El Gobierno trabaja en la nueva regulación para facilitar la jubilación reversible, antes llamada jubilación flexible, que permitirá a los pensionistas volver voluntariamente al mercado laboral sin renunciar de forma significativa a su pensión. El proyecto, aún en fase de negociación con sindicatos y patronal, se aprobará mediante Real Decreto en cumplimiento del compromiso adquirido en el Real Decreto-ley 11/2024.
¿En qué consiste la jubilación reversible?
La medida busca atraer de nuevo a trabajadores jubilados ofreciendo la posibilidad de compatibilizar parte de su pensión con un empleo parcial o autónomo.
- La jornada laboral deberá situarse entre el 40% y el 80% de la habitual a tiempo completo.
- La pensión se ajustará en función de ese porcentaje, de modo que cuanto más se trabaje, menos se percibe de pensión y viceversa.
Qué incentivos económicos habrá
El borrador contempla complementos sobre la pensión:
- +20% para quienes trabajen entre el 60% y el 80% de jornada.
- +10% cuando se trabaje entre el 40% y el 60%.
- En el caso de autónomos, la compatibilidad supondrá un 20% adicional.
El Ministerio de Inclusión, dirigido por Elma Saiz, no descarta elevar estos porcentajes en el texto definitivo.
Compatibilidad con el trabajo autónomo
El borrador inicial solo permite a los jubilados compatibilizar la pensión con un empleo por cuenta propia si no han estado de alta como autónomos en los últimos cinco años. Sin embargo, el Gobierno estudia rebajar este plazo a cuatro años o incluso flexibilizar más esta exigencia.
Cambios que se negocian
Entre las mejoras que se están debatiendo con agentes sociales destacan:
- Rebajar el umbral mínimo de jornada parcial exigida (actualmente del 40%).
- Aumentar los complementos del 10% y del 20%.
- Valorar que las cotizaciones durante la jubilación reversible computen en la pensión de quienes se jubilaron de forma forzosa.
Incompatibilidades
- No será posible acumular esta modalidad con una pensión de incapacidad permanente.
- Tampoco con el complemento económico por jubilación demorada.
¿Cuándo se aprueba y cuándo entrará en vigor?
El Ministerio presentará un nuevo borrador en las próximas semanas y lo llevará a aprobación mediante Real Decreto.
- La norma entrará en vigor tres meses después de su publicación en el BOE.
- En el plazo de un año desde su entrada en vigor, el Ejecutivo evaluará su impacto junto a los interlocutores sociales para posibles ajustes normativos.
La jubilación reversible busca incentivar el regreso de pensionistas al mercado laboral con mejores condiciones que las fórmulas vigentes, equilibrando sostenibilidad del sistema y atractivo para los jubilados.