El Gobierno quiere ampliar la paridad obligatoria a las direcciones de partidos políticos, Reales Academias, sindicatos, asociaciones empresariales y nombramientos del CGPJ

El Proyecto de ley de representación paritaria ya lo exige a los Consejos de administración de las sociedades cotizadas, de las no cotizadas, a los Colegios Profesionales y a los premios públicos. PSOE y Sumar han registrado una enmienda para extender su radio de impacto

La ministra de Igualdad, Ana Redondo, durante una rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Ministros | ALBERTO ORTEGA (EUROPA PRESS).

La ministra de Igualdad, Ana Redondo, durante una rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Ministros | ALBERTO ORTEGA (EUROPA PRESS).

El Proyecto de ley de representación paritaria exige listas cremallera en todas las elecciones, un Gobierno con un mínimo de mujeres del 40%, aplicable también a todos los órganos constitucionales o de relevancia constitucional, como el Tribunal Constitucional, el Tribunal de Cuentas, el Consejo de Estado, el Consejo Económico y Social, el Consejo Fiscal o el CGPJ.

La misma regla se impone a los consejos de administración de las sociedades cotizadas, a las no cotizadas, a los Colegios Profesionales y a los premios públicos. Ahora, mediante enmiendas, PSOE y Sumar quieren ir más allá, abarcando partidos políticos, nombramientos del Poder Judicial, Reales Academias, Consejos de Estudiantes, sindicatos y fundaciones, entre otros.

La ley de paridad modifica la ley de Régimen Jurídico del Sector Público para asegurar el principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres en los nombramientos y designaciones de las personas titulares de los órganos superiores y directivos y en el personal de alta dirección de las entidades del sector público institucional estatal.

El concepto de “presencia equilibrada” se definió de tal manera que las personas de cada sexo no pueden superar el 60%, ni representar menos del 40%. Este principio sería de aplicación a las personas titulares de las presidencias, vicepresidencias, direcciones generales, direcciones ejecutivas y asimilados de las entidades del sector público institucional estatal que tengan la condición de máximos responsables, así como a las personas con contratos de alta dirección en las citadas entidades y a la composición de los órganos colegiados de gobierno de las entidades.

También para los consejos de administración de las sociedades cotizadas y para la dirección las no cotizadas, para los Colegios Profesionales y para los premios públicos. Pero el Gobierno quiere ir un pasito más lejos.

Gobierno de España pretende volver a ampliar el radio de impacto de la obligatoriedad de presencia equilibrada de hombres y mujeres. Las personas de cada sexo no pueden superar el 60%, ni representar menos del 40%.

Más allá de la Directiva europea

PSOE y Sumar registraron enmiendas conjuntas al articulado de la ley de paridad para extender la influencia de la obligatoriedad de un mínimo de 40% de representación de mujeres (y que ningún género pueda superar el 60%). Los partidos que conforman el Ejecutivo aspiran a incluir a las direcciones de los partidos políticos, a las Reales Academias, al Consejo de Estudiantes, a los sindicatos, a las asociaciones empresariales, a las fundaciones, al Tercer Sector de Acción Social y a entidades de la Economía Social.

Leyes que se modificarían

Ley de Régimen Jurídico del Sector Público, para las Reales Academias.

Ley sobre Colegios Profesionales.

Ley del Sistema Universitario, para el Consejo de Estudiantes Universitario del Estado.

Ley de Libertad Sindical.

Ley del Estatuto de los Trabajadores, para las asociaciones empresariales.

Ley de Partidos Políticos.

Ley de Fundaciones.

Ley del Tercer Sector de Acción Social.

Ley de Economía Social.

Poder Judicial y Colegios Profesionales

El Grupo Socialista y sus socios de Gobierno, Sumar, han registrado una enmienda que modifica la ley del Poder Judicial para blindar que todos los nombramientos y/o propuestas de promociones del Pleno del CGPJ que impliquen algún margen de discrecionalidad se garantice el principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres.

Asimismo, dan un plazo de un año al CGPJ desde la entrada en vigor de la ley para adaptar el Reglamento que regula la provisión de plazas de nombramiento discrecional en los órganos judiciales a lo dispuesto de la ley de representación paritaria.

Mediante otra enmienda, sugieren incorporar entre las funciones de los Colegios Profesionales la adopción de las medidas necesarias para garantizar la igualdad de mujeres y hombres en el ejercicio de las profesiones colegiadas.

En sintonía, los Consejos Generales o Superiores de cada colegio profesional nombrarán una persona responsable de la coordinación en materia de igualdad que se encargaría de supervisar la aplicación del porcentaje mínimo establecido, así como evaluar las excepciones, que tendrán que ser siempre objetivas.

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