El Constitucional estudiará la decisión del Supremo de no amnistiar a Puigdemont por la malversación del ‘procés’

Admite a trámite los recursos de amparo del expresidente catalán y de los exconsejeros Comín y Puig por su “especial trascendencia constitucional”

El presidente de Junts per Catalunya, Carles Puigdemont.Jasper Jacobs / Europa Press

El Tribunal Constitucional (TC) ha decidido admitir a trámite el recurso de amparo presentado por Carles Puigdemont contra la decisión del Tribunal Supremo (TS) de no aplicarle la amnistía por el delito de malversación en el marco del procés.

El Pleno del tribunal de garantías, reunido este martes, ha tomado la misma decisión respecto a los recursos de los exconsejeros Antoni Comín y Lluís Puig, también encausados por el referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017.

Según ha explicado el propio TC, las tres solicitudes se admiten por considerar que el asunto plantea una cuestión de “especial trascendencia constitucional”, dado que “trasciende del caso concreto y pudiera tener consecuencias políticas generales”.

División interna en el TC

La admisión se ha aprobado con los votos en contra de los magistrados conservadores Ricardo Enríquez, Enrique Arnaldo, Concepción Espejel y José María Macías, quienes ya habían mostrado su oposición en anteriores deliberaciones relacionadas con la aplicación de la ley de amnistía.

El debate estaba inicialmente previsto para el Pleno anterior, pero se retrasó tras las recusaciones presentadas contra varios magistrados —entre ellos el presidente del tribunal, Cándido Conde-Pumpido—, que fueron rechazadas por unanimidad.

Con esta resolución, el Constitucional ya ha admitido todos los recursos de amparo presentados por los líderes independentistas contra la negativa del Supremo a aplicarles la amnistía. Entre ellos figuran los de Oriol Junqueras, Raül Romeva, Dolors Bassa y Jordi Turull.

Las medidas cautelares, en vías de rechazo

El TC aún debe resolver las medidas cautelares solicitadas por los recurrentes. En el caso de Puigdemont y Comín, pidieron que se revocaran las órdenes nacionales de detención, mientras que Junqueras y los demás condenados solicitaron el levantamiento de sus inhabilitaciones.

El Pleno ha determinado que no concurre una “urgencia excepcional” que justifique la tramitación cautelarísima —sin audiencia de las partes—, por lo que las peticiones se tramitarán como cautelares ordinarias, abriendo para ello piezas separadas.

Fuentes jurídicas consultadas por Europa Press señalan que, aunque este tipo de solicitudes son habituales, rara vez prosperan, y preven su rechazo tanto en la fase de medidas como en las futuras sentencias.

El lfuturo de la amnistía, en manos del Constitucional

Las decisiones finales del TC sobre estos recursos serán clave para el futuro judicial y político de los líderes del procés. El tribunal deberá pronunciarse sobre si el Supremo actuó correctamente al entender que los hechos de malversación no eran amnistiables, por encajar en las excepciones previstas por la propia ley: “enriquecimiento personal o beneficio patrimonial” y afectación a los intereses económicos y financieros de la UE.

Se espera que el Constitucional entre de lleno en el análisis de fondo de la malversación y la aplicación de la ley de amnistía en los próximos meses, después de emitir esta semana una primera sentencia sobre el recurso de inconstitucionalidad presentado por las Cortes de Aragón.

El fallo sobre Puigdemont y Junqueras marcará así un nuevo capítulo en la interpretación judicial de la ley de amnistía, aprobada por el Gobierno y el Parlamento el pasado mes de junio y ya validada por el propio TC con algunos matices menores.

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