El Consejo de Ministros ha aprobado en su reunión de hoy un Real Decreto que introduce determinadas medidas urgentes para el refuerzo del sistema eléctrico. Esta norma recupera varias disposiciones del Real Decreto-ley 7/2025, conocido como “decreto antiapagón”, que fue derogado por el Congreso el pasado mes de julio. Entre ellas, las que reforzaban el papel de Red Eléctrica de España (REE), operador del sistema, y de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC).
En el último pleno antes del verano, la Cámara Baja rechazó el plan “antiapagón” de medidas urgentes para fortalecer el sistema eléctrico tras el apagón del 28 de abril. Aquel decreto incluía actuaciones para impulsar inversiones en renovables y la descarbonización industrial, medidas que el Gobierno ha ido recuperando de forma fragmentada o mediante distintas fórmulas, como ocurre en este caso con el nuevo Real Decreto.
El texto aprobado este martes por el Consejo de Ministros restituye las funciones de supervisión y control que se preveían para Red Eléctrica y la CNMC y que quedaron sin efecto tras el trámite parlamentario de julio. Así, se refuerzan las medidas de supervisión sobre las obligaciones de control de tensión de los agentes del sector eléctrico. La CNMC deberá elaborar un informe trimestral de carácter público en el que se detalle esta cuestión, considerada clave para el buen funcionamiento del sistema, según ha informado el Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico en un comunicado.
Impulso del almacenamiento
Asimismo, el regulador completará un plan de inspección extraordinario sobre las capacidades de reposición del suministro, que se repetirá cada tres años. El decreto también retoma las medidas destinadas a promover la incorporación del almacenamiento de energía al sistema eléctrico, con el objetivo de alcanzar una potencia de 22,5 gigavatios (GW) en 2030, conforme a las previsiones del Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) 2023-2030.
De esta forma, se da prioridad a la hibridación de módulos de almacenamiento con plantas de generación cuando estos se ubiquen en el terreno ya ocupado por la instalación original, mediante disposiciones relativas a la definición de potencia instalada y a la agilización de los trámites. Además, con el fin de fomentar la electrificación, la norma impulsa la conexión a las redes de nuevas actividades económicas —principalmente industriales— al establecer que los derechos de acceso y conexión para demanda caducarán a los cinco años de su concesión, evitando así el acaparamiento y la especulación.
En la misma línea, las solicitudes de acceso y conexión deberán incluir el código CNAE de la actividad que se pretende desarrollar, el cual deberá coincidir con el que figure en el contrato de acceso posterior. Con esta norma también se busca incentivar la demanda eléctrica al acotar los plazos de respuesta de las distribuidoras para poner en marcha extensiones de red, por ejemplo, destinadas a la recarga de vehículos eléctricos.
Por otro lado, en suelo urbanizado que cuente con las dotaciones y servicios exigidos por la normativa urbanística, las empresas dispondrán de un plazo de cinco días si no es necesario ampliar la red; de 30 días si se requiere una ampliación; de 60 días si debe construirse un centro de transformación; y de un máximo de 80 días cuando haya que levantar varios centros. Además, el decreto incorpora al ordenamiento jurídico nuevos elementos de carácter técnico, como la definición de “repotenciación” recogida en la normativa europea —esto es, la renovación de instalaciones con tecnologías más avanzadas— y el desarrollo, en un plazo de nueve meses, de una hoja de ruta nacional para dinamizar esta repotenciación.
El ministerio encabezado por Sara Aagesen ha indicado que dicha hoja de ruta podrá incluir objetivos estratégicos, en consonancia con los compromisos europeos, así como medidas técnicas, regulatorias y financieras destinadas a incentivar la sustitución de equipos y aumentar la eficiencia y la producción de energía.
Plataformas de I+D+i
Por último, la norma aprobada por el Consejo de Ministros desarrolla el régimen de autorización de las plataformas de I+D+i para la prueba de prototipos de máquinas de generación o almacenamiento, permitiendo que sea suficiente una autorización de explotación para desconectar un prototipo y conectar otro. Igualmente, se unifica y aclara la regulación relativa a las autorizaciones de puesta en servicio de instalaciones de generación y almacenamiento, contemplando distintos supuestos, como aquellos en los que varias instalaciones comparten infraestructuras de evacuación y deben cumplir diferentes hitos de tramitación.
















