El coliving también deberá justificar la temporalidad de sus contratos

Vivienda aclara que esta modalidad de alojamiento, que oferta habitaciones con zonas compartidas en bloques de edificios, sólo podrá ofrecer contratos temporales si acredita las causas que justifican una estancia reducida

Un edificio de viviendas en Madrid. Eduardo Parra / Europa Press 10/7/2024

El coliving también tendrá que justificar las causas que motivan un contrato temporal como los que ofertan.

Esta modalidad habitacional también estará afectada por la normativa con la que el Ministerio de Vivienda quiere desarrollar el artículo 3 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) y obligar a justificar con causas concretas la temporalidad de un contrato.

El departamento que dirige Isabel Rodríguez entiende que los contratos temporales, en muchos casos, están siendo una vía de escape para evitar los controles de precio y las garantías previstas en la Ley por el derecho a la vivienda.

El Ministerio, al menos de momento, no quiere cambiar la LAU. Su propuesta pasa por un cambio en el reglamento que la desarrolla para ahondar en que cualquier tipo de contrato temporal deberá estar justificado por una causa concreta, que deberá ser acreditada.

Los alojamientos de coliving, siguiendo esa lógica, en la medida que se ofertan como una posibilidad de alquiler de corta duración, estarán afectados por estos cambios.

La temporalidad está asociada al inquilino, no a la vivienda

Vivienda esgrime que, aunque estos alojamientos puedan ofrecerse como una posibilidad para estudiantes o trabajadores que llegan a la ciudad para una corta estancia, también pueden suponer una fórmula para renovar los contratos a un mismo inquilino y así poder subir los precios sin ningún límite.

Pero, por encima de todo, remarca que la condición de temporalidad no va a asociada a la vivienda o a un bloque de apartamentos que, todos juntos, se ofertan en el mercado para el alquiler temporal.

La condición de temporalidad está asociada al inquilino y a sus necesidades y, por tanto, quedar acreditadas en el contrato para justificar por qué es necesaria esta modalidad y no la de vivienda habitual.

En las últimas semanas, Vivienda se ha movilizado para poner encima de la mesa propuestas que limiten tanto los alquileres temporales como los turísticos, al ver en estas fórmulas un subterfugio para huir de la Ley de Vivienda, que no se aplica a estos contratos.

Esta fue una de las advertencias lanzadas por los sindicatos de inquilinas durante la tramitación de la Ley de Vivienda, en la que exigieron incluir a estos alquileres en la regulación. Hace unas semanas presentaron una proposición de ley, registrada en el Congreso por Sumar, ERC, Bildu, Podemos y BNG, para extender su aplicación.

Personalizar cookies