El Gobierno prevé regular las condiciones en la Seguridad Social de las personas dedicadas a la acogida familiar de menores

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha sometido un proyecto de Real Decreto a información pública. El plazo expira el 21 de febrero

La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, llega a la Comisión de Economía, Comercio y Transformación Digital, en el Congreso de los Diputados, a 29 de enero de 2024, en Madrid (España) | ALEJANDRO MARTÍNEZ (EUROPA PRESS).

La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, llega a la Comisión de Economía, Comercio y Transformación Digital, en el Congreso de los Diputados, a 29 de enero de 2024, en Madrid (España) | ALEJANDRO MARTÍNEZ (EUROPA PRESS).

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha sometido a información pública, hasta el próximo día 21 de febrero, un proyecto de Real Decreto (RD) en el que se regulan las condiciones de encuadramiento en la Seguridad Social de las personas dedicadas al acogimiento familiar especializado de menores.

¿Qué es?

El acogimiento familiar especializado es el que se desarrolla en una familia en la que alguna o algunas de las personas que integran la unidad familiar dispone de cualificación, experiencia o formación específica para desempeñar esta función respecto de menores con necesidades o circunstancias especiales, pudiendo percibir por ello una compensación.

¿Qué regula el Real Decreto?

El RD da respuesta al mandato que, en este sentido, se estableció en la Ley Orgánica de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la violencia, y en él se regulan las condiciones y requisitos para que estas personas puedan quedar incluidas en el Régimen General de la Seguridad Social, en situación asimilada a la de alta, mediante la suscripción de un convenio especial.

¿Qué es un convenio especial?

¿Cuáles son los requisitos que se exigirán para este encuadramiento?

¿Cómo cotizarán las personas??

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