La Junta Electoral Central (JEC) ha validado como “ajustado a derecho” el acuerdo que la Junta Electoral de Andalucía (JEA) adoptó el pasado 14 de abril, a raíz de una denuncia del PP-A contra la secretaria general y candidata del PSOE-A a la Presidencia de la Junta, María Jesús Montero, por una “petición expresa de voto” a su formación durante la reunión del Comité Director de la federación socialista andaluza, máximo órgano entre congresos, celebrada el 10 de abril en Cádiz.
Así consta en un acuerdo de la JEC fechado este jueves, 23 de abril, al que ha tenido acceso Europa Press, en el que se rechaza el recurso interpuesto por el PSOE-A contra la resolución emitida previamente por la Junta Electoral de Andalucía.
En aquella decisión del 14 de abril, la JEA concluyó que tanto María Jesús Montero como el PSOE-A habían “infringido el artículo 53” de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (Loreg) al “realizado una petición expresa del voto para su formación política antes del inicio de la campaña electoral” de las elecciones andaluzas, “cuyo comienzo tendrá lugar el próximo 1 de mayo de 2026”.
Como consecuencia, la Junta Electoral de Andalucía resolvió “instar” a Montero a que, “hasta el inicio de la campaña electoral, se abstenga de realizar actuaciones como la examinada que supongan vulneración del deber de no realizar petición expresa del voto en favor de una formación política”.
Además, ordenó al PSOE-A que, “de forma inmediata”, retirase “del 'post' publicado en su cuenta de la red social X, de su canal en YouTube y de cualquier otro medio, página web o canal de cualquier plataforma en Internet que sea de su responsabilidad, los cortes relativos a petición del voto incluidos en el vídeo” sobre la citada reunión del Comité Director del partido.
Declaraciones de Montero y valoración de la JEC
Tanto el acuerdo de la JEA como el ahora ratificado por la Junta Electoral Central reproducen literalmente las palabras de María Jesús Montero en ese encuentro del Comité Director, en el que afirmó que “si las personas hombres y mujeres que sabían lo que nos jugábamos en el gobierno de España toman conciencia de lo que nos jugamos en el próximo encuentro electoral, el próximo 17 de mayo, estoy convencida de que acudirán a votar a nuestras urnas y acudirán a hacerlo siempre desde la convicción de que depositando en el partido socialista su voto van a tener la capacidad de sentirse protagonistas de las políticas y sentirse los tributarios de todo aquello que somos capaces de impulsar desde nuestra iniciativa”.
En la misma intervención, Montero añadió que “Le pedimos esa confianza a los ciudadanos, le pedimos ese esfuerzo a los ciudadanos, que cojan nuestra papeleta, que acudan a votar con ilusión, sintiéndose protagonistas de los próximos cuatro años de Andalucía, porque vamos a construir un futuro para todos los andaluces...”, según se recoge igualmente en el acuerdo de la Junta Electoral Central.
La JEC destaca que “el núcleo central de la controversia” se sitúa en determinar si “en el acto denunciado se produjo o no una petición expresa del voto” por parte de la candidata socialista. Tras analizar el expediente y las manifestaciones reproducidas, el órgano central indica que “no puede dejar de compartir el criterio de la Junta Electoral de Andalucía apreciando la existencia de una petición del voto al electorado, expresa, inequívoca y concluyente (...) a favor de la formación política a la que pertenece” María Jesús Montero.
En consecuencia, la Junta Electoral Central considera “ajustado a derecho” el acuerdo de la JEA de 14 de abril y concluye que el recurso formulado por el PSOE-A “debe ser desestimado”.
El pronunciamiento de la JEC es “firme en vía administrativa”, aunque “cabe la interposición de recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses desde su notificación”.