?

Reforma de la prescripción de delitos sexuales contra menores en el Código Penal

Respuesta sintética

Para modificar los artículos del Código Penal sobre la prescripción de delitos sexuales contra menores es imprescindible tramitar una reforma mediante ley orgánica en las Cortes Generales, con mayoría absoluta del Congreso en la votación final. Esa reforma puede llegar por iniciativa del Gobierno (proyecto de ley), de los grupos parlamentarios o cámaras (proposición de ley) y, solo en la medida en que no se invada el contenido propio de ley orgánica, mediante iniciativa legislativa popular. En todos los casos debe respetarse el procedimiento legislativo ordinario (admisión, enmiendas, comisión, pleno en Congreso y Senado) y los principios constitucionales penales: legalidad, seguridad jurídica e irretroactividad desfavorable. No se pueden introducir cambios que vulneren derechos fundamentales ni el marco constitucional de protección a la infancia y al reo.

1. Naturaleza de la reforma: ley orgánica del Código Penal

El Código Penal español tiene rango de ley orgánica, por lo que cualquier modificación de sus preceptos, incluidos los relativos a la prescripción de delitos sexuales contra menores, debe hacerse también mediante ley orgánica (art. 81 CE). Esto implica dos exigencias básicas:

En primer lugar, la competencia corresponde en exclusiva a las Cortes Generales; las comunidades autónomas no pueden modificar el Código Penal. En segundo lugar, la aprobación de la reforma requiere mayoría absoluta en el Congreso de los Diputados en la votación final sobre el conjunto del texto, con independencia de las mayorías parciales que puedan darse en otros momentos del procedimiento o en el Senado.

2. Tipos de iniciativa legislativa posibles

2.1. Proyecto de ley del Gobierno

El cauce más habitual para reformar el Código Penal es el proyecto de ley del Gobierno:

El texto se elabora internamente en el Ejecutivo y debe ser aprobado por el Consejo de Ministros. Una vez aprobado, se remite al Congreso de los Diputados como proyecto de ley. Desde ese momento se activa el procedimiento legislativo ordinario: toma en consideración (en su caso), presentación de enmiendas a la totalidad y al articulado, debate y dictamen en comisión, y posterior debate y votación en Pleno. Si el Congreso lo aprueba, el texto pasa al Senado, que puede enmendarlo o vetarlo, aunque el Congreso mantiene la última palabra. Al ser ley orgánica, la votación final en el Congreso exige mayoría absoluta.

2.2. Proposición de ley parlamentaria

La reforma también puede impulsarse mediante proposición de ley:

Pueden presentarla grupos parlamentarios o un número mínimo de diputados, así como el Senado o determinadas asambleas legislativas autonómicas. Se registra en la cámara correspondiente (habitualmente el Congreso) y se somete a toma en consideración. Si el Pleno la admite, sigue un trámite muy similar al del proyecto de ley: enmiendas, comisión, ponencia, dictamen y plenos en Congreso y Senado, con la misma exigencia de mayoría absoluta en la votación final al tratarse de una ley orgánica.

2.3. Iniciativa Legislativa Popular (ILP)

La ciudadanía puede participar a través de la iniciativa legislativa popular (ILP), siempre que se reúnan al menos 500.000 firmas válidas. La ILP se presenta al Congreso, que debe decidir su admisión a trámite y, en caso afirmativo, tramitarla como una proposición de ley más, con enmiendas, comisión y plenos.

No obstante, la ILP tiene limitaciones materiales: la Constitución excluye determinadas materias (como tributarias o internacionales) y, en la práctica, la regulación de la ILP restringe su uso en ámbitos estrictamente reservados a ley orgánica. Al afectar la prescripción penal al contenido esencial de la ley orgánica penal, la utilización de una ILP en este campo es jurídicamente delicada y requeriría que el Parlamento encaje su contenido en el marco de la ley orgánica, manteniendo la exigencia de mayoría absoluta.

3. Requisitos procedimentales básicos

Sea cual sea la iniciativa, la tramitación debe respetar:

El procedimiento legislativo ordinario previsto en la Constitución y en los reglamentos de Congreso y Senado: registro, calificación de la Mesa, admisión a trámite, posibles enmiendas a la totalidad, remisión a comisión, fase de ponencia, dictamen, debate y votación en Pleno, y posterior tramitación en la otra Cámara. La publicidad y transparencia del procedimiento, permitiendo el debate parlamentario y la participación mediante enmiendas, comparecencias de expertos en comisión, etc. La aprobación final como ley orgánica, con mayoría absoluta del Congreso sobre el conjunto del texto.

4. Límites materiales y control de constitucionalidad

La reforma de la prescripción de delitos sexuales contra menores debe respetar varios límites constitucionales:

En primer lugar, los derechos fundamentales y principios como la seguridad jurídica, el principio de legalidad penal (tipicidad, previsibilidad de las penas y plazos) y la irretroactividad desfavorable de las normas penales. Esto impide, por ejemplo, agravar con efectos retroactivos la situación de personas ya condenadas o cuyos delitos estén prescritos. En segundo lugar, debe armonizarse la mayor protección a la infancia y a las víctimas con el respeto al derecho de defensa y a un proceso con todas las garantías. Finalmente, la ley aprobada puede ser objeto de recurso de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional, que controla tanto el respeto de los límites materiales como el cumplimiento de las exigencias formales del procedimiento.

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¿Qué reclaman las asociaciones de víctimas de abusos sexuales en la Iglesia con su concentración ante el Congreso?

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