La Comisión Constitucional aprueba el dictamen de la Proposición de Ley que modifica el Derecho de Asociación para extinguir la Fundación Franco

El texto llegará al Pleno a mediados de abril. Finalmente, no se ha incluido la transaccional impulsada para revertir los juicios rápidos por okupación

El diputado del PSOE, Artemi Rallo, ponente de la Proposición de Ley sobre el Derecho de Asociación, en una imagen de archivo durante un pleno en el Congreso de los Diputados | Eduardo Parra (Europa Press).

El diputado del PSOE, Artemi Rallo, ponente de la Proposición de Ley sobre el Derecho de Asociación, en una imagen de archivo durante un pleno en el Congreso de los Diputados | Eduardo Parra (Europa Press).

La iniciativa que pretende disolver la Fundación Francisco Franco, así como otras similares, ya está lista para ser votada en el Pleno del Congreso y enviarla al Senado. La Comisión Constitucional ha aprobado este martes el dictamen de la Proposición de Ley impulsada por el PSOE para modificar la Ley Orgánica 1/2002 reguladora del Derecho de Asociación. El texto, que pretende extinguir cualquier asociación que ensalce el franquismo o concurra en menosprecio y humillación hacia las víctimas del golpe de Estado de 1936 y la posterior dictadura, ha cosechado el rechazo de Vox y la abstención del Partido Popular.

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La ley

De concretarse su aprobación, se añadiría una nueva Disposición adicional quinta, de Disolución de asociaciones, a la Ley reguladora del Derecho de Asociación.

La proposición de ley establece que, con independencia de los fines y actividades sociales recogidos en los estatutos, así como de su inscripción registral, será causa de disolución de las asociaciones la realización de actividades que constituyan apología del franquismo, bien ensalzando el golpe de Estado de 1936 o la dictadura posterior o bien enalteciendo a sus dirigentes, cuando concurra menosprecio y humillación de la dignidad de las víctimas del golpe de Estado, de la guerra de España, o del franquismo.

La extinción se ejecutaría mediante resolución judicial. En los procesos abiertos, el órgano judicial competente, de oficio o a instancia de parte, podría acordar la suspensión provisional de la asociación hasta que se dicte sentencia firme. Correspondería al Ministerio Fiscal el ejercicio de la acción en este tipo de procesos.

Durante la ponencia se incorporó que el propio Ministerio Fiscal valorará el ejercicio de la acción penal de disolución por delitos relativos al ejercicio de derechos fundamentales, especialmente en lo relativo al delito de asociación ilícita, cuando concurran los supuestos de incitación al odio o a la violencia descritos en el primer apartado.

De igual forma, se reconoce legitimación activa en esta materia a las asociaciones, entidades o personas jurídicas que tengan como fines la defensa de la memoria democrática y de las víctimas del golpe de Estado de 1936 y de la dictadura

Los socialistas argumentan que la iniciativa es el resultado de la aplicación de la Ley de Memoria Democrática, ya que insta a hacer frente a las organizaciones que difundan discursos de incitación al odio y a la violencia en espacios públicos.

Entre las medidas que recoge dicha normativa figura la Disposición adicional séptima, que precisamente, daba un plazo de un año -desde la entrada en vigor de la ley- para que el Gobierno modificara la Ley de Derecho de Asociación para justificar la disolución de este tipo de organizaciones.

Si bien el artículo 22 de la Constitución proclama en amplios términos el derecho de asociación, el Grupo Socialista entiende que el proceso de memoria impulsado mediante la ley del 2022 limita a las asociaciones, pues estas no pueden ser ajenas a los “procesos memorialistas”.

La diputada del Partido Popular María Jesús Moro, ponente de la ley, ha justificado su posición argumentando que no se aceptaron sus enmiendas para hacer extensible la disolución a todas las asociaciones totalitarias, incluidas las que ensalzaran el comunismo y el terrorismo, especialmente el de ETA.

Por su parte, el diputado de Vox Carlos Flores ha augurado que los tribunales no podrán aplicar la ley con motivo de la redacción de la misma.

El roto y el descosido

El pasado mes de noviembre el PNV logró colar una enmienda en el Proyecto de Ley de eficiencia judicial por un error en la votación en Pleno de ERC y EH Bildu que modificaba la Ley de Enjuiciamiento Criminal para incluir el allanamiento de morada y la usurpación de bien inmueble en la lista de delitos de enjuiciamiento rápido.

Desde entonces, el Ejecutivo busca una vía para revertirlo y, aprovechando una enmienda de Podemos a la Proposición de Ley del Derecho de Asociación, pretendía integrar una transaccional durante la ponencia.

Sin embargo, no hubo mayoría y, finalmente, se ha optado por no dejar viva la transaccional, por lo que no ha sido votada en la Comisión Constitucional.

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