En el Consejo de ministros del 28 de febrero, la titular del ministerio de Igualdad, Irene Montero, defendió “un acuerdo antes de que se produzca el debate en el pleno” y antes de que el PP una sus votos a los del PSOE. En cualquier escenario, la tramitación llegará mínimo hasta finales del mes de abril, tras la convocatoria del Real Decreto de las elecciones municipales autonómicas de mayo, según el análisis hecho por este medio. Que se tramite (o no) por procedimiento de urgencia y de si se hace por lectura única son los dos condicionantes que marcan los diferentes escenarios. Estas son las tres posibilidades:
Escenario 1
SIN CONVOCATORIA DE PLENO EXTRAORDINARIO, PERO SÍ PROCEDIMIENTO DE URGENCIA Y LECTURA ÚNICA
• 07 de marzo: debate de toma en consideración.
• Mesa del 14 de marzo: declaración del procedimiento de urgencia y lectura única y apertura plazo de enmiendas (7 días)
• 21 de marzo: aprobación por el pleno de la lectura única (propuesta de la Mesa, previa audiencia a la Junta de Portavoces)
• 23 de marzo: aprobación por el pleno del Congreso y remisión al Senado que tiene 20 días naturales para tramitar el texto remitido. Tiene que aprobarse la lectura única por el pleno porque la del Congreso no vincula al Senado, sólo le vincula el procedimiento de urgencia.
• 18 de abril: aprobación por el Senado y remisión al BOE (Al no haber enmiendas y sólo caber el veto, no necesitaría volver al Congreso).
• Si el pleno del Senado no aprueba la lectura única, nos vamos a los 3 últimos puntos del escenario 2.
Escenario 2
QUE NO SE CONVOQUE PLENO EXTRAORDINARIO, SE DECLARE PROCEDIMIENTO DE URGENCIA, PERO NO LECTURA ÚNICA.
• 07 de marzo: debate de toma en consideración y apertura de plazo de enmiendas (7 días)
• Mesa del 14 de marzo: declaración del procedimiento de urgencia y remisión a la Comisión (puede ser la de Justicia o la de Igualdad)
• Semana 21 de marzo: constitución de la ponencia en Comisión.
• Semana 28 de marzo: posible dictamen de la Comisión e inclusión, en su caso, para votar el dictamen en el pleno de esa semana y remisión al Senado, de no ser así, se iría al pleno del 18 de abril.
• El Senado tiene un plazo de 4 días para presentar enmiendas, pero por el calendario de sesiones y la Semana Santa no es factible que el dictamen de la Comisión esté antes del 19 de abril.
• 19 de abril: fecha límite para la aprobación de las enmiendas del Senado y remisión al Congreso para aprobación definitiva (si el Senado aprobara la reforma en el pleno del martes 18 de abril, el Congreso podría aprobarla en el pleno del jueves 20).
• 27 de abril: aprobación definitiva por el Congreso y remisión al BOE.
Escenario 3
QUE NI SE CONVOQUE PLENO EXTRAORDINARIO NI SE TRAMITE POR EL PROCEDIMIENTO DE URGENCIA.
• 07 de marzo: toma en consideración
• Mesa del 14 de marzo: apertura del plazo de enmiendas (15 días prorrogables) y remisión a la Comisión (puede ser la de Justicia o la de Igualdad)
• 21 de marzo: constitución de la ponencia en Comisión
• A partir del 04 de abril: dictamen de la Comisión si no se produce ampliación del plazo de enmiendas.
• 18 de abril: aprobación por el Congreso y remisión al Senado.
• 18 de junio: plazo máximo para que el pleno del Senado apruebe el texto y remisión al Congreso para aprobación definitiva. (Es domingo)
• No antes de junio: aprobación definitiva por el Congreso y remisión al BOE.