El Consejo de Ministros de este martes ha aprobado el Proyecto de ley de prevención del consumo de alcohol y de sus efectos en las personas menores de edad, una iniciativa que impondría nuevas restricciones a la publicidad de bebidas alcohólicas y limitaría la venta en algunos entornos y espacios. En concreto, la iniciativa prohibiría el emplazamiento de cualquier tipo de comunicación comercial en la vía pública en un radio de 150 metros de centros educativos, sanitarios, sociosanitarios, parques y lugares de ocio infantil
Su objetivo es fomentar un cambio cultural que modifique la percepción del bajo riesgo de las bebidas alcohólicas que tiene la población en general, y los menores en particular; a fin y efecto de reducir su consumo.
«La evidencia científica es clara: no existe una cantidad segura de alcohol de cualquier tipo que no implique un impacto negativo en la salud. Beber alcohol de forma moderada no aporta ningún beneficio a la salud», ha esgrimido la ministra de Sanidad, Mónica García.
El contenido del Anteproyecto
El texto del anteproyecto que se sometió a Audiencia Pública prohibía el consumo de bebidas alcohólicas independientemente de la edad en centros educativos (primaria, secundaria, bachillerato, formación profesional y enseñanzas especiales); en centros de protección de menores y residencias de estudiantes que admitan a menores de edad; en cualquier espacio destinado al uso por parte de los mismos; y en centros deportivos, de ocio o espectáculos cuando se celebren sesiones destinadas a menores.
En consecuencia, y a falta de conocer los detalles concretos del proyecto de ley finalmente aprobado, la venta a menores de edad de bebidas alcohólicas está prohibida. Su consumo únicamente se permite en dosis mínimas de productos con baja graduación y en el ámbito del culto o los servicios religiosos.
Para garantizarlo, el Gobierno exigiría que las máquinas automáticas que suministren alcohol incorporen mecanismos técnicos eficaces, con vigilancia y custodia directa.
Asimismo, delegaría en las comunidades autónomas y en las administraciones locales la posibilidad de restringir el horario de venta, preferentemente, desde las 22:00 horas y hasta las 08:00 del día siguiente.
De aprobarse la regulación (ha de superar el trámite parlamentario), quedaría prohibida cualquier forma de publicidad de bebidas alcohólicas dirigida a menores de edad; y toda comunicación comercial debería informar expresamente de la prohibición del consumo mediante mensajes o imágenes claras.
Además, no podrían participar en publicidades personas con menos de 21 años o mayores caracterizados; como tampoco personajes reales o ficticios cuya popularidad esté vinculada a la población menor de edad. Tampoco podrían emplearse términos ambiguos como “consumo responsable” o “moderado”.
Independientemente de que se cumplan todos estos requisitos, no se permitirá la publicidad de bebidas alcohólicas, incluyendo el nombre comercial o símbolos de la empresa productora en la vía pública o en lugares visibles desde la misma. Podría permitirse el nombre comercial o la marca identificativa de empresas productoras en un perímetro que diste de 150 metros lineales de los accesos a zonas frecuentadas por personas menores de edad, como por ejemplo centros educativos, sanitarios, de servicios sociales, parques etc. Este punto, por ejemplo, forzaría a muchos bares y cafeterías a cambiar el mobiliario de sus terrazas por contener publicidad de bebidas alcohólicas.