Asociaciones de jueces acatan el aval del TJUE a la amnistía pero subrayan que persisten dudas jurídicas

AJFV, FJI y JJpD acatan el aval del TJUE a la amnistía, pero advierten de que persisten dudas sobre su encaje constitucional y su aplicación caso a caso.

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Puñetas durante el acto de toma posesión de la nueva auditor presidenta del Tribunal Militar Central, ante el Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), a 21 de marzo de 2025, en Madrid (España). Eduardo Parra - Europa Press

Puñetas durante el acto de toma posesión de la nueva auditor presidenta del Tribunal Militar Central, ante el Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), a 21 de marzo de 2025, en Madrid (España). Eduardo Parra - Europa Press

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La Asociación Judicial Francisco de Vitoria (AJFV) y Foro Judicial Independiente (FJI) han expresado su acatamiento a la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que respalda la ley de amnistía, aunque han remarcado que el pronunciamiento se ha limitado a los aspectos vinculados con el terrorismo y la protección de los intereses financieros de la UE, dejando fuera otras cuestiones controvertidas.

Ambas asociaciones han reaccionado a las dos resoluciones dictadas este jueves por el TJUE: una, en respuesta al Tribunal de Cuentas sobre la responsabilidad contable del expresidente catalán Carles Puigdemont y otros implicados por el uso de fondos públicos en la financiación del 'procés'; y otra, a una cuestión de la Audiencia Nacional relativa al delito de terrorismo en la causa contra integrantes de los Comités de Defensa de la República (CDR).

En un comunicado, AJFV subraya que la resolución “no avala una aplicación automática ni incondicionada de la amnistía” y recuerda que el TJUE precisa que la ley de amnistía “no supone la inaplicación del Código Penal ni la extinción 'ex lege' de la responsabilidad penal”.

Según la asociación, la norma actúa como “un impedimento para el enjuiciamiento que debe ser constatado en cada caso concreto por los órganos judiciales competentes”.

“En consecuencia, los actos que hayan causado de forma intencionada graves violaciones de derechos humanos siguen quedando excluidos de la amnistía y plenamente sujetos a enjuiciamiento”, insiste AJFV.

La asociación también recalca que el TJUE “se ha pronunciado exclusivamente sobre los artículos 20 y 21 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, concluyendo que los delitos cometidos en el contexto del proceso independentista catalán y los cometidos en otro contexto no constituyen, a esos efectos, situaciones comparables”.

No obstante, advierte de que esta conclusión “no resuelve la cuestión distinta de si la amnistía introduce un trato desigual entre españoles contrario al artículo 14 de la Constitución Española”, punto sobre el que AJFV mantiene “sus reservas”.

Recorrido en el Tribunal Constitucional y papel de los jueces

En relación con la tramitación de la ley ante el Tribunal Constitucional, que aún debe resolver recursos de amparo de dirigentes del 'procés', AJFV recuerda que el órgano de garantías “en ningún caso puede actuar como una instancia de casación del Tribunal Supremo”, ni sustituir su “criterio en la interpretación y aplicación del derecho penal ordinario en cuestiones como las suscitadas por la Ley de Amnistía”.

La asociación remarca que “la decisión del TJUE no determina su aplicación automática en procesos concretos y respecto de hechos determinados, pues la aplicación efectiva de la ley corresponde a los jueces y tribunales ordinarios, mediante resoluciones motivadas e individualizadas, y con pleno respeto a la legalidad penal, procesal y europea, que es lo que corresponde a un Estado de derecho como el de España”.

El presidente de Foro Judicial Independiente, Roberto García Ceniceros, ha señalado a Europa Press que el fallo “entra dentro de la dinámica de la normalidad de las instituciones”.

Al mismo tiempo, ha remarcado que “el núcleo de esta sentencia es la afectación o no a la directiva de terrorismo y a los intereses presupuestarios de la Unión Europea”.

Ha recordado, además, que las “principales objeciones” planteadas por FJI a la ley de amnistía “se centraban en la vulneración de la Constitución --independencia judicial, autoamnistía, etc.--, aspectos en que esta sentencia no entra, y que ya fueron resueltos en buena medida por el TC”, en una resolución cuya argumentación la asociación no comparte, pero que “lógicamente” deben “asumir y acatar”.

JJpD valora que el TJUE despeja dudas sobre el derecho europeo

El portavoz de Juezas y Jueces para la Democracia (JJpD), Edmundo Rodríguez, ha indicado a esta agencia que el pronunciamiento del TJUE “aclara que el derecho europeo no se vio afectado por la ley de amnistía”.

Asimismo, sostiene que el TJUE “desmiente a todos aquellos que sostenían que su aprobación y aplicación supondría el fin del Estado de derecho”.

“Por el contrario, sus consideraciones evidencian que la finalidad para la que se aprobó, con amplio respaldo de la representación de la soberanía popular, persiguiendo la normalización institucional, es conforme a derecho y no contradice el acervo jurídico de la Unión Europea”, ha manifestado.

Todo ello, según Rodríguez, “la plena constitucionalidad de la norma y el respeto de la misma al derecho de la UE”.

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