La Mesa del Congreso tiene previsto calificar este viernes la Proposición de reforma del Reglamento del Congreso para regular la concesión de credenciales de prensa, así como establecer unas normas de convivencia que garanticen la labor de los profesionales de la información, orillando «comportamientos inaceptables», según reza la exposición de motivos de la iniciativa, que ha sido impulsada por todos los grupos parlamentarios a excepción de Partido Popular y Vox. También se quiere aprovechar el momento para abrir el voto telemático a situaciones excepcionales debidamente acreditadas.
Tiempo ha que asociaciones profesionales como la Asociación de Periodistas Parlamentarios (APP) urgen a la Cámara Baja a articular una suerte de Código de Conducta que rija el comportamiento de los periodistas para evitar situaciones que en los últimos años se han sucedido con asiduidad, hasta el punto de que se han celebrado concentraciones y firmado manifiestos «en defensa del periodismo parlamentario».
«Durante la presente legislatura, las personas que se dedican al periodismo parlamentario están viendo perturbado gravemente el ejercicio de su derecho a la información por otras que, pese a estar acreditadas por la Cámara como profesionales de la comunicación, se dedican a intimidar, faltar al respeto y dificultar sistemáticamente la labor de los y las periodistas que defienden que no se obstaculice el trabajo informativo en el Parlamento», reza la propuesta.
Su demanda ha sido atendida y, en sintonía PSOE, Sumar, Esquerra Republicana de Catalunya (ERC), Junts, EH Bildu, PNV, Podemos, BNG y CC han registrado una propuesta de reforma del Reglamento.
¿Cómo?
En concreto, pretenden modificar el artículo 98, relativo a las publicaciones del Congreso y de la publicidad de sus trabajos. La propuesta otorgaría a la Mesa del Congreso la potestad de fijar los requisitos que resulten exigibles para que la concesión y renovación de acreditaciones atienda al derecho a la información veraz y el buen funcionamiento de la Cámara.
Entre los criterios para la renovación se tendría en cuenta la existencia de vulneraciones previas.
Así las cosas, los profesionales de los medios de comunicación deberán respetar en todo momento las reglas de cortesía parlamentaria y las directrices e instrucciones que acuerde la Mesa. Entre otras cosas, no se podrán realizar grabaciones gráficas o sonoras dentro de las dependencias de la Cámara sin autorización de la Presidencia.
Cada grupo parlamentario designará a una persona encargada que coordine las ruedas de prensa y los encuentros para garantizar el orden.
El incumplimiento de la normativa, así como de las reglas de cortesía parlamentaria, implicará la imposición de sanciones, que pueden ser leves, graves o muy graves.
- Leves: Constituirían infracciones leves la omisión de información requerida en la solicitud de la credencial y/o el acceso a espacios de uso común ajenos a los acotados para los profesionales de los medios de comunicación.
En caso de reincidir en infracciones leves en más de dos ocasiones, se incurriría en una infracción grave.
Las infracciones leves se sancionarían con un apercibimiento y, en su caso, la suspensión de la credencial por hasta diez días hábiles. - Graves: Se entendería por infracciones graves la inclusión de información falsa en la solicitud de la credencial; la grabación de imágenes o audios sin autorización; el acceso a espacios reservados tales como despachos o zonas de reunión; interrumpir ruedas de prensa; no respetar las instrucciones del personal; publicar imágenes obtenidas contra la normativa aplicable, ya sea en medios o en redes sociales; así como cualquier comportamiento que pueda perjudicar el buen funcionamiento de la actividad en la Cámara.
En estos casos, la suspensión de la credencial podría oscilar entre los 10 días y los tres meses. - Muy graves: La inclusión de información falsa a la hora de solicitar la acreditación; la grabación de imágenes o audios mediante dispositivos ocultos; la interrupción del orden de las sesiones parlamentarias o cualquier tipo de comportamiento que perjudique gravemente la actividad; así como la reincidencia de infracciones graves.
Este tipo de infracciones podría sancionarse con la retirada de la acreditación entre tres meses y cinco años o, incluso, con la revocación definitiva de la misma.
Las sanciones se impondrán al infractor del medio de comunicación. Sin embargo, en los casos graves o muy graves, el medio no podrá sustituir a la persona por otra durante el tiempo que dure la suspensión.
Si la infracción se refleja en una publicación en un medio de comunicación que no indica la autoría, se suspenderán todas las credenciales vinculadas a dicho medio de comunicación por un tiempo de entre seis meses a tres años.
Además, se apuesta por crear un Consejo Consultivo de Comunicación Parlamentaria, que estaría integrado por un miembro de cada uno de los grupos parlamentarios y que contará con la presencia de entidades representativas de los colectivos profesionales en el ámbito de la información. La Mesa de la Cámara regulará el funcionamiento y el régimen de adopción de acuerdos de este órgano
El procedimiento sancionador se regirá por lo establecido por la Mesa de la Cámara. Iniciado un procedimiento sancionador, el Consejo Consultivo de Comunicación Parlamentaria dispondrá de un plazo de quince días para la elaboración de un informe en el que podrá proponer, en su caso, la adopción de sanciones. Una vez elaborado el informe o transcurrido este plazo, la tramitación y resolución del procedimiento corresponderá a la Mesa de la Cámara.
Vote telemático
La propuesta de reforma del Reglamento incluye también la apertura del voto telemático en los siguientes escenarios:
- Embarazo, maternidad, paternidad, adopción o guarda con fines de adopción o acogimiento, así como tratamientos de reproducción asistida.
- Motivos de salud o accidente.
- Necesidad de atender al cuidado del cónyuge o pareja de hecho, familiares por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado, así como de otras personas dependientes.
- Fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.
- Asistencia a actos o eventos de carácter internacional en representación del Congreso de los Diputados debidamente autorizados por la Mesa de la Cámara.
- Asistencia a reuniones y conferencias de representación institucional en el extranjero en cumbres europeas, iberoamericanas, de la OTAN, del G-20, así como reuniones oficiales de la Asamblea General de Naciones Unidas, de sus Convenciones, o asimilados y otros compromisos de carácter internacional, cuando la participación en sus actividades oficiales impida la asistencia a la sesión plenaria.
- Otras situaciones excepcionales de especial gravedad que impidan el desempeño de la función parlamentaria debidamente justificadas.
Para solicitarlo, el diputado o diputada habrá de cursar solicitud mediante un escrito a la Mesa del Congreso justificando que concurre en alguna de las antecitadas circunstancias.