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Tribunales

El Supremo publica la sentencia del caso del fiscal general por la que se condena a García Ortiz a dos años de inhabilitación

Se condena a García Ortiz por revelación de datos reservados por la filtración del correo del abogado de González Amador y por la nota informativa de Fiscalía. Considera probado que fue el entonces fiscal general, o una persona de su entorno y con su conocimiento, quien filtró el mensaje

DemócrataporDemócrata
09/12/2025 - 12:59 - Actualizado: 09/12/2025 - 15:00
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Archivo - El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz.Álex Cámara - Europa Press - Archivo

Archivo - El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz.Álex Cámara - Europa Press - Archivo

El Tribunal Supremo ha hecho pública este martes la sentencia en la que resuelve la causa especial contra el Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz, por revelación de secretos y por la nota informativa de Fiscalía en relación con el procedimiento abierto a Alberto González Amador, y de la que se conocía el fallo por el que García Ortiz era condenado a dos años de inhabilitación, lo cual provocó su dimisión.

La resolución, dictada por la Sala de lo Penal y con ponencia del magistrado Andrés Martínez Arrieta, analiza los hechos ocurridos entre febrero y marzo de 2024, entre ellos la difusión a medios de comunicación del contenido de un correo enviado por la defensa de González Amador y la publicación posterior de una nota informativa elaborada desde la Fiscalía General del Estado.

El tribunal detalla la secuencia completa de actuaciones, desde la recepción de varias querellas acumuladas, la instrucción de la causa, el desarrollo del juicio oral en noviembre de 2025 y las posiciones mantenidas por las acusaciones —particular y populares—, el Ministerio Fiscal y la defensa, ejercida por la Abogacía del Estado.

Hechos probados

La sentencia expone los hechos que declara probados, entre ellos la transmisión del correo del 2 de febrero de 2024 a un periodista, así como la difusión anticipada de la nota informativa que la Fiscalía tenía previsto publicar el 14 de marzo. Según el fallo, aquellos elementos fueron determinantes para analizar la existencia de divulgación de datos reservados incluidos en diligencias de investigación.

El documento incorpora además los votos particulares de dos magistradas de la Sala y dedica un amplio bloque a las cuestiones previas planteadas por la defensa, relativas al secreto de las actuaciones, la validez de las diligencias de investigación y el alcance de las pruebas incorporadas al procedimiento.

Con la publicación de esta resolución, el Supremo cierra una causa que había suscitado un intenso seguimiento institucional y político, al afectar al máximo responsable del Ministerio Fiscal y derivar de un procedimiento penal aún en tramitación en un juzgado de Madrid contra González Amador.

Consideraciones

El Supremo considera probado que fue el entonces fiscal general, o una persona de su entorno y con su conocimiento, quien filtró el correo del abogado de González Amador a la Cadena SER. Respecto a la nota informativa, que recogía la propuesta de conformidad de González Amador con reconocimiento de dos delitos, subrayan que el propio acusado admitió su intervención en la misma.

En la sentencia, el tribunal recuerda que el fiscal general del Estado no puede responder a una noticia falsa mediante la comisión de un delito y destaca que sobre él pesaba un reforzado deber de reserva que quebrantó sin justificación.

La Sala no cuestiona la credibilidad de los periodistas ni la veracidad de sus testimonios expuestos durante el juicio, pero afirma que el que un dato reservado sea conocido no neutraliza el deber de confidencialidad del fiscal general. La sentencia destaca el exquisito respeto del tribunal al secreto profesional de los periodistas durante el desarrollo del juicio.

Por otra parte, el voto particular de las dos magistradas contrarias a la sentencia propugna la absolución de García Ortiz por no considerar probado que filtró el correo y no ver delito en la difusión de la nota informativa.

El PSOE responde

El PSOE ha reaccionado a la sentencia asegurando que la “respeta”, “como corresponde en un Estado de Derecho”. En consecuencia, acatan el fallo, mas “no lo compartimos”.

“Nos preocupa que la sentencia se haya publicado más de dos semanas después de conocerse el fallo, lo que ha contribuido a la incertidumbre”, denuncian fuentes de la formación.

Los socialistas también destacan que junto a la sentencia se ha publicado un voto particular de dos juezas que señalan que “no describe ni cómo, ni dónde, ni a través de qué medios” habría tenido lugar la supuesta “intervención directa” del Fiscal General o su “conocimiento y colaboración con un tercero”.

“Conviene recordar el origen de este caso. No nace de ninguna conspiración, ni de ninguna trama política; nace de un presunto fraude fiscal confesado por el novio de Isabel Díaz Ayuso. Todo parte de una no-declaración a Hacienda, un hecho objetivo y reconocido”, abundan las mismas fuentes, que además, reconoce la labor de García Ortiz y agradecen su servicio público y su defensa de los principios que sostienen la democracia.

Etiquetas: garcía ortizSentenciasupremo

Comentarios 1

  1. Mónica Di Nubila says:
    hace 1 hora

    El tribunal supremo no puede sentirse orgulloso de su actuación. Quien me asegura que los «fundamentos» que ahora se publican no fueron influidos por el aluvión de artículos publicados en prensa de autores con solvencia en la materia?
    Las risas y chascarrillos completaron el paisaje.

    Responder

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