Bonoloto hoy: resultado del jueves 16 de julio, complementario y reintegro

Todos los números ganadores, premios y cómo comprobar tu apuesta del sorteo de la Bonoloto de este jueves

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La Bonoloto de este jueves 16 de julio de 2026 ya tiene combinación ganadora. Los números premiados han sido el 01 18 29 37 47 49.

El número complementario ha sido el 11 y el reintegro corresponde al 2.

Resultado de la Bonoloto del jueves 16 de julio

La combinación ganadora de la Bonoloto es la siguiente:

Números premiados: 01 18 29 37 47 49

Complementario: 11

Reintegro: 2

Los jugadores deben comprobar los seis números de su apuesta, el complementario y el reintegro.

No hay acertantes de primera categoría

El sorteo no ha dejado acertantes de seis números ni boletos con cinco aciertos más el complementario.

Los premios correspondientes se acumulan conforme a las reglas del juego, mientras que 76 boletos de tercera categoría han obtenido premio por cinco aciertos.

Cómo comprobar la Bonoloto

Para comprobar un boleto hay que comparar la combinación jugada con los seis números ganadores.

El complementario interviene en la categoría de cinco aciertos más complementario, mientras que el reintegro devuelve el importe correspondiente cuando coincide con el asignado al boleto.

La comprobación definitiva debe hacerse en Loterías y Apuestas del Estado o en una administración autorizada.

Qué premios reparte la Bonoloto

La primera categoría corresponde a quienes aciertan los seis números de la combinación ganadora.

También hay premios para cinco aciertos más complementario, cinco aciertos, cuatro aciertos, tres aciertos y reintegro.

La cuantía de cada categoría depende de la recaudación y del número de boletos acertantes.

Cuánto cuesta jugar a la Bonoloto

Cada apuesta cuesta 0,50 euros, aunque el boleto debe incluir al menos dos apuestas para ser válido.

Dónde cobrar un premio de la Bonoloto

Los premios menores pueden cobrarse en administraciones y puntos de venta autorizados.

Los premios mayores deben gestionarse conforme al procedimiento de Loterías y Apuestas del Estado.

Para reclamar cualquier cantidad hay que conservar el boleto original en buen estado.

Cuándo caducan los premios de la Bonoloto

Los premios de la Bonoloto caducan a los tres meses desde el día siguiente al sorteo.

Conviene comprobar el boleto y reclamar el premio antes de que termine el plazo.

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¿Cuál es el proceso de tramitación de premios mayores de la Bonoloto según la normativa de Loterías y Apuestas del Estado?

Según la normativa accesible en el Boletín Oficial del Estado, no aparece regulado de forma expresa y detallada el “proceso de tramitación de premios mayores de la Bonoloto” como tal, con umbrales cuantitativos y pasos operativos desgranados. Lo que sí se encuentra es el marco general de los juegos de titularidad estatal (en particular, la Ley 13/2011 de regulación del juego y la normativa sobre distribución de recaudación y premios) y los principios que rigen el pago de premios, la integridad de los sorteos y la prevención del fraude y del blanqueo de capitales. Sobre esa base, puede describirse un esquema general de tramitación, pero no fijar, con apoyo normativo expreso, un umbral concreto de “premio mayor” ni todos los detalles operativos internos de Loterías y Apuestas del Estado (SELAE).

1. Marco normativo general aplicable

La actividad de loterías de ámbito estatal (entre ellas la Bonoloto) está reservada a la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado por la Ley 13/2011, de regulación del juego. Esta norma establece que el juego debe explotarse bajo un estricto control público, atendiendo a:

  • Reserva de actividad de las loterías de ámbito estatal a SELAE y ONCE, como operadores sometidos a supervisión pública (Ley 13/2011).
  • Integridad y seguridad de los juegos, garantizando “el cálculo y el pago de premios” y el uso diligente de los fondos, así como mecanismos de prevención del fraude y del blanqueo de capitales, en coordinación con la Ley 10/2010 de prevención del blanqueo.
  • La obligación de los operadores de juego de asegurar la transparencia en sorteos y pagos, y de colaborar con las autoridades de control y supervisión.

En paralelo, para el conjunto de “apuestas deportivas del Estado y otros juegos gestionados por el Organismo Nacional de Loterías y Apuestas del Estado” (antecedente de SELAE), el Real Decreto 419/1991 regula la distribución de la recaudación y el porcentaje mínimo dedicado a premios, que, para los juegos de ámbito estatal, “no será inferior al 55 por ciento” de la recaudación, distribuido por la entidad entre las categorías de aciertos (Real Decreto 419/1991, modificado por Real Decreto 258/1998 y Real Decreto 403/2013). Este bloque normativo fija el “cómo se reparte el dinero” entre el Estado, el operador y los premios, pero no detalla el canal concreto de cobro de premios individuales.

2. Concepto de premio y principios de pago

A partir de la Ley 13/2011 se extraen varios principios relevantes para la tramitación de premios, también en la Bonoloto:

  • Los premios deben abonarse de forma que se garantice la identidad del ganador cuando exista riesgo de fraude o de blanqueo de capitales, en línea con las obligaciones de diligencia debida y reporte de operaciones sospechosas.
  • El operador ha de disponer de sistemas de control interno que aseguren la trazabilidad de las participaciones, la correcta determinación de los premios y la conservación de los registros necesarios para las comprobaciones posteriores.
  • La gestión responsable del juego incluye asegurar el cumplimiento de las obligaciones fiscales sobre los premios, de conformidad con la normativa tributaria general que grava determinadas ganancias de juego.

La Ley 13/2011, además, se coordina con las leyes de Presupuestos Generales del Estado, que son las que han ido fijando y modificando el régimen fiscal de los premios de lotería (por ejemplo, las Leyes de Presupuestos de 2012 y 2013, que se relacionan expresamente con la propia Ley 13/2011 en lo relativo a la tributación de premios: Ley 2/2012 y Ley 22/2013).

3. Tramitación típica de premios elevados (reconstrucción general)

Con la advertencia de que no se dispone en el BOE de un reglamento específico de la Bonoloto que detalle el circuito llamado “premios mayores”, el procedimiento que se desprende de la normativa general y de la lógica de control de SELAE puede resumirse así:

  • Validación del resguardo o apuesta: el boleto ganador debe ser validado en la red comercial autorizada (administración de loterías o punto receptor), conectada al sistema central de SELAE, que confirma la autenticidad del soporte, la correspondencia con el sorteo y la categoría de premio.
  • Diferenciación por canal de pago: aunque las normas consultadas no fijan el umbral numérico de “premio mayor”, la práctica regulatoria distingue entre premios cobrables directamente en el punto de venta y premios que exigen canal bancario o intervención directa de SELAE por su cuantía y por las cargas fiscales y de control que llevan asociadas.
  • Identificación del ganador: en los premios de mayor importe, la entidad colaboradora (normalmente, una sucursal bancaria concertada) debe identificar al beneficiario, recabando su documentación personal y los datos necesarios para cumplir la normativa de prevención de blanqueo de capitales y la comunicación fiscal del premio.
  • Controles antifraude y de blanqueo: conforme a los compromisos de la Ley 13/2011, SELAE y las entidades pagadoras deben analizar la operación, pudiendo realizar comunicaciones al Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales cuando detecten riesgos o indicios.
  • Pago del premio y retención fiscal: una vez superadas las verificaciones, el premio se abona normalmente mediante transferencia o abono en cuenta, practicando la retención del IRPF que resulte exigible según la normativa tributaria vigente en cada momento. El jugador percibe el importe neto, y la retención es ingresada por el pagador a la Agencia Tributaria.
  • Plazos de cobro: aunque no aparece en los extractos normativos analizados un plazo específico para la Bonoloto, es habitual que los reglamentos de juego fijen un periodo de prescripción para el ejercicio del derecho de cobro; transcurrido ese plazo, el derecho caduca y los importes no cobrados se integran en los fondos previstos en la normativa de distribución de recaudación y premios.

4. Límites de la información disponible

En la investigación sobre normativa estatal no se ha localizado una disposición específica que, con carácter reglamentario, defina en España qué cuantía concreta constituye un “premio mayor de la Bonoloto”, ni un artículo que detalle paso a paso la tramitación de esos premios dentro de SELAE. Es razonable pensar que una parte importante de ese procedimiento está recogida en normas internas del operador o en pliegos técnicos no publicados en el BOE. Por tanto, cualquier descripción más granular (umbrales exactos, listado cerrado de documentos exigidos, circuitos internos de validación) no puede afirmarse con base en las fuentes oficiales consultadas y caería fuera de lo que permite la información disponible.

¿En qué leyes de Presupuestos se ha ido modificando la tributación de los premios de lotería gestionados por SELAE? ¿Qué obligaciones concretas impone la Ley 13/2011 a SELAE en materia de prevención del blanqueo de capitales vinculada al pago de premios? ¿Cómo se distribuye, según el Real Decreto 419/1991 y sus modificaciones, el porcentaje de la recaudación destinado a premios en los distintos juegos de SELAE?

¿Cuáles son las funciones y competencias de Loterías y Apuestas del Estado en la gestión de sorteos en España?

La Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado (SELAE) es la empresa pública adscrita al Ministerio de Hacienda que tiene en exclusiva la gestión de las loterías de titularidad estatal en España. Sus funciones centrales son gestionar, explotar y comercializar estos juegos, organizar los sorteos, publicar los resultados oficiales y controlar el pago de premios. Además, fija las condiciones de funcionamiento de la red de administraciones, actúa como sujeto obligado en prevención de blanqueo y desarrolla políticas de juego responsable y acción social.

Marco legal y carácter de operador exclusivo

Según la información recogida por el periódico Demócrata, la Ley 13/2011 de regulación del juego reserva en exclusiva la explotación de las loterías de ámbito estatal a los operadores designados por el Estado, entre ellos SELAE. Esa reserva se menciona, por ejemplo, en diversas resoluciones sobre loterías en el BOE, [enlace], [enlace], [enlace] o [enlace].

Demócrata resume esta posición al explicar que “ningún otro operador privado puede organizar o vender este tipo de sorteos por su cuenta” y que SELAE es la empresa pública encargada de gestionar estos juegos, entre ellos Lotería Nacional, Lotería de Navidad, Lotería del Niño, La Primitiva, Bonoloto, Euromillones o La Quiniela (artículo sobre la protesta de los loteros).

Gestión integral de los juegos y de los sorteos

En la práctica, SELAE asume una gestión integral del ciclo del juego:

  • Diseño y regulación interna de los productos: define las reglas, categorías de premios y mecánicas de cada juego, en coordinación con el marco general de la Ley 13/2011 y su normativa de desarrollo. Sus memorias corporativas y de información no financiera, como la de 2024 (informe no financiero SELAE), detallan este rol.
  • Organización material de los sorteos: en juegos como la Bonoloto, Demócrata explica que “SELAE organiza el sorteo, publica los resultados oficiales y establece el reparto de premios conforme a las reglas de cada juego” (análisis de la Bonoloto).
  • Publicación de resultados oficiales: los artículos diarios de sorteos recuerdan que los resultados “deben verificarse en SELAE o en administraciones autorizadas” para juegos como Bonoloto, La Primitiva, EuroDreams o Lotería Nacional ([enlace Demócrata]).
  • Gestión de premios y control de pagos: una resolución de la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas sobre el ejercicio 2022 fiscaliza el “sistema de control aplicado en la gestión de premios” de SELAE y detalla recomendaciones para mejorar procedimientos, plazos y documentación de pagos (resolución sobre fiscalización de premios).

Red comercial y relación con las administraciones

SELAE gestiona una amplia red de más de 10.800 administraciones y puntos de venta, a los que fija comisiones, obligaciones y condiciones de funcionamiento. El artículo de Demócrata sobre la primera gran protesta del sector subraya que SELAE “fija las condiciones de funcionamiento de la red oficial de ventas y la relación comercial con las administraciones de lotería” (protesta de los loteros).

Además de la venta física, SELAE impulsa el canal online y debe coordinarlo con la red presencial. El Tribunal de Cuentas insta a “potenciar las ventas por su canal online y analizar la integración en sus sistemas de la información y el control de las plataformas online de los puntos de venta” ([enlace]), lo que muestra la responsabilidad de SELAE en asegurar que la comercialización telemática mantenga las garantías de identificación de participantes y control de riesgos.

Prevención de blanqueo y control de riesgos

SELAE está sujeta a la Ley 10/2010 de prevención del blanqueo de capitales como “sujeto obligado”, tal y como recogen sus referencias normativas internas (normativa aplicable de SELAE). La resolución parlamentaria citada exige reforzar:

  • La independencia y medios de la unidad de prevención de blanqueo.
  • Los sistemas informáticos para evaluar riesgos de fraude y su detección.
  • Los protocolos de comunicación al Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales.

También se pide a SELAE que regule internamente requisitos y prohibiciones de participación en todos los juegos, desarrollando la normativa general del juego ([enlace]).

Juego responsable y acción social

En el ámbito de juego responsable, SELAE declara que promueve un marco de “juego más seguro”, con especial protección a colectivos vulnerables (gestión responsable del juego) y desarrolla políticas específicas descritas en documentos como su memoria de juego responsable ([enlace]).

Sus beneficios se canalizan, en parte, hacia proyectos sociales. Demócrata ha informado de convenios como el firmado con la Asociación Española contra el Cáncer, por el que SELAE compromete 13,3 millones hasta 2029 (acuerdo con la AECC), o acuerdos similares con otras entidades del Tercer Sector, también reflejados en notas de prensa del Ministerio de Hacienda (convenio con Cáritas).

Posición institucional

Por último, SELAE es una sociedad mercantil estatal que depende del Ministerio de Hacienda y forma parte del sector público empresarial, según se desprende de su presentación institucional (perfil corporativo de SELAE, [enlace], información de la DGOJ, memoria 2010, memoria 2019). Desde ese papel, combina la explotación económica de las loterías del Estado con obligaciones reforzadas de transparencia, control de premios, prevención de blanqueo y retorno social de una parte relevante de sus recursos.

¿Qué diferencias legales hay entre los juegos que gestiona SELAE y los que organiza la ONCE u operadores privados de juego online? ¿Cómo controla SELAE el pago de los premios altos y qué cambios le ha pedido el Tribunal de Cuentas en ese sistema? ¿Qué impacto económico y social tiene cada año la Lotería de Navidad gestionada por SELAE en términos de recaudación y fondos destinados a fines sociales?

¿Qué requisitos legales debe cumplir un punto de venta para ser autorizado a vender boletos y pagar premios de la Bonoloto?

Para que un punto de venta pueda vender apuestas y pagar premios de la Bonoloto, no existe una “licencia libre”, sino que debe ser seleccionado en una convocatoria pública de SELAE y firmar un contrato mercantil específico. Los requisitos combinan condiciones jurídicas del titular, solvencia económica y fiscal, exigencias muy estrictas sobre el local (seguridad física y de efectivo) y obligaciones permanentes de colaboración con Hacienda y SELAE. Además, la actividad se rige por la Ley 13/2011, de regulación del juego, que reserva la comercialización de las loterías estatales a SELAE y su red autorizada, y por las instrucciones internas de contratación de SELAE.

Marco legal básico

Según la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego, las loterías de ámbito estatal están reservadas a la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado (SELAE): solo ella puede comercializarlas directamente o a través de su red de puntos de venta externos. Véase la ley en el BOE en este enlace. Normas previas como el Real Decreto 419/1991 y su desarrollo fueron en gran parte absorbidas o modificadas por esta Ley.

En paralelo, rigen las Instrucciones Generales de Contratación de SELAE, donde se fijan los criterios para seleccionar administraciones, despachos receptores y puntos mixtos (documento de referencia de 2012 disponible, por ejemplo, en este documento).

Condiciones jurídicas del titular

Las bases de convocatorias (por ejemplo, las de puntos mixtos de 2013, accesibles en estas bases) y la práctica actual exigen:

  • Capacidad de obrar y forma jurídica: persona física mayor de edad con plena capacidad o persona jurídica constituida en España (estatutos y registro mercantil).
  • Ausencia de antecedentes penales, especialmente por delitos económicos, y no estar inhabilitado para comerciar.
  • Incompatibilidades: no se permite ser titular, directa o indirectamente, de más de una administración de lotería ni ocupar determinados cargos públicos incompatibles. La prensa autonómica ha recordado incompatibilidades similares para cargos en entidades que gestionan monopolios públicos (por ejemplo, la pieza sobre procuradores e incompatibilidades en Castilla y León en Demócrata).
  • En caso de funcionarios, deben acreditar no incurrir en incompatibilidad administrativa.

Solvencia económica, fiscal y caución

Las guías sectoriales y las FAQs de asociaciones de loteros (por ejemplo, las de ANAPAL en este recurso y portales especializados como este o este despacho) resumen los requisitos habituales:

  • Estar al corriente de obligaciones con Hacienda y Seguridad Social (certificados negativos de deuda).
  • Acreditar solvencia económica y financiera según los umbrales fijados en cada convocatoria.
  • Abrir una cuenta bancaria única asociada a SELAE, donde se ingresan las ventas y se cargan automáticamente premios menores abonados, comisiones y retenciones fiscales.
  • Constituir una caución o seguro de caución a favor de SELAE, que garantiza el correcto ingreso de la recaudación (explicado en detalle en los materiales de ANAPAL ya citados).

Requisitos del local y seguridad

El local debe cumplir tanto la normativa de juego como la de seguridad privada. La propia SELAE explica de forma general el proceso en su guía “¿Cómo abro un punto de venta?” disponible en su web de ayuda (guía SELAE). A partir de las bases y la práctica reiterada, los puntos clave son:

  • Título posesorio válido (propiedad, usufructo o contrato de alquiler). Cuando es alquiler, suele exigirse una duración mínima en torno a 6 años.
  • Cumplir los criterios de ubicación y distancia respecto de otros puntos de venta (en la práctica, se habla de distancias mínimas orientativas, como 250 metros, que SELAE concreta en cada concurso).
  • Instalar medidas de seguridad física: cristal y mostrador blindado, caja fuerte, sistema de alarma, videovigilancia y obtener el certificado de seguridad privada expedido por la Policía Nacional.
  • Adecuar el establecimiento a la imagen corporativa (rótulos, distribución interna, terminales) y respetar la limitación de actividades: no se pueden vender determinadas loterías ajenas ni realizar otras actividades sin autorización escrita de SELAE.

Relación contractual y responsabilidad

Una vez adjudicado el punto en concurso, se firma un contrato mercantil de gestión con SELAE (estructura descrita en webs especializadas como esta). Sus rasgos esenciales son:

  • El titular actúa como gestor de un servicio público, con obligaciones de custodia de boletos, pago de premios menores y cumplimiento estricto de los protocolos de SELAE.
  • Es obligatorio contratar determinados seguros: al menos el de caución frente a SELAE y, cuando hay empleados, el de accidentes de trabajadores; a menudo se recomienda un multirriesgo adicional.
  • En materia de premios, las noticias de Demócrata recuerdan que los premios inferiores a 2.000 euros de Bonoloto se pagan en administraciones y puntos de venta autorizados, mientras que los iguales o superiores se cobran en entidades financieras colaboradoras de SELAE (por ejemplo, se recoge así en esta crónica sobre Bonoloto).
  • El punto de venta debe colaborar con la Agencia Tributaria en la identificación de ganadores, retenciones y trazabilidad de premios, en línea con las obligaciones de información previstas en la Ley 13/2011.

Procedimiento: convocatorias y ausencia de “ventanilla permanente”

Ni la ley ni la práctica de SELAE prevén una solicitud continua. La propia compañía indica que los nuevos puntos de venta se abren a través de convocatorias públicas publicadas en su web corporativa y en el “perfil del contratante” (guía SELAE). Cada convocatoria fija:

  • Zonas geográficas y tipo de punto (administración, despacho receptor o mixto).
  • Plazos, documentación y criterios de baremación (méritos del local, experiencia comercial, etc.).
  • Requisitos concretos de solvencia, seguridad y adaptación del establecimiento.

Si no hay concurso abierto, no es posible obtener la autorización; y, cuando lo hay, rigen exclusivamente las bases publicadas para esa convocatoria. Por tanto, cualquier proyecto de abrir un punto de venta de Bonoloto debe comenzar por revisar la web de SELAE y la normativa de juego, y, si procede, apoyarse en la documentación técnica disponible (por ejemplo, las bases de convocatoria de puntos mixtos ya citadas o guías divulgativas como esta explicación sobre Bonoloto).

Otros recursos útiles

Además de las normas generales, pueden resultar de interés las FAQs de ANAPAL (FAQ ANAPAL), la información jurídica recopilada por asociaciones sectoriales (boletín de Fenamix) y los análisis de traspasos y compraventas de administraciones (Hedilla Abogados, Traspaso de Loterías), siempre teniendo presente que las bases de cada concurso de SELAE son la referencia final y prevalente.

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