Los loteros se rebelan contra SELAE: la primera protesta de su historia reclama más comisiones y frenar el control de la venta online

Las administraciones de lotería se concentran este 9 de julio frente a la sede de Loterías y Apuestas del Estado para exigir una actualización de sus comisiones, una regulación de la comercialización digital y la apertura de una negociación con Hacienda, tras más de dos décadas denunciando la pérdida de rentabilidad

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Imagen de archivo de gente comprando lotería | EuropaPress

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La red de administraciones de lotería vive este jueves una jornada inédita. Por primera vez en sus más de dos siglos de historia, representantes del sector se concentran ante la sede de la Sociedad Estatal de Loterías y Apuestas del Estado (SELAE), en Madrid, para denunciar el deterioro económico de sus negocios y reclamar cambios que, aseguran, son imprescindibles para garantizar la viabilidad de miles de establecimientos repartidos por toda España. La movilización coincide, además, con la presentación oficial del décimo de la Lotería de Navidad, el producto más importante del año para el organismo público y para las propias administraciones.

Las asociaciones convocantes —ANAPAL, DEDIT y Loteros en Lucha— sostienen que llevan años intentando abrir una negociación con SELAE sin obtener respuestas satisfactorias. Denuncian que las comisiones permanecen prácticamente congeladas desde hace más de veinte años, mientras los costes de explotación de los negocios —alquileres, suministros, salarios, cotizaciones sociales o impuestos— no han dejado de aumentar.

Según sus cálculos, esta situación ha reducido la rentabilidad del sector en torno a un 60 %. Hasta ahora, afirman, el diálogo con la empresa pública no ha dado lugar a una revisión del modelo económico ni a compromisos concretos para modificar las condiciones que denuncian.

Comisiones congeladas desde hace más de dos décadas

La principal reivindicación del colectivo pasa por actualizar las comisiones que perciben por la venta de los productos de SELAE. Los loteros recuerdan que el precio del décimo de la Lotería de Navidad continúa fijado en 20 euros desde la llegada del euro en 2002 y que su remuneración apenas ha variado durante ese periodo.

Uno de los ejemplos que más critican es el margen aplicado a la Lotería de Navidad. Mientras otros sorteos generan una comisión del 6 %, en el caso del sorteo extraordinario de diciembre la remuneración se sitúa en el 4,5 %, pese a tratarse del producto que exige una mayor carga de trabajo y organización. Las asociaciones consideran que esa diferencia carece de justificación y reclaman equiparar ambas comisiones.

¿Cómo está regulada la venta de loterías en España?

¿Cómo está regulada la venta de loterías en España?

La comercialización de las loterías de ámbito estatal está sometida a un régimen jurídico específico. La Ley 13/2011, de Regulación del Juego, reserva en exclusiva la explotación de estas loterías a los operadores designados por el Estado. Ningún otro operador privado puede organizar o vender este tipo de sorteos por su cuenta.

¿Qué es SELAE ?

La Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado (SELAE) es la empresa pública adscrita al Ministerio de Hacienda encargada de gestionar, explotar y comercializar las loterías de titularidad estatal en España, entre ellas la Lotería Nacional, la Lotería de Navidad, la Lotería del Niño, La Primitiva, Bonoloto, Euromillones o La Quiniela. Como operador público, también fija las condiciones de funcionamiento de la red oficial de ventas y la relación comercial con las administraciones de lotería.

El conflicto por la venta online agrava el enfrentamiento

La protesta no responde únicamente a una cuestión económica. El otro gran foco del conflicto es el futuro de la comercialización digital de la lotería.

Las asociaciones denuncian que SELAE pretende centralizar la venta online mediante una plataforma propia, lo que, a su juicio, limitaría la actividad comercial de las administraciones y pondría en riesgo las inversiones realizadas durante los últimos años para desarrollar canales digitales propios.

El sector sostiene que perder ese mercado supondría una reducción muy importante de sus ingresos y reclama una regulación específica que garantice que las administraciones puedan seguir comercializando los productos oficiales también a través de internet, bajo los controles legales correspondientes.

Más de 10.800 puntos de venta pendientes de una negociación

Las organizaciones convocantes aseguran representar a una red formada por más de 10.800 administraciones y puntos de venta repartidos por toda España, de los que dependen alrededor de 18.000 empleos directos. Según explican, muchas administraciones son pequeños negocios familiares cuya continuidad resulta cada vez más difícil por el incremento continuado de los costes y la ausencia de cambios en su modelo retributivo.

Las asociaciones solicitan la apertura de una mesa de diálogo con SELAE y con el Ministerio de Hacienda para abordar una reforma del sistema de comisiones, garantizar la independencia de la red comercial en el ámbito digital y asegurar la sostenibilidad futura del modelo de administraciones de lotería. Hasta la fecha, la empresa pública no ha anunciado la aceptación de estas reivindicaciones ni una revisión inmediata de las condiciones económicas reclamadas por el sector.

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¿Qué trámites parlamentarios serían necesarios para modificar el régimen de comisiones de las administraciones de lotería?

Para modificar el régimen de comisiones de las administraciones de lotería sería necesario, en términos generales, aprobar una ley que reforme la normativa vigente que regula esa actividad (o la ley que ampare el contrato o concesión correspondiente). Esa reforma puede iniciarse como proyecto de ley (si la impulsa el Gobierno) o como proposición de ley (si la impulsan las Cortes). El texto debe tramitarse en el Congreso y en el Senado siguiendo el procedimiento legislativo ordinario: admisión, debate de totalidad, trabajo en comisión con enmiendas, dictamen, plenos en ambas cámaras y, finalmente, sanción real y publicación en el BOE. Si el Gobierno quisiera una modificación urgente, podría acudir a un real decreto‑ley, que requiere convalidación posterior del Congreso.

1. Inicio: quién puede proponer la reforma

Modificar el régimen económico y de comisiones de una actividad regulada por el Estado (como la red de administraciones de lotería) implica reformar una ley ya vigente. Según la información disponible sobre reforma legislativa, esta puede iniciarse de dos formas:

  • Proyecto de ley: lo presenta el Gobierno. Es la vía más habitual cuando se trata de políticas económicas y de gestión de servicios estatales.
  • Proposición de ley: la presentan grupos parlamentarios del Congreso o el Senado, Asambleas legislativas autonómicas o, en determinados casos, una iniciativa legislativa popular.

En ambos supuestos, la finalidad sería modificar artículos concretos de la ley reguladora (por ejemplo, los que fijan el porcentaje de comisión, su estructura o las condiciones de retribución de las administraciones).

2. Tramitación en el Congreso de los Diputados

2.1. Admisión, publicación y debate de totalidad
  • La Mesa del Congreso califica la iniciativa y decide su admisión a trámite en una de sus reuniones ordinarias.
  • Si se admite, se publica en el Boletín del Congreso y se abre un plazo (habitualmente de unos 15 días, prorrogable) para:
    • Solicitar la toma en consideración (si es proposición de ley), o
    • Presentar enmiendas a la totalidad (si es proyecto de ley), que pueden incluir textos alternativos.
  • Se celebra el debate de totalidad en Pleno, donde se decide si la Cámara sigue tramitando la reforma o la rechaza.
2.2. Trabajo en Comisión y dictamen

Si la iniciativa supera la totalidad, se remite a la comisión parlamentaria competente (normalmente la comisión sectorial que cubra Hacienda, Presupuestos o Juego, según cómo esté distribuida la materia).

  • Se abre un nuevo plazo (suele ser de unos 15 días, prorrogable) para presentar enmiendas al articulado.
  • La comisión estudia el texto en detalle, debate y vota las enmiendas. Las comisiones son el órgano donde, según la información disponible, se realiza el análisis técnico y especializado de las leyes.
  • Tras ello, la comisión aprueba un dictamen, que es el texto revisado con las modificaciones aceptadas.
2.3. Pleno del Congreso y envío al Senado
  • El dictamen pasa al Pleno del Congreso, donde se debaten las enmiendas mantenidas y se vota el texto final.
  • Una vez aprobado, el proyecto de reforma de la ley de loterías (o equivalente) se remite al Senado.

3. Tramitación en el Senado

En el Senado se repite, de forma más abreviada, la estructura básica:

  • Admisión, publicación y apertura de plazo (de nuevo, en torno a 15 días) para enmiendas o para proponer un veto al texto.
  • Estudio en la comisión correspondiente, debate de las enmiendas y aprobación de un dictamen.
  • Debate y votación en el Pleno del Senado, que puede:
    • Aprobar el texto sin cambios.
    • Aprobar enmiendas.
    • Aprobar un veto (rechazo global) al proyecto.

Si el Senado introduce enmiendas o aprueba un veto, el texto vuelve al Congreso, que tiene la última palabra: puede levantar el veto por mayoría absoluta o rechazar o aceptar las enmiendas.

4. Aprobación definitiva, sanción y publicación

Una vez que ambas cámaras han aprobado el mismo texto, la ley de reforma se remite al Rey para su sanción y promulgación en un plazo máximo de 15 días. Después se publica en el Boletín Oficial del Estado y entra en vigor en la fecha que indique la propia ley (o, en defecto de previsión, a los 20 días de su publicación). Desde ese momento, queda modificado el régimen de comisiones de las administraciones de lotería conforme al nuevo articulado.

5. Alternativa de urgencia: real decreto-ley

Si el Gobierno considerase que existe una extraordinaria y urgente necesidad de modificar el régimen económico de las administraciones de lotería (por ejemplo, ante una crisis abrupta del sector), podría aprobar un real decreto‑ley. Este instrumento entra en vigor de forma inmediata tras su publicación en el BOE, pero debe ser convalidado por el Congreso en el plazo máximo de 30 días.

En ese debate de convalidación, el Congreso puede:

  • Convalidar el real decreto‑ley (manteniéndolo en vigor).
  • Derogarlo.
  • Acordar su tramitación como proyecto de ley por el procedimiento de urgencia, abriendo entonces el ciclo completo de enmiendas, comisión y Senado, pero partiendo del texto ya aplicado.

En todo caso, tanto por vía de ley ordinaria como de real decreto‑ley convalidado y, si procede, tramitado como proyecto, la clave es que la modificación del régimen de comisiones se articula como una reforma legislativa de la norma estatal que regula la actividad de loterías.

¿Qué comisión parlamentaria concreta sería competente para tramitar una reforma del régimen económico de las administraciones de lotería? ¿Cuánto tiempo suele tardar, en la práctica, una reforma de este tipo desde que se presenta hasta que entra en vigor? ¿Qué ventajas e inconvenientes tendría usar un real decreto‑ley para cambiar de forma urgente las comisiones de las administraciones de lotería?

¿Cuáles son las competencias del Ministerio de Hacienda en la regulación y supervisión de SELAE?

El Ministerio de Hacienda ejerce sobre la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado (SELAE) una doble función: por un lado, es el ministerio de adscripción y accionista único que tutela su estrategia, su gobernanza y su control económico‑financiero; por otro, es el responsable de la regulación fiscal y de buena parte de los mecanismos de prevención del fraude y del blanqueo vinculados a los juegos que explota SELAE. La regulación sectorial del juego está hoy principalmente en la Ley 13/2011 y en la Dirección General de Ordenación del Juego (Consumo), pero el diseño institucional sitúa a SELAE dentro del “Grupo Patrimonio” bajo la órbita de Hacienda y sometida a su supervisión. Normas como el Real Decreto‑ley 13/2010, la Ley 39/2010 de PGE 2011 y la Ley 13/2011 de regulación del juego, junto con la normativa presupuestaria y fiscal, fijan estas competencias.

Marco de creación y adscripción de SELAE

La transformación de la antigua entidad pública empresarial en sociedad mercantil estatal se articula a través del Real Decreto‑ley 13/2010, que crea la “Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado, adscrita al Ministerio de Economía y Hacienda” y le aporta la rama de actividad de juegos estatales, con todos sus activos, pasivos y títulos habilitantes, manteniendo la gestión exclusiva de los juegos de titularidad estatal (RDL 13/2010 y desarrollo en la Ley 39/2010).

Desde entonces, y según recoge expresamente la web corporativa de SELAE, la sociedad está adscrita al Ministerio de Hacienda e integrada en el Grupo Patrimonio que coordina la Dirección General del Patrimonio del Estado, que actúa como tenedora de la participación estatal y responsable de la evaluación y control de eficacia de las sociedades estatales (régimen jurídico y funciones de SELAE). Las notas de prensa recientes de Hacienda y de Moncloa reiteran esta adscripción cuando presentan a SELAE como “sociedad estatal adscrita al Ministerio de Hacienda” en la firma de convenios con Cáritas, AECC o Cruz Roja (convenio con Cáritas, convenio con AECC, convenio con Cruz Roja, nota sobre Cáritas, nota sobre AECC).

Tutela accionarial y de gobernanza

Como sociedad mercantil estatal, SELAE se rige por el derecho privado y por el marco general de las sociedades estatales (Ley 40/2015 y Ley 33/2003), pero el accionista único es el Estado, a través del Ministerio de Hacienda. De acuerdo con las funciones del ministerio descritas en el portal de transparencia (funciones del Ministerio de Hacienda) y con el propio “régimen jurídico y funciones” de SELAE, esto implica:

  • Definir, vía Consejo de Ministros a propuesta de Hacienda, los estatutos sociales, el objeto social y los grandes fines públicos de la entidad.
  • Nombrar y cesar al presidente y al consejo de administración de SELAE, así como validar sus planes estratégicos y de inversión.
  • Ejercer la tutela administrativa y la dirección estratégica, evaluando resultados y eficacia de la gestión y exigiendo rendición de cuentas.

Regulación y supervisión del juego

La Ley 13/2011, de regulación del juego, reserva en exclusiva las loterías de ámbito estatal a SELAE y a la ONCE y establece que “la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado continuará sometida a un régimen de control público de su actividad” (Ley 13/2011). Esta misma ley atribuye al entonces titular del Ministerio de Economía y Hacienda la facultad de:

  • Autorizar excepcionalmente loterías benéficas gestionadas por entidades sin ánimo de lucro.
  • Fijar, mediante norma reglamentaria, el régimen de tasas y su liquidación en el sector del juego, competencia ejercida por Hacienda.

Tras la creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia y el traslado de la Dirección General de Ordenación del Juego al ámbito de Consumo, la regulación de mercado y el control sancionador del juego se concentran en ese ministerio, pero SELAE sigue sujeta al control público reforzado previsto en la Ley 13/2011 y a la supervisión económico‑financiera de Hacienda.

Control económico‑financiero y fiscalidad

En materia presupuestaria y contable, SELAE se somete a la Ley General Presupuestaria y al control de la Intervención General y del Tribunal de Cuentas, bajo la órbita del Ministerio de Hacienda. La Resolución de 8 de mayo de 2025 de la Comisión Mixta Congreso‑Senado sobre el informe de fiscalización de los premios de SELAE en 2022 insta a la sociedad a reforzar procedimientos internos de control de premios y a mejorar la documentación y comunicación al Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales (resolución de fiscalización 2022).

En el plano tributario, Hacienda diseña y aplica la fiscalidad de los premios de loterías estatales. Órdenes como la Orden HAP/70/2013 (modelos 230 y 136) y la Orden HAP/2368/2013 (modelo 270) regulan las autoliquidaciones y resúmenes anuales del gravamen especial sobre premios de determinadas loterías y apuestas, que SELAE debe practicar y declarar. La Ley 11/2021, de lucha contra el fraude fiscal, refuerza esta colaboración imponiendo a SELAE el suministro periódico de información detallada a la Agencia Tributaria sobre los premios abonados (Ley 11/2021), aspecto recogido también por el periódico Demócrata al explicar que desde 2023 SELAE remite mensualmente esos datos a la AEAT (artículo de Demócrata).

Orientación de la función social de SELAE

Finalmente, Hacienda utiliza su posición de accionista y su control sobre el presupuesto de SELAE para orientar la función social de la lotería pública. Los convenios recientes con Cáritas, Cruz Roja y la Asociación Española contra el Cáncer, firmados por el ministro Arcadi España junto al presidente de SELAE, canalizan más de 87 millones de euros entre 2026 y 2029 a programas sociales y de investigación, alineados con la Agenda 2030 y los ODS (Cáritas, Cruz Roja, AECC). Esa capacidad de definir prioridades y aprobar convenios de largo plazo es una pieza más de la tutela del Ministerio de Hacienda sobre SELAE.

¿Cómo se reparten hoy las competencias sobre el juego entre Hacienda, Consumo y otros organismos como la CNMC o la DGOJ? ¿Qué cambios introdujo exactamente la Ley 11/2021 en la colaboración entre SELAE y la Agencia Tributaria? ¿Qué recomendaciones concretas hizo el Tribunal de Cuentas sobre el control de premios de SELAE en el informe del ejercicio 2022?

¿Qué diferencias existen entre la regulación de la venta de loterías en España y en otros países europeos?

En España la venta de loterías estatales está fuertemente centralizada en un monopolio público (SELAE y ONCE) y en una red cerrada de administraciones autorizadas, con régimen de concesión y una regulación muy estricta del juego online. En buena parte de Europa (Francia, Italia, Reino Unido, Alemania) el modelo es más flexible: predomina la concesión a operadores y la coexistencia de múltiples canales físicos (estancos, kioscos, supermercados) y digitales. A la vez, todos los países comparten una agenda de refuerzo del juego responsable y de controles sobre el juego online.

España: monopolio legal y red cerrada

La Ley 13/2011, de regulación del juego, reserva de forma expresa las loterías de ámbito estatal a los operadores designados por la propia ley, que son la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado (SELAE) y la ONCE. Esta reserva se recoge en el preámbulo y en el artículo 4 y disposiciones adicionales, que establecen un régimen de control público estricto sobre la explotación y comercialización de las loterías de ámbito estatal, incluida su venta por canales electrónicos (Ley 13/2011).

En paralelo, resoluciones recientes sobre la “lotería instantánea de boletos de la ONCE” reiteran que, conforme al artículo 4 de esa Ley 13/2011, las loterías estatales “han quedado reservadas a los operadores que se designan por la propia ley”, designando a la ONCE como uno de los dos únicos operadores autorizados (resolución 6‑10‑2025; 30‑4‑2025; 17‑6‑2025; 16‑7‑2025; 14‑6‑2024; 16‑7‑2024).

Esto se traduce en que:

  • Operadores: solo SELAE y ONCE pueden explotar loterías estatales.
  • Canales físicos: venta a través de administraciones de lotería y puntos de la ONCE, sin apertura generalizada a estancos, supermercados o kioscos.
  • Canal online: SELAE y ONCE tienen sus portales oficiales; la venta online por parte de las administraciones es objeto de controversia y petición de regulación específica por parte del sector (reclamaciones del sector).

Las licencias de administraciones se otorgan por concurso o por transmisión onerosa, con requisitos elevados de solvencia (aval o garantía significativa) y adaptación estricta a la imagen corporativa de SELAE, según describen guías sectoriales (requisitos de administración).

Juego online y juego responsable en España

La Ley 13/2011 establece un régimen de licencias estatales para operadores de juego online (casas de apuestas, casinos, etc.), distintos de SELAE y ONCE, y un sistema sancionador que la Dirección General de Ordenación del Juego aplica de forma activa. Demócrata ha recogido sanciones millonarias a operadores por infracciones graves y muy graves del artículo 40 de la ley (sanciones a operadores online).

En materia de juego responsable, España ha desarrollado reglamentos específicos: comunicaciones comerciales y publicidad (Real Decreto 958/2020), un algoritmo y obligaciones reforzadas de detección precoz de juego problemático (algoritmo de juego problemático) y, más recientemente, un Real Decreto que fija un límite conjunto de depósitos por jugador en todo el juego online con licencia (nuevo límite de depósitos). Además, se refuerzan los mensajes de advertencia sanitaria y los controles de acceso, especialmente de menores (protección de menores).

Francia: derechos exclusivos, pero en red amplia

En Francia, la privatización parcial de Française des Jeux (FDJ) en 2019 se acompañó de la concesión de derechos exclusivos por 25 años para operar las loterías en línea y fuera de línea y las apuestas deportivas offline. La Comisión Europea ha validado este esquema al considerar adecuada la remuneración pagada al Estado francés (nota de la Comisión; resumen autonómico).

Sin embargo, a diferencia de España, la red de venta es mucho más abierta: los productos de FDJ se distribuyen a través de estancos y otros puntos minoristas autorizados, además de plataformas online oficiales. El monopolio se concentra en la operación de la lotería, no tanto en el tipo de establecimiento que puede venderla.

Italia, Reino Unido y Alemania: concesiones y competencia regulada

Las fuentes comparativas utilizadas en la investigación describen que:

  • Italia opera con un sistema de concesiones: el Estado mantiene la titularidad, pero empresas como Lottomatica o Sisal explotan las loterías y otros juegos bajo concesión, con amplia red en tabaccherie, bares y supermercados, y fuerte desarrollo online, supervisado por la Agenzia delle Dogane e dei Monopoli.
  • Reino Unido funciona con un modelo de competencia regulada: la UK Gambling Commission otorga licencias a operadores, incluida la National Lottery, y permite una oferta amplia en retail (kioscos, estancos, supermercados, correos) y online/apps, con estrictas obligaciones de verificación de identidad, límites de depósito y mecanismos de autoexclusión.
  • Alemania organiza las loterías a través de los Länder, con concesiones públicas que pueden ser gestionadas por empresas estatales o mixtas y venta en estancos y puntos de “Lotto”; el juego online está sometido a licencias estatales específicas y a un sistema federal de autoexclusión.

En todos estos casos, el énfasis regulatorio está menos en el monopolio estatal absoluto y más en el control de licencias, supervisión y juego responsable. La Comunicación de la Comisión Europea sobre juegos de azar online y resoluciones posteriores impulsan precisamente ese marco común de control (resolución sobre investigación de apuestas).

Diferencias clave

  • Estructura de mercado: España mantiene una reserva legal muy cerrada (SELAE/ONCE), mientras que Francia, Italia, Reino Unido y Alemania combinan derechos exclusivos o concesiones con más pluralidad de operadores y redes de venta.
  • Canales de venta: en España predominan administraciones especializadas; en otros países europeos es habitual la venta en estancos, kioscos, bares y supermercados.
  • Online: todos permiten venta online, pero España combina el monopolio de loterías con un mercado de apuestas/casino liberalizado bajo licencias; Reino Unido y otros tienden a un modelo más general de competencia regulada.
  • Juego responsable: en los cinco países hay prohibición a menores, sistemas de autoexclusión y límites de gasto, pero España destaca por la reciente introducción del límite conjunto de depósitos y por el uso de algoritmos de detección temprana.

En síntesis, España se sitúa en el extremo de mayor reserva pública y protección corporativa de la red de loterías, mientras que el resto de grandes países europeos se mueven hacia esquemas más abiertos, siempre bajo un refuerzo creciente de las garantías de salud pública y protección del consumidor.

Para más detalle sectorial puede consultarse la normativa específica de SELAE y la recopilación de legislación en materia de juego (normativa de SELAE; compendio de legislación; normativa de Lotería Nacional; información del Ministerio de Hacienda; análisis de derogaciones; doctrina jurídica).

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¿Cuál es la comisión que reciben los loteros por la venta de décimos de la Lotería de Navidad?

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¿Qué pretende SELAE respecto a la venta online de lotería, según denuncian las asociaciones de loteros?

Pregunta 2 de 3

¿Cuántos puntos de venta y empleos directos aseguran representar las asociaciones convocantes de la protesta?

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