El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ha sacado a consulta pública un proyecto de Orden Ministerial para actualizar el Índice Nacional de Calidad del Aire (ICA). Se podrán presentar alegaciones hasta el próximo día 5 de octubre. El ICA es una herramienta que permite a los usuarios comprobar la calidad actual del aire en ciudades y regiones de todo el territorio.
La consulta pública busca tanto plantear la idoneidad de la adaptación del ICA nacional al ICA europeo, como la adecuación de los tiempos de referencia propuestos para el cálculo de los valores.
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La propuesta nace de la voluntad de adaptar el baremo actual a las conclusiones de la Directiva (UE) 2024/2881 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2024 sobre la calidad del aire ambiente y una atmósfera más limpia en Europa. El cambio viene precedido de las últimas recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS), las cuales ponen de relieve nuevas pruebas sobre los efectos que se producen con niveles bajos de exposición a la contaminación atmosférica.
En concreto, el ICA establece seis categorías de calidad del aire en función del resultado de dicho índice, siendo estas categorías las siguientes: buena, razonablemente buena, regular, desfavorable, muy desfavorable y extremadamente desfavorable. Los datos del ICA se filtran por tipología de estación, clasificándose en función de las fuentes de emisión predominantes en: estaciones de tráfico, estaciones industriales y estaciones de fondo (el nivel de contaminación no está dominado ni por el tráfico ni por la industria).
Los elementos contaminantes que se tienen en cuenta en las mediciones son los siguientes: dióxido de azufre (SO2), dióxido de nitrógeno (NO2), partículas en suspensión (PM10 y PM2,5) y ozono (O3).
A rasgos generales, la propuesta del Gobierno pasaría por llevar a cabo una aproximación de las bandas del modelo actual al ICA europeo. Una reforma que busca alcanzar unos márgenes más restrictivos. Por ejemplo, datos que en estos momentos se enmarcan en el rango de «buena» pasarían a considerarse «razonablemente buena» o «regular». Aunque en el caso de las partículas en suspensión, en los niveles más críticos, el ICA europeo es más laxa que el marco español actual.
Otras de las novedades que se incorporaría es la periodicidad. Si bien, en elementos contaminantes como el nitrógeno o el ozono, se mantiene el margen de 1 hora, otros como el dióxido de azufre o las partículas en suspensión registrarían un cambio sustancial. En el primer caso, se pasaría de una frecuencia de cada 8 horas a cada hora. En el segundo, la modificación es más profunda, ya que estaríamos cambiando de una medición diaria a una cada hora.
El ICA sirve de referencia a las administraciones para enviar a la población recomendaciones cuando la calidad del aire no es la recomendable, en especial, para grupos de riesgo o sensibles como niños y enfermos. También, se tiene en cuenta a la hora de decidir actividades al aire libre y sirve para poner en alerta sobre puntos que exigen mayores medidas para reducir la contaminación en pro de la salud pública.