Nueve meses de cárcel por lesionar a un celador en el centro de salud de Bonares (Huelva)

Un hombre es condenado a nueve meses de cárcel por agredir y lesionar a un celador en el centro de salud de Bonares, mientras el trabajador queda absuelto.

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Puerta de la Audiencia Provincial de Huelva. EUROPA PRESS

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La Sección Primera de lo Penal de Huelva ha impuesto una pena de nueve meses de prisión a un hombre que agredió a un celador del centro de salud de Bonares (Huelva), al que llegó a provocarle una luxación en el hombro cuando le reclamaba una receta de medicamentos. El trabajador sanitario ha quedado absuelto del delito leve de lesiones que se le atribuía, al considerar el tribunal que actuó en legítima defensa después de rozar de forma leve el labio del usuario con un cigarrillo encendido mientras intentaba apartarlo.

Según detalla la resolución judicial, a la que ha tenido acceso Europa Press, los hechos se produjeron sobre las 21.00 horas del 28 de abril de 2026, cuando el acusado acudió al centro sanitario solicitando una prescripción médica. Ante la negativa del celador, que explicó que no se trataba de “una urgencia vital” y que el paciente “aún disponía de medicación”, el hombre reaccionó de manera violenta y lanzó expresiones “gravemente intimidatorias”.

Más tarde, el celador salió al exterior del edificio para fumar y el agresor fue tras él. Al coincidir ambos en la puerta del centro, el trabajador intentó apartarlo para protegerse y, de forma accidental, le produjo una pequeña quemadura en el labio con el cigarrillo.

La sentencia recoge que, acto seguido, el condenado le sujetó “fuertemente de la muñeca y le retorció el brazo hacia atrás de forma violenta, provocándole una luxación en el hombro por tracción forzada que requirió atención médica de urgencia, reducción e inmovilización con cabestrillo”.

El fallo declara la absolución del celador al apreciar la eximente completa de legítima defensa, descartando “cualquier ánimo de menoscabar la integridad física del usuario” y subrayando que su declaración fue “claro, contundente y persistente”, respaldada por “la ausencia de ánimo espúreo”.

En cuanto al agresor, el juzgado le condena a seis meses de prisión como autor penalmente responsable de un delito de atentado, dado que en España agredir, amenazar o intimidar gravemente a un profesional sanitario en el ejercicio de sus funciones se considera un atentado contra la autoridad y puede acarrear penas de hasta cuatro años de cárcel, además de sanciones económicas. A ello se suman otros tres meses de prisión por un delito de lesiones.

En ambas condenas se ha tenido en cuenta la circunstancia atenuante de drogadicción, al quedar probado que el acusado seguía un tratamiento de deshabituación que afectó a su capacidad de obrar en el momento de los hechos.

La resolución también rechaza suspender la ejecución de la pena de prisión y deja en suspenso la determinación exacta de la indemnización por las lesiones sufridas por el celador hasta que obtenga el alta médica definitiva. Finalmente, el juzgado declara las costas procesales de oficio y pospone la cuantificación definitiva de la compensación económica a favor del trabajador sanitario hasta que concluya su recuperación.