La Dirección General de Tráfico (DGT) obliga desde 2025 a mostrar un informe médico favorable si se están tomando ciertos medicamentos antes de renovar el carnet de conducir. Sin ello, no habrá prórroga. La advertencia se extiende sobre tratamientos como la insulina, la medicación psiquiátrica o la usada para la apnea del sueño.
Mayor exigencia médica: ¿qué ha cambiado?
Este año la DGT ha endurecido las condiciones para renovar el carnet. Ahora no sirve solo pasar un test psicofísico: si se está bajo tratamiento médico de determinadas enfermedades, la DGT exige un informe especializado que certifique aptitud para conducir con seguridad. Aplican ocho categorías clave: respiratorias, digestivas, neurológicas, vasculares, oncológicas, psiquiátricas, endocrinas y cardíacas. Por ejemplo, usar insulina para tratar la diabetes, o estar bajo ciertos tratamientos psiquiátricos, oapnea del sueño: sin el informe, no se renovará el carnet de conducir.
Una lista extensa: ¿qué enfermedades pueden impedirte renovar?
Se habla de 35 enfermedades que ahora se consideran incompatibles con la conducción si no se aportan los documentos médicos adecuados. En demencia o epilepsia, directamente se puede denegar la renovación. Pero incluso si hay tratamientos de control, se necesitará evaluar el permiso con una duración reducida o una revisión adicional.
Consejos y renovación
En caso de estar tomando alguno de los medicamentos que mencionan (insulina, psiquiátricos, para apnea…), resulta importante adelantarse y pedir el informe favorable. Asimismo, respetar los plazos mínimos. En situaciones como trasplantes o tratamientos críticos, habrá que esperar un tiempo obligatorio antes de renovar, así como estar preparado para vigencias reducidas. Algunas patologías solo permiten renovaciones por 1 o 2 año. Conviene recordar que mientras se está pendiente del informe, si se conduce sin carnet de conducir en regla puede costar una multa de desde 200 euros hasta 6.000, dependiendo de la gravedad
