El exministro de Justicia y expresidente de la Comunidad de Madrid, Alberto Ruiz-Gallardón, ha asegurado que la adquisición de la compañía colombiana Inassa por parte del Canal de Isabel II contó con informes “favorables” y ha insistido en que no supuso “absolutamente” ningún perjuicio ni para el organismo público ni para la Comunidad de Madrid.
Ruiz-Gallardón ha realizado estas manifestaciones este martes durante su comparecencia como testigo en el primer juicio del 'caso Lezo', centrado en la compra de Inassa por el Canal de Isabel II en 2001, cuando él ocupaba la Presidencia regional.
Ante las preguntas de la Fiscalía, ha indicado que en aquel momento no conocía en detalle el plan de expansión de la empresa pública de aguas, aunque sí era consciente de que “había un propósito de expansión que venía de cinco años antes, cuando todavía gobernaba el presidente Joaquín Leguina”.
Ha precisado que tuvo constancia de la operación a través de las noticias publicadas en prensa pocos días antes de que se celebrara el Consejo de Gobierno en el que se dio luz verde a la compra de la sociedad colombiana.
Detalles del acuerdo y papel de Canal Extensia
El expresidente madrileño ha explicado que el acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno se estructuraba en tres apartados: “El primer punto era la autorización de la constitución de la sociedad Canal Extensia. El segundo punto era la autorización a esta sociedad para la adquisición de unos activos, que son los activos que se buscaba gestionar, que era el 75% por ciento de Inassa. Y el tercer acuerdo era una autorización de endeudamiento para poder realizar esa operación”.
La Fiscalía definió en su escrito de acusación a Canal Extensia como “una sociedad vehículo de nueva creación” destinada a ejecutar la compra. Sobre este extremo, Ruiz-Gallardón ha defendido que “en el tráfico mercantil, la adquisición de activos a través de vehículos es algo absolutamente usual”.
En la misma línea, ha subrayado que los informes de legalidad emitidos sobre la operación fueron “favorables” y recogían que “no había objeción alguna para realizar la operación”, por lo que interpretó que, si quienes elaboraron esos dictámenes “tuvieron acceso a esa información y vieron que la adquisición de los activos, en lugar de por adquisición directa, se hacía a través de un vehículo, no le dieron ningún tipo de trascendencia jurídica”.
Impacto de la operación en el servicio del Canal
Durante el interrogatorio, la abogada de uno de los procesados le ha planteado si “se vio alterado el día a día del Canal de Isabel II como consecuencia de la compra de Inassa” o si se produjo algún “perjuicio para los ciudadanos de Madrid”.
“Absolutamente ninguno”, ha respondido de forma tajante Ruiz-Gallardón, para remarcar a continuación que el Canal de Isabel II “ha seguido prestando con la eficiencia de siempre un servicio que, por otro lado, ha sido modélico”.