El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha respaldado este jueves el derecho de una ciudadana marroquí a seguir viviendo en Países Bajos con su hijo menor y su marido, ambos con nacionalidad neerlandesa, para poder continuar conviviendo con el niño, aunque la madre disponga de un permiso de residencia en España.
El origen del litigio se sitúa en 2021, cuando las autoridades neerlandesas rechazaron concederle un permiso de residencia a la mujer —que reside en Países Bajos desde 2014, año en que contrajo matrimonio allí, y fue madre en 2015— al entender que ya gozaba de derecho de residencia en territorio español, ordenándole que se trasladara sin demora a España y sosteniendo que el menor podía acompañarla.
La mujer impugnó esa decisión ante el Tribunal de primera instancia de La Haya, que aprecia una relación de dependencia entre la madre y su hijo menor y, ante las dudas sobre la correcta aplicación del Derecho de la UE, elevó una cuestión prejudicial al TJUE para que resolviera el conflicto.
En su fallo, el Tribunal de Justicia enfatiza la necesidad de salvaguardar la vida familiar que el niño mantiene en la actualidad en Países Bajos, donde reside junto a sus dos progenitores, de quienes depende; y advierte, además, del riesgo de que el menor quede separado de su padre si este no lograra un derecho de residencia en España en caso de que la madre retornara a ese país con el niño.
El Alto Tribunal europeo indica igualmente que deberá reconocerse el derecho de residencia en Países Bajos a la madre si se concluye que el desplazamiento a España vulnera el interés superior del menor.
En consecuencia, la sentencia pone de relieve que la negativa a conceder ese permiso de residencia dañaría la unidad familiar y privaría al niño de la posibilidad de la que ha disfrutado desde su nacimiento: mantener de forma periódica relaciones personales y contactos directos con su padre y con su madre.