El Tribunal Supremo ha confirmado la pena de 22 años de prisión impuesta a la mujer que el 27 de febrero de 2023 acabó con la vida de la presidenta de la comunidad de propietarios de su bloque, cuyo cadáver quemó y abandonó posteriormente en una escombrera de Toledo.
Así se recoge en una sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press, en la que la Sala de lo Penal rechaza íntegramente el recurso de casación presentado por la penada contra el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM). Esta resolución había ratificado una condena de 20 años de cárcel por un delito de asesinato, un año y nueve meses por un delito de falsedad en documento mercantil y cuatro meses por un delito de profanación de cadáver.
La defensa sostuvo en su recurso que la mujer fue condenada “sin prueba directa de la muerte ni acreditación suficiente del dolo homicida” y apoyada, según recoge la resolución, en “una serie de indicios que no reúnen los requisitos exigidos” para “desvirtuar la presunción de inocencia”. Los magistrados del Supremo descartan estos argumentos y avalan la valoración probatoria de las instancias anteriores.
Durante la vista oral, la acusada declaró que la víctima se habría caído en su vivienda y se golpeó en la cabeza, admitiendo que la soltó cuando intentó incorporarla al ver que se le llenaban las manos de sangre, y que después quemó el cuerpo dentro de la misma maleta con la que lo trasladó hasta su localidad en la provincia de Toledo.
En el procedimiento, el fiscal interesó una pena de 13 años de prisión por un delito de homicidio y profanación de cadáver, mientras que la acusación particular ejercida por la familia de la fallecida elevó la petición hasta los 28 años al entender que se trataba de un asesinato por su carácter premeditado.
Respecto a lo ocurrido el día de los hechos, la condenada explicó que llegó a su piso sobre las diez de la mañana para terminar la mudanza y que había quedado con la presidenta de la comunidad para tratar el asunto de los impagos. “Venía detrás mío y en un momento se cayó dentro del baño y se dio contra el suelo. La quise levantar pero las manos se me llenaron de sangre y la solté y se volvió a golpear. No sé qué me pasó”, relató ante el tribunal.
Después, introdujo el cuerpo en una maleta y bajó a comprar lejía por la gran cantidad de sangre, señalando que no llamó a los servicios de emergencia porque no sabía cómo explicar lo sucedido. También reconoció que prendió fuego al cadáver dentro de la maleta porque no quería verlo.
En la prueba pericial psicológica, las forenses descartaron que la acusada presentara algún trastorno mental o de personalidad, y la describieron como una persona “controlada, hostil, fría, distante, egocéntrica e intransigente”. Estos informes reforzaron la tesis de la acusación sobre la intencionalidad del crimen y la posterior ocultación del cuerpo.