El PP plantea reformar el Reglamento del Senado para que la Mesa decida la urgencia de las proposiciones de ley

La modificación permitiría esquivar la tramitación urgente y ampliar el plazo de trabajo en la Cámara Alta de todas las iniciativas legislativas, salvo las propuestas por el Gobierno

El portavoz del Grupo Popular en el Senado, Javier Arenas, durante una intervención en el Hemiciclo de la Cámara Alta | PARTIDO POPULAR

Que la Cámara Alta tenga la última palabra sobre la tramitación o no por la vía de urgencia de las iniciativas legislativas que no vengan del Gobierno. Con ese objetivo el Partido Popular ha presentado una iniciativa de reforma del Reglamento del Senado. El texto, registrado el pasado martes, 31 de octubre, plantea una modificación del artículo 133 para otorgar a la Mesa de la Cámara la facultad de decidir «sobre la pertinencia de la tramitación urgente de una proposición de ley», según explican los populares en su exposición de motivos. Esta vía, la urgente, es la que reduce de dos meses a veinte días naturales los plazos de trabajo de la institución.

LA ADICIÓN DEL PP AL ARTÍCULO 133 DEL REGLAMENTO

En las proposiciones de ley, la Mesa del Senado podrá decidir la aplicación del procedimiento de urgencia cuando así lo solicite el Gobierno o el congreso de los Diputados, o también actuando de oficio o a propuesta de un Grupo parlamentario o de veinticinco Senadores.

Con ese cambio, de llevarse a cabo, se dejaría en manos del órgano rector del Senado los tiempos de todas las propuestas de leyes a su paso por esta cámara, a excepción de las que son iniciativa del Gobierno. En el caso de estos últimos, los proyectos de ley, la Constitución (artículo 90) prevé de forma explícita la declaración de urgencia por parte del Gobierno o del Congreso de los Diputados, por lo que la proposición del PP no altera nada de lo ya recogido en el Reglamento a ese respecto.

Un cambio para ganar en «rigor» y «calidad»

A juicio del Grupo Popular, la distinción entre proyectos y proposiciones de ley a la hora de aplicar la potestad de declaración de urgencia por parte del Gobierno el Congreso queda patente en la propia Carta Magna, porque «aunque en el informe de la ponencia constitucional del 5 de enero de 1978 se empleaba en el primer apartado del artículo la expresión ‘proyecto o proposición de ley’, ésta fue después sustituida por la que finalmente se aprobó, esto es, ‘proyecto de ley ordinaria u orgánica'». Desde el PP apelan también al principio de autonomía reglamentaria de las Cámaras para justificar el encaje legal de su proposición.

El objetivo de la modificación sería «ofrecer mayores oportunidades al rigor y la calidad de la función legislativa» para que los «senadores cuenten con el tiempo necesario para poder paliar (…) los déficits de documentación y análisis técnico y jurídico» que los que «suelen adolecer», según considera el PP, este tipo de iniciativas legislativas.

¿»Guerra» de urgencias?

La propuesta de reforma del Reglamento, en la práctica, podría afectar a la tramitación en la Cámara Alta de la ley de amnistía que prepara el PSOE junto a otras formaciones políticas si finalmente la forma elegida para su registro en el Congreso es el de proposición de ley de grupos parlamentarios. Para llegar a tiempo, el Senado tendría que aprobar de forma definitiva el texto en unas pocas semanas, siempre que esa fuera la intención de los populares, quienes tendrían que solicitar la tramitación urgente de su iniciativa a la Mesa, órgano que controla gracias a la mayoría absoluta que poseen en la institución.

Desde el Congreso, donde el PSOE y la coalición Sumar tienen mayoría en la Mesa, también cabe la posibilidad de que los autores de la proposición de ley para una amnistía en Cataluña pidan su tramitación por la vía de urgencia, modalidad que ya fue aplicada en el pasado por los grupos que formaban la coalición de Gobierno, el Socialista y el Confederal de Unidas Podemos.

Así, mediante proposiciones de ley de grupos parlamentarios y de manera urgente, se tramitaron y aprobaron en la pasada legislatura las modificaciones del Código Penal para derogar el delito de sedición y modificar el de malversación (concluidas en apenas cinco semanas), la reforma de la conocida como ley del ‘Solo sí es sí’ (mes y medio desde su toma en consideración) o la creación de los últimos impuestos a la banca y empresas eléctricas, así como el de grandes fortunas, entre otros casos.

Reforma número 26 del Reglamento del Senado

La modificación del Reglamento, de salir adelante, será la número 26 del documento por el que se rige el funcionamiento de la Cámara Alta y la tercera sin el consenso entre los dos grandes partidos, si finalmente el PP y el PSOE no llegaran a un acuerdo para su aprobación. En 2007, el PSOE llevó a término su propuesta para regular el procedimiento de elección de los cuatro magistrados de Constitucional que corresponde al Senado. Tres años más tarde, en 2010, se introdujeron algunos usos de lenguas cooficiales, de nuevo con el voto en contra del entonces primer partido de la oposición.

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