El Congreso aprueba definitivamente la reforma que permitirá disolver asociaciones franquistas

El PSOE se ha apoyado en sus socios habituales para rechazar las enmiendas introducidas por el PP en el Senado, que pretendían actuar por la vía penal contra asociaciones proetarras

Vista general del hemiciclo, durante una sesión plenaria extraordinaria, en el Congreso de los Diputados | FERNANDO SÁNCHEZ (EUROPA PRESS).

Vista general del hemiciclo, durante una sesión plenaria extraordinaria, en el Congreso de los Diputados | FERNANDO SÁNCHEZ (EUROPA PRESS).

El Congreso de los Diputados ha dado luz verde definitiva a la reforma impulsada por el PSOE que permitirá disolver asociaciones franquistas tales como la Fundación Nacional Francisco Franco. Los socialistas se han apoyado en sus socios habituales para rechazar las enmiendas del Senado con las que el Partido Popular pretendía reescribir la iniciativa para que se actúe por la vía penal contra las organizaciones que promuevan sistemas políticos o ideologías que subviertan el orden democrático, que sean totalitarios o que enarbolen valores incompatibles con la libertad o la igualdad, con mención expresa para las proetarras.

Los 170 votos a favor de mantener las enmiendas de la Cámara Alta que han cosechado PP, Vox y UPN han sucumbido ante los 176 de PSOE, Sumar, ERC, Junts, EH Bildu, PNV, Podemos, BNG y CC; de manera que la Proposición de Ley de reforma del Derecho de Asociación será publicada en el BOE.

Al BOE

La proposición de ley que impulsó el PSOE establece que, con independencia de los fines y actividades sociales recogidos en los estatutos, así como de su inscripción registral, será causa de disolución de las asociaciones la realización de actividades que constituyan apología del franquismo, bien ensalzando el golpe de Estado de 1936 o la dictadura posterior o bien enalteciendo a sus dirigentes, cuando concurra menosprecio y humillación de la dignidad de las víctimas del golpe de Estado, de la guerra de España, o del franquismo.

La extinción se ejecutaría mediante resolución judicial. En los procesos abiertos, el órgano judicial competente, de oficio o a instancia de parte, podría acordar la suspensión provisional de la asociación hasta que se dicte sentencia firme. Correspondería al Ministerio Fiscal el ejercicio de la acción en este tipo de procesos.

Durante la ponencia se incorporó que el propio Ministerio Fiscal valorará el ejercicio de la acción penal de disolución por delitos relativos al ejercicio de derechos fundamentales, especialmente en lo relativo al delito de asociación ilícita, cuando concurran los supuestos de incitación al odio o a la violencia descritos en el primer apartado.

De igual forma, se reconoce legitimación activa en esta materia a las asociaciones, entidades o personas jurídicas que tengan como fines la defensa de la memoria democrática y de las víctimas del golpe de Estado de 1936 y de la dictadura.

Los socialistas argumentan que la iniciativa es el resultado de la aplicación de la Ley de Memoria Democrática, ya que insta a hacer frente a las organizaciones que difundan discursos de incitación al odio y a la violencia en espacios públicos. Entre las medidas que recoge dicha normativa figura la Disposición adicional séptima, que precisamente, daba un plazo de un año —desde la entrada en vigor de la ley— para que el Gobierno modificara la Ley de Derecho de Asociación para justificar la disolución de este tipo de organizaciones.

Si bien el artículo 22 de la Constitución proclama en amplios términos el derecho de asociación, el Grupo Socialista entiende que el proceso de Memoria impulsado mediante la ley del 2022 limita a las asociaciones, pues estas no pueden ser ajenas a los “procesos memorialistas”.

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