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DGT y patinetes eléctricos: no habrá seguro ni matrícula obligatorios el 2 de enero de 2026

Los usuarios de patinetes eléctricos y otros Vehículos de Movilidad Personal (VMP) no estarán obligados a contratar un seguro ni a matricular el vehículo el próximo 2 de enero de 2026, pese a que la ley fijaba esa fecha como inicio de la exigencia. La razón es administrativa: el registro estatal en el que deben inscribirse estos vehículos aún no está regulado ni operativo, según ha aclarado la Dirección General de Tráfico

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La DGT ha explicado que el real decreto que dará cobertura jurídica al registro de VMP se está tramitando por la vía de urgencia, pero no llegará a tiempo para entrar en vigor antes del 2 de enero. Mientras ese registro no exista y funcione, no puede exigirse el seguro obligatorio, ya que la contratación del mismo está vinculada legalmente a la inscripción previa del vehículo.

Qué patinetes sí deberán tener seguro desde enero

La excepción afecta a un grupo concreto de VMP. Aquellos vehículos de más de 25 kilos de peso y con capacidad para superar los 14 kilómetros por hora sí deberán contar con un seguro obligatorio, aunque no estén inscritos en el registro, y tendrán de plazo para hacerlo hasta el 26 de enero.

Para el resto de patinetes eléctricos de uso habitual en ciudad, la exigencia del seguro y de la matrícula queda aplazada hasta que el registro sea aprobado y esté plenamente operativo, algo para lo que todavía no hay una fecha oficial.

Una ley en vigor sin el reglamento clave

La obligación del seguro para los VMP fue introducida por la Ley 5/2025, publicada en el Boletín Oficial del Estado a finales de julio, que fijaba el 2 de enero como fecha de entrada en vigor. La norma preveía, además, la creación de un registro público gestionado por Tráfico, condición indispensable para poder identificar los vehículos y vincularlos a un seguro.

Sin embargo, los reglamentos necesarios para desarrollar la ley aún no han completado su tramitación. El proyecto de reglamento del seguro obligatorio, impulsado por el Ministerio de Economía, cerró su fase de información pública el 19 de diciembre, mientras que el texto que modifica el Reglamento General de Vehículos para crear el registro lo hizo el 16 de diciembre.

Qué ocurre si hay un accidente sin seguro

Aunque el seguro obligatorio no sea todavía exigible, la ley establece un mecanismo de protección para los daños personales. El Consorcio de Compensación de Seguros actuará como garante en los accidentes provocados por VMP sin seguro cuando se produzcan lesiones personales, aunque no cubrirá los daños materiales.

Una vez el seguro sea obligatorio, circular sin él podrá acarrear sanciones de entre 200 y 1.000 euros, además de las responsabilidades civiles que correspondan en caso de siniestro.

Un mercado pendiente de adaptación

Hasta ahora, asegurar un patinete eléctrico era voluntario. Las principales aseguradoras ya ofrecen este tipo de pólizas, aunque deberán adaptarlas o crear productos específicos que cumplan los requisitos del seguro obligatorio, como los capitales mínimos de cobertura.

Según datos de la Fundación Mapfre, en 2024 se registraron 396 siniestros con VMP implicados, un 23% más que el año anterior, con 240 heridos y 14 fallecidos. La futura obligación del seguro cubrirá indemnizaciones por daños personales de hasta 6,45 millones de euros por siniestro, y por daños materiales de hasta 1,3 millones, aunque quedan excluidos supuestos como la explosión o combustión del vehículo cuando se almacena fuera de zonas destinadas a aparcamiento.

Hasta que el registro sea una realidad, la situación queda clara: el 2 de enero de 2026 no habrá obligación general de seguro ni matrícula para los patinetes eléctricos, aunque la regulación definitiva sigue en marcha y llegará en una segunda fase.