El Gobierno no ve problema con las entidades bancarias por la quita de deuda: «Llegado el momento, se hablará»

La comunidad autónoma debe decidir si se adhiere a la condonación de deuda y, si es de origen privado, la entidad acreedora debe dar su consentimiento a que el Estado asuma la deuda. El Gobierno aún no ha sondeado al sector

La vicepresidenta primera y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, durante una rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Ministros | Jesús Hellín (Europa Press).

La vicepresidenta primera y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, durante una rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Ministros | Jesús Hellín (Europa Press).

El Consejo de Ministros de este martes dio los primeros pasos para aprobar la condonación de la deuda de las comunidades autónomas, pero su aplicación efectiva no solo requiere de tiempo para tramitar el anteproyecto y de la voluntad de las comunidades autónomas, sino de un agente cuya posición será determinante y que, de momento, permanece fuera del radar: las entidades bancarias.

El Anteproyecto de Ley de Medidas Excepcionales de Sostenibilidad Financiera para las Comunidades Autónomas de Régimen Común recoge el procedimiento para que el Estado asuma deuda autonómica. En los casos en que su origen sea el FLA (Fondo de Liquidez Autonómica), la asunción de la deuda se aplicará mediante la cancelación o amortización hasta alcanzar el importe previsto en la ley para cada Comunidad. Sin embargo, en los supuestos de deuda con entidades financieras, éstas habrán de dar su consentimiento.

Una vez aprobada definitivamente la ley (tiene que pasar en segunda vuelta por el Consejo de Ministros y superar la tramitación parlamentaria en las Cortes Generales), la comunidad autónoma que decida voluntariamente acogerse a la condonación de la deuda deberá remitir a la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional la documentación requerida sobre la deuda que mantienen con las entidades privadas.

Recibida esta documentación, será la Comisión Delegada de Asuntos Económicos (CDGAE) la que seleccione qué deuda asume el Estado, que se subrogaría en la posición deudora, previo consentimiento de las entidades acreedoras.

Fuentes del Ministerio de Hacienda consultadas por Demócrata admiten que todavía no han sondeado a las entidades bancarias para conocer su opinión al respecto ya que la iniciativa aún no se ha aprobado como tal y hay tiempo para llegar a ese escenario.

“Llegado el momento, se hablará”, esgrimen, aunque no anticipan que pueda haber problema alguno porque “el Estado tiene capacidad para responder a una deuda de una comunidad autónoma”.

En cualquier caso, añaden las mismas fuentes, primero son las propias autonomías las que deben dar el paso de aceptar la condonación.

Las fases y la deuda del FLA

El Ejecutivo, con esta ley, podría asumir 83.252 millones de euros de deuda para permitir a los territorios reducir su pasivo liberar unos 6.700 millones del pago de intereses que podrán destinar a “reforzar el Estado de Bienestar” y ganar “autonomía financiera”.

La metodología para calcular la cifra de condonación es particular para cada comunidad. Hacienda ya trasladó a los gobiernos autonómicos el pasado mes de febrero su propuesta, que consta de tres fases:

El montante total que resulta son los 83.252 millones de euros de condonación.

Sobre el procedimiento de la condonación de deuda con el FLA, se aplicará mediante la cancelación o amortización de los saldos vivos de los préstamos con el Fondo de Liquidez Autonómico hasta alcanzar el importe previsto en la ley para cada Comunidad, empezando por los más antiguos, hasta amortizar, si fuera necesario, el correspondiente a 2019.

Si es preciso para llegar a la cifra total a condonar, se cancelará el préstamo del FLA del año 2024 y después se cancelarán los de los años anteriores a éste. Es decir, 2023, 2022, etc.

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