La jueza del siniestro de Adamuz ordena a la Guardia Civil identificar a los mantenedores de los trenes para analizar las cajas negras

La jueza del caso Adamuz ordena identificar a los mantenedores de los trenes Alvia e Iryo para un análisis conjunto y riguroso de las cajas negras.

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Caja negra del tren Iryo siniestrado en Adamuz en el momento de extraerla por el mantenedor del vagón. GUARDIA CIVIL

Caja negra del tren Iryo siniestrado en Adamuz en el momento de extraerla por el mantenedor del vagón. GUARDIA CIVIL

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La titular del Juzgado de la plaza número 2 del Tribunal de Instancia de Montoro (Córdoba), responsable de la investigación del accidente ferroviario de Adamuz en el que fallecieron 46 personas y más de 120 resultaron heridas la tarde del domingo 18 de enero, ha requerido a la Unidad Orgánica de Policía Judicial (UOPJ) de la Guardia Civil que, "a la mayor brevedad", informe e identifique a los mantenedores de los trenes Alvia e Iryo implicados —agentes, empresas, técnicos y/o trabajadores— que "han de concurrir en unidad de acto para llevar a cabo el análisis interpretativo de los datos obtenidos de los registradores jurídicos de los trenes siniestrados".

La petición se recoge en una providencia a la que ha tenido acceso Europa Press, dictada tras un escrito presentado por la empresa responsable de las cajas negras, en respuesta a un requerimiento previo. En dicho escrito se traslada al juzgado que "el análisis interpretativo y el informe técnico destinado a explicar lo sucedido deben de realizarse por el fabricante/integrador y el mantenedor de cada una de las dos unidades de tren implicadas".

La mercantil de los registradores jurídicos remitió ese documento después de que el juzgado le solicitara que precisara "si el perito designado para la instalación de la licencia o software posee los conocimientos necesarios para la interpretación y sincronización de los datos contenidos en los registradores jurídicos de los trenes Iryo y Alvia y, en caso contrario, indicar qué actores resultan necesarios para la práctica de la diligencia en unidad de acto".

En su respuesta, la empresa formula el escrito "con ánimo de máxima colaboración con la investigación judicial y con el propósito de delimitar, de forma clara y comprensible para personal jurídico no necesariamente técnico, el alcance de la colaboración que puede prestar la empresa como fabricante del registrador jurídico, así como los límites técnicos naturales de dicha colaboración respecto de un análisis interpretativo, operativo o causal de los datos registrados".

La compañía recuerda que es "el fabricante y proveedor tecnológico de los sistemas de registro instalados en las unidades afectadas" y que, por ello, dispone del "conocimiento específico sobre el registrador jurídico, sus herramientas de software y el modo en que los datos pueden ser cargados y representados gráficamente para facilitar su consulta técnica".

En una propuesta remitida con anterioridad, la firma ofreció soporte técnico especializado para cargar los ficheros, comprobar que la información se visualiza correctamente y asistir a los usuarios autorizados en la identificación de señales, eventos, parámetros y su significado funcional en el sistema de registro, pero "dicha propuesta excluía expresamente cualquier análisis interpretativo, pericial o conclusivo de los datos, así como la determinación de causas, factores contribuyentes o responsabilidades del accidente".

El papel del perito y de los distintos intervinientes

Respecto a las capacidades del perito designado para la instalación de la licencia o software, la empresa señala que "debe distinguirse entre la instalación, configuración o uso básico de una licencia o herramienta de software, y la interpretación técnica-operativa de los datos contenidos en los registradores jurídicos".

Así, detalla que "un perito o técnico designado para la instalación de la licencia o software puede disponer de conocimientos suficientes para instalar la herramienta, abrir los ficheros, visualizar gráficas, ordenar señales y consultar eventos, siempre que reciba el soporte técnico necesario del fabricante del registrador".

Sin embargo, puntualiza que "esa no equivale, por sí sola, a disponer de los conocimientos necesarios para interpretar de forma completa y causal los datos registrados por los trenes Iryo y Alvia", de manera que "la interpretación y sincronización materialmente útil de los datos, entendida como correlación de señales y eventos para explicar el comportamiento de las unidades ferroviarias y las circunstancias del accidente, requiere la intervención de los actores que conocen la arquitectura, configuración, lógica funcional, operación y mantenimiento de cada tren".

Por este motivo, la compañía considera imprescindible que la diligencia se lleve a cabo "con rigor técnico y para evitar que la visualización de datos sea confundida con una interpretación causal completa". Para ello, estima necesario que participen, como mínimo, la propia empresa como fabricante del registrador jurídico, el fabricante o integrador de cada una de las unidades, el mantenedor de los trenes, el operador ferroviario y los peritos judiciales.

En concreto, se señala que la empresa debe encargarse de facilitar la carga de los registros, su visualización, la identificación de señales y la explicación técnica del sistema de registro, mientras que el fabricante o integrador de cada tren aportaría el conocimiento sobre la arquitectura global del vehículo, las interfaces entre subsistemas y la lógica funcional.

Por su parte, el mantenedor de cada unidad, cuya identificación reclama ahora el juzgado a la Guardia Civil, aportaría el historial de mantenimiento, la configuración real, las intervenciones realizadas y el estado material de los trenes; el operador ferroviario contribuiría con el contexto operativo, los procedimientos de explotación y las condiciones de servicio, y los peritos designados por el órgano judicial integrarían toda la información para emitir las conclusiones que procedan.

En esta línea, la empresa precisa que "el informe interpretativo destinado a explicar qué sucedió en el tren mediante la correlación de señales y eventos debería ser elaborado por el fabricante/integrador del tren y por el mantenedor de cada una de las unidades implicadas, con el auxilio de la empresa únicamente en lo relativo al correcto acceso, visualización y comprensión técnica de los registros desde la perspectiva del registrador jurídico".

Alcance de la colaboración de la empresa de las cajas negras

La compañía insiste en "su plena disposición a colaborar con el órgano judicial dentro de su ámbito de competencia técnica como fabricante del registrador jurídico". En ese marco, puede "facilitar la carga y visualización de los datos, explicar el funcionamiento del sistema de registro, identificar las señales disponibles y configurar vistas o cronologías que permitan una consulta estructurada de la información almacenada".

No obstante, remarca que "la interpretación de los datos para determinar el comportamiento global de las unidades ferroviarias, reconstruir la secuencia causal del accidente, valorar la normalidad o anormalidad de la interacción entre subsistemas y emitir conclusiones sobre causas raíz, factores contribuyentes o responsabilidades no corresponde al fabricante del registrador jurídico" y que "dicha interpretación exige un conocimiento completo del tren como sistema integrado, de su configuración real, de su historial de mantenimiento y de su operación".

En consecuencia, la empresa de las cajas negras mantiene que "el análisis interpretativo y el informe técnico destinado a explicar lo sucedido deben ser realizados por el fabricante/integrador y por el mantenedor de cada una de las dos unidades de tren implicadas". Su papel debería limitarse a actuar como "facilitador técnico del acceso, carga, visualización y comprensión funcional de los registros, pero no como responsable del análisis causal o interpretativo del accidente".

A su juicio, "esta delimitación protege la fiabilidad técnica de la diligencia, evita atribuir a cada actor conocimientos o responsabilidades que no le corresponden y permite que el órgano judicial reciba una interpretación fundada por quienes están en mejor posición técnica para correlacionar los datos registrados con el comportamiento integral de las unidades ferroviarias".

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