El líder del Partido Popular, Alberto Núñez Feijóo, presentó el pasado lunes (25 de agosto) un plan de 50 medidas contra los incendios forestales. Entre ellas, llama la atención la que propone “crear un Registro Nacional de Pirómanos para identificar a los condenados por incendios, e imponer pulseras telemáticas, especialmente durante los meses de mayor peligro de incendios forestales”. ¿Tiene realmente sentido esta proposición?
En la presentación del plan, Feijóo subrayó la importancia de “objetivar” la administración de situaciones de emergencia para evitar que se conviertan en motivo de disputa política. Para ello, planteó la creación de estándares “objetivos, transparentes y vinculantes”, que estén dirigidos por expertos con trayectoria en este ámbito.
Según explicó, el propósito es asegurar una actuación ágil y coordinada entre los recursos autonómicos, la Unidad Militar de Emergencias (UME), el soporte logístico del Ejército y la puesta en marcha de mecanismos europeos cuando sea preciso.
¿Quién provoca los incendios en España?
Diversas estadísticas consultadas por Demócrata muestran que el porcentaje de incendios provocados por pirómanos en España es realmente bajo.
Una de ellas es la del Anuario Estadístico del Ministerio del Interior correspondiente a 2023, en el que se informa de que la Guardia Civil tuvo conocimiento de 2.944 incendios forestales en ese año, de los que 225 (8%) fueron intencionados (el mismo porcentaje que en 2022). El resto se debieron a causas accidentales (7%), naturales (8%), negligencias (10%) y causas desconocidas (67%). Si solo se tienen en cuenta los fuegos de los que se conoce el motivo (967), el porcentaje de incendios intencionados es del 23,3%.
Otro informe con cifras similares es la última memoria de la Fiscalía General del Estado. Con datos de ésta, en 2023 se detuvo o investigó a 402 personas por provocar incendios. Respecto a las causas, el 68% fueron debido a negligencias y el 19% intencionados. La media de incendios intencionados, entre 2019 y 2023, es del 23,98%.
Que alrededor del 23% de fuegos sean intencionados, implica que los que son obra de pirómanos son bastantes menos, puesto que hay que diferenciar entre pirómano (según la Real Academia Española, “que padece piromanía”, es decir, “tendencia patológica a la provocación de incendios”) e incendiario (“que incendia con premeditación, por afán de lucro o por maldad”).
A este respecto, el informe Los incendios forestales en España (Decenio 2006-2015), elaborado por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación –que sí discrimina los provocados por pirómanos–, los cifra en el 7,17% de los incendios intencionados en esos 10 años.
Esto dice el Código Penal sobre los aparatos electrónicos de seguimiento
La segunda pata de la propuesta de Feijóo consiste en imponer pulseras telemáticas a los pirómanos. Algo que ya está contemplado en el Código Penal.
Para comprobarlo hay que consultar, en primer lugar, el artículo 20 del mismo, en el que se apunta que está exento de responsabilidad criminal “el que, al tiempo de cometer la infracción penal, a causa de cualquier anomalía o alteración psíquica, no pueda comprender la ilicitud del hecho o actuar conforme a esa comprensión”.
Hay que subrayar que la piromanía está contemplada en el Manual Diagnóstico y Estadístico de los Trastornos Mentales. Además, en el Instituto de Psicología Forense, se dice que “la imagen socio-cultural del ‘pirómano’ es la de un enfermo mental obsesionado con el fuego”. Y agregan que los diagnósticos de piromanía en un sentido clínico-psiquiátrico son poco frecuentes. La prevalencia de este trastorno se sitúa en torno al 0,4% de la población general y entre el 1-3% de los incendiarios procesados penalmente.
Volviendo al Código Penal, el artículo 105 establece que, a los sujetos reflejados en el artículo 20, el juez o el Tribunal les puede imponer, entre otras medidas, la de “libertad vigilada”, que habilita, según el artículo 106, a “la obligación de estar siempre localizable mediante aparatos electrónicos que permitan su seguimiento permanente”.