El Consejo de Ministros, en su reunión de este martes, ha aprobado en primera vuelta el Anteproyecto de Ley de las personas en formación práctica no laboral, comúnmente conocido como Estatuto del Becario.
Su propósito es establecer el régimen jurídico de las actividades formativas de carácter práctico en la empresa, mediante la delimitación de las relaciones laborales reguladas en el Estatuto de los Trabajadores.
También pretende mejorar la accesibilidad al mercado laboral de las personas jóvenes, evitando el uso fraudulento de estas prácticas como sustitutivas de relaciones laborales; así como desarrollar los derechos y deberes de las personas en formación práctica no laboral, así como garantizar su cumplimiento mediante la atribución de competencias a la ITSS y un régimen sancionador específico.
El contenido comprende:
- Las garantías de esta modalidad de formación práctica, dirigidas a evitar los falsos becarios.
- La obligatoriedad y el contenido mínimo de los acuerdos o convenios de cooperación y de los planes formativos individuales.
- La determinación de los periodos que pueden realizarse en la empresa, en las instituciones o en organismos públicos o privados al amparo de un acuerdo o convenio de cooperación.
- El reconocimiento a derechos como la inclusión en el sistema de Seguridad Social, la compensación de gastos, el descanso y los servicios del centro de trabajo ofrecidos a los trabajadores.
- El derecho de información de los representantes de los trabajadores.
- El incentivo al acceso al empleo, de modo que su contratación dará derecho a bonificaciones y a ayudas dirigidas a compensar los costes de tutorización.
El Ejecutivo también ha dado el visto bueno al Anteproyecto de Ley por el que se modifican los criterios de tamaño de las empresas a efectos de información financiera. Su objetivo es transponer la Directiva Delegada (UE) 2023/2775 de la Comisión por la que se modifica otra Directiva en lo que respecta al ajuste de los criterios de tamaño de las empresas o grupos de tamaño micro, pequeño, mediano y grande, y que busca racionalizar las obligaciones de presentación de información corporativa.
El plazo de transposición finalizó el 24 de diciembre de 2024.
En vista de la inflación de 2021 y 2022, la Comisión consideró necesario ajustar y redondear los umbrales relativos a los criterios monetarios que determinan el tamaño de una empresa en un 25% para limitar la carga administrativa. A tal fin, se modifica la normativa de sociedades en contabilidad, auditoría y presentación de información en materia de sostenibilidad.
Los nuevos umbrales son de aplicación a partir del 1 de enero de 2024.
Así, con el objetivo de reducir las cargas a las pequeñas empresas, se fija el límite de definición de pequeña empresa, que queda en unos máximos de 7,5 M € en el total del balance y 15 M € en el volumen de negocios neto. Esta opción permitirá que menos PYMES se incluyan en categorías con obligaciones más complejas y costosas, favoreciendo la orientación de recursos hacia la inversión, la digitalización y el empleo.
Por otro lado, y aunque no deriva de la Directiva, se acuerda elevar los umbrales de auditoría obligatoria en un 25,2%, lo que se alinea con el objetivo de simplificación de obligaciones perseguido.
Otro de los anteproyectos de ley que recibe luz verde es el que modifica la Ley de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras y el RD-ley por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español directivas de la UE en el ámbito de los seguros privados (en primera vuelta)
El Anteproyecto tiene por objeto transponer la Directiva (UE) 2025/2 del Parlamento Europeo y del Consejo, por la que se modifica otra Directiva en lo que respecta a la proporcionalidad, la calidad de la supervisión, la presentación de información, las medidas de garantía a largo plazo, los instrumentos macroprudenciales, los riesgos de sostenibilidad y la supervisión de grupo y transfronteriza. Para ello, se modifican:
- La Ley de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras con el objetivo de introducir: un régimen sancionador completo para los expertos encargados de revisar la situación financiera y solvencia, lo que logrará que los informes reflejen más fielmente esa situación y solvencia; nuevas infracciones, que harán que las cuentas reflejen mejor la imagen contable fiel; y multas coercitivas como medida que ayudará en el cumplimiento de las obligaciones.
- El RD-ley por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español directivas de la UE en el ámbito de los seguros privados al objeto de mejorar el régimen sancionador aplicable a la distribución de seguros.
Con la transposición se persigue, entre otras cosas, garantizar que la aplicación del régimen de solvencia sea proporcional a la naturaleza, tamaño y complejidad de sus riesgos; mejorar la calidad de la supervisión, la cooperación e intercambio de información entre las autoridades de supervisión; e incorporar un enfoque macroprudencial en la ordenación y supervisión.
Por otra parte, el Consejo de Ministros ha tomado conocimiento de la Memoria Anual sobre la política de endeudamiento del Tesoro Público correspondiente al año 2024 y se dispone su remisión a las Cortes Generales
Entre las principales conclusiones cabe destacar las siguientes:
- Como porcentaje del PIB, la deuda se reduce desde el 105,2% en 2023, hasta el 101,6% a cierre de 2024; en términos nominales, el saldo de Deuda del Estado a 31 de diciembre de 2024 se sitúa en 1.440.970 millones de euros.
- El año 2024 se cerró con una emisión neta de 55.034 millones de euros.
- El coste medio de la deuda en circulación se ha mantenido en niveles históricamente contenidos, finalizando 2024 en el 2,21%, ligeramente por encima del 2,09% de 2023. La reducción tanto del coste medio como de la prima de riesgo han sido posibles gracias al mejor posicionamiento de España en los mercados de deuda soberana y al cambio de ciclo en la política monetaria de la eurozona.
- El mercado de deuda pública español se ha mostrado resiliente y el Tesoro ha demostrado tener un sólido acceso a mercado, supliendo la retirada gradual del Eurosistema con una fuerte demanda inversora, tanto en las subastas como en las sindicaciones.
- El volumen de deuda de organismos autónomos se ha reducido en un 21%.
Se aprobará el Informe sobre el estado de los resultados de indicadores del sistema de cribado de cáncer para evaluación de los programas de las CCAA y acciones a emprender por su incumplimiento
En cuanto a reales decretos, se rubrica uno por el que se concede la nacionalidad española por carta de naturaleza a descendientes de los voluntarios integrantes de las Brigadas Internacionales. En aplicación de ese precepto, se acuerda la concesión de la nacionalidad española por carta de naturaleza a casi 170 descendientes (hijos y nietos) de voluntarios.
El Consejo de Ministros también ha aprobado un acuerdo para rechazar el requerimiento formulado por el Senado para que el Gobierno revoque el acuerdo de disconformidad respecto a la tramitación de una enmienda del Grupo Parlamentario Popular en el Senado. La cronología de lo ocurrido es la siguiente:
- El 15 de septiembre de 2025 el Presidente del Senado remitió a la presidenta del Congreso las enmiendas aprobadas por el Senado al Proyecto de Ley por el que se modifican las leyes sobre Navegación Aérea y de Seguridad Aérea. Entre esas enmiendas figura una de concesión de un crédito extraordinario de subvención al tráfico aéreo regular por importe de 1.200 M €.
- En esa misma fecha, el Gobierno, de conformidad con el art. 134.6 de la Constitución, comunicó a la Mesa del Congreso su disconformidad con la tramitación de la enmienda por suponer un incremento del gasto presupuestario.
- El 2 de octubre de 2025 el Presidente del Senado comunicó al Presidente del Gobierno el acuerdo de la Mesa del Senado por el que se manifestaba la inconstitucionalidad de la decisión del Gobierno.
- El 8 de octubre de 2025 el Presidente del Senado comunicó al Presidente del Gobierno el planteamiento de un conflicto de atribuciones entre el Senado y el Gobierno, de acuerdo con lo previsto en el art. 73 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, sobre la base de dos argumentos: que ña facultad del Gobierno prevista en el art. 134.6 de la Constitución se refiere a enmiendas parlamentarias, no a textos legislativos ya aprobados; y que el ejercicio de la facultad del Gobierno de comunicar su criterio de disconformidad habría sido extemporáneo y realizado en una cámara distinta, el Congreso.
Sin embargo, el conflicto de atribuciones se inicia cuando un órgano constitucional considera que otro adopta decisiones asumiendo atribuciones que la Constitución o las Leyes orgánicas confieren a otro, por lo que no se alcanza a entender qué atribución del Senado se ha ejercido, si el veto solo corresponde al Gobierno. En cualquier caso, existen otros motivos de fondo que conducen al mismo resultado.
Por ello, se acuerda rechazar el requerimiento del Senado para que el Gobierno revoque el acuerdo de disconformidad respecto a la tramitación de la enmienda aprobada por la Cámara Alta.
Por último, se da luz verde a dos acuerdos, uno sobre el Informe Cumbre Iberoamericana y otro por el que se autoriza una contribución voluntaria al mecanismo Palestino-Europeo de Gestión y Ayuda Socioeconómica (PEGASE).
En cuanto al primero, se celebró los días 4 y 5 de noviembre en Madrid y los objetivos estratégicos dibujados fueron:
- Reafirmar y fortalecer el sistema de Cumbres, renovando sus métodos de trabajo, habiéndose identificado ya dos obstáculos: las trabas a la hora de garantizar que las decisiones se adopten por consenso; y las dificultades para lograr que se respete el “acervo iberoamericano” debido al posicionamiento de determinados Estados en dosieres previamente consensuados.
- Impulsar una cooperación iberoamericana más estratégica, buscando resultados concretos en las áreas de: medioambiente y cambio climático; transformación digital; y políticas sociales.
- Reforzar la proyección Internacional de la Comunidad Iberoamericana.
El presupuesto de la Cumbre es de 44 millones €.
En lo que respecta a PEGASE, el mecanismo fue creado en 2008 como instrumento de canalización del apoyo financiero de la UE al Gobierno Palestino. Este dinero se destina al pago de los salarios y pensiones de funcionarios públicos, a prestar asistencia a las familias más vulnerables y a sufragar gastos de derivación sanitaria a hospitales de Jerusalén Este.
Este instrumento va acompañado de un diálogo político destinado a consolidar el proceso de reformas emprendido por la Autoridad Palestina, vinculando parte de la ayuda a estas.
La contribución se justifica por la frágil situación financiera de la Autoridad Palestina, que se ha visto agravada por la retención de fondos por parte de Israel (cerca de 2000 M €). España considera que, para lograr la implementación de la solución de los dos Estados, es necesario el refuerzo de las instituciones palestinas. Su importe es de 46 millones de euros.
