El Supremo mantiene las cautelares a Ábalos, que seguirá en libertad

El magistrado Puente ha decidido no modificar las medidas cautelares que hasta ahora pesaban sobre Ábalos

Archivo - El diputado José Luis Ábalos durante una sesión plenaria extraordinaria, en el Congreso de los Diputados, a 22 de julio de 2025, en Madrid (España).Eduardo Parra - Europa Press - Archivo

Tras su cuarta cita ante el juez Leopoldo Puente, instructor en el Tribunal Supremo (TS) de las piezas que afectan al hoy diputado en el Grupo Mixto del Congreso, dentro de la presunta trama de corrupción en torno al departamento que dirigió durante tres años, el magistrado ha decidido mantener las medidas cautelares que hasta ahora pesaban sobre el parlamentario, que podrá seguir en libertad.

La Fiscalía Anticorrupción había trasladado al Tribunal Supremo que, aunque veía riesgo de fuga en el exministro, no consideraba pertinente reclamar su ingreso en prisión provisional toda vez que es diputado del Congreso. Por su parte, las acusaciones populares lideradas por el PP sí habían solicitado que se enviara al extitular de Transportes a la cárcel o que se le impusiera una fianza de 650.000 euros.

Sin embargo, Puente ha rechazado la petición de las acusaciones populares lideradas por el PP y ha coincidido con la Fiscalía en que lo pertinente es mantener las medidas cautelares que tiene vigentes, es decir, prohibición de salida del país, retirada de pasaporte y comparecencia periódica en sede judicial.

En el auto el magistrado ha señalado que “persisten los indicios de criminalidad que aparecían ya seriamente consolidados en el informe de la UCO de 5 de junio” (relativo a los presuntos amaños de obra pública). Además, ha subrayado que el último informe, de fecha 3 de octubre, “sobre los ‘ingresos irregulares’ de Ábalos”, viene a “incrementar” la “existencia y robustez” de dichos indicios, destacando que el exministro, “sin hacer uso de cantidad alguna en metálico procedente de sus cuentas bancarias durante varios años, efectuó significativos ingresos en metálico en esas mismas cuentas”.

No obstante, el instructor ha descartado que en este momento exista riesgo de que Ábalos vuelva a delinquir o de que altere las fuentes de prueba que sustentan la causa. Sin embargo, respecto al riesgo de fuga, ha manifestado que coincide con el fiscal en que concurre “un riesgo cierto, aunque no lo suficientemente intenso”, de que el diputado “pueda sustraerse a la acción de la justicia”.

En la misma línea, ha precisado que, en este caso, el riesgo de fuga resulta “creciente”, “conforme el conjunto de indicios de la posible comisión de graves delitos, sancionados con penas privativas de libertad muy significativas, se robustece”.

El juez Puente ya dejó libre a Ábalos en junio, tras el informe de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil que sirvió para imputar a quien fuera su sucesor en la Secretaría de Organización del PSOE, Santos Cerdán. Ahora, tras el nuevo informe de la UCO que analiza la evolución patrimonial de Ábalos en la última década, el magistrado ha dictado cárcel para el exministro.

¿Debería seguir Ábalos como diputado?

Al mismo tiempo, el magistrado del Supremo ha recordado en su auto que el Reglamento del Congreso prevé la suspensión de los derechos y deberes parlamentarios si se decreta su prisión preventiva, pero que para ello tiene que haber un auto de procesamiento firme, lo que aún no se ha producido en el caso del exministro socialista.

En ese sentido, el juez sugiere la conveniencia de que el Congreso modifique sus normas porque no entiende que un diputado sobre el que pesan tanto «indicios consistentes» de haber cometido «delitos muy graves» pueda seguir teniendo un escaño.

Estos párrafos de su auto han molestado a los socialistas de la Mesa del Congreso que, recalcan que, tal y como reconoce el propio Puente, la eventual modificación de las normas no es competencia del Poder Judicial, sino de la propia Cámara, y que el magistrado debe actuar con las normas vigentes. Además, recuerdan que un hipotético cambio legal ya no se podría aplicar de forma retroactiva al exministro.

Separación de poderes

En este sentido, algún miembro del PSOE incluso ha invitado al magistrado del Supremo a concurrir a las próximas elecciones para intentar buscar mayorías que le permitan hacer realidad la modificación del Reglamento que ha sugerido en su auto.

Además, desde el Congreso han aprovechado para recordar al instructor del ‘caso Koldo’ que el artículo 14.1 del Reglamento del Congreso obliga al Supremo a comunicarle los autos que afecten a Ábalos y que no ha comunicado ninguna de sus últimas decisiones.

En el Congreso ya tenían decidido que, si el juez hubiera enviado a Ábalos a la cárcel, sus derechos parlamentarios, incluyendo el cobro de retribuciones y su participación en votaciones, habrían quedado automáticamente suspendidos. Y es que, según interpretan los letrados, en los procedimientos abreviados como el que instruye el juez Puente, no existe un «auto de procesamiento firme» como se menciona en el citado artículo del reglamento.

Personalizar cookies