Se cumplen 45 años de la publicación en el BOE de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional (TC), cuyo fin, conformar un órgano encargado de interpretar la Carta Magna cristalizó en julio de 1980 con la constitución de su Pleno. Entre los 12 magistrados elegidos por el Congreso, el Senado, el CGPJ y el Gobierno, solo hubo una mujer: Gloria Begué.
Nacida en León en 1936, fue la primera catedrática de una Facultad de Derecho en España, la primera en convertirse en Decana, la primera magistrada y la primera mujer en ocupar un cargo de responsabilidad en el TC: vicepresidenta entre 1986 y 1989, bajo el mandato de Francisco Tomás y Valiente.
El nombramiento de Begué como magistrada se produjo a propuesta del Senado. La UCD y el PSOE acordaron incluir su nombre entre los cuatro candidatos que les correspondía elegir. Además de una acreditada y dilatada carrera como jurista, había formado parte de «la casa». Ella fue uno de los 41 senadores escogidos a dedo por el Rey Juan Carlos I para formar parte de la Legislatura Constituyente.
«Imperdonable e irresponsable»
A su llegada a la Cámara Alta en el verano de 1977, Begué se integró en el Grupo Parlamentario Agrupación Independiente donde desempeñó el cargo de Portavoz adjunta. Compuesto por trece senadores, todos de designación Real, compartió bancada con figuras como Camilo José Cela, Julián Marías, Víctor de la Serna o Jaime Carvajal y Urquijo.
Junto a Belén Landáburu, Begué fue la única senadora que intervino en todas las fases del debate del proyecto de Constitución mediante la presentación de enmiendas y en los debates en comisión y Pleno. Los ejes que vertebraron su acción legisladora fue la educación, los principios rectores de la política social y económica y los derechos de los consumidores.
Al art. 27 (en el proyecto art.25) sobre el derecho a la educación y la libertad de enseñanza la Agrupación Independiente presentó cuatro enmiendas. En la defensa de una de ellas Begué instó al apoyo del resto de grupos para blindar la calidad de la enseñanza.
«Creemos que con la aprobación de esta enmienda se subsanaría una omisión sin duda alguna involuntaria, pero que en el inquietante panorama educativo español, resultado de una política que apenas se preocupó de garantizar la calidad de la enseñanza, resultaría verdaderamente imperdonable: nos atreveríamos a decir que irresponsable», sentenció en su turno de palabra.
Begué también intervino en el Pleno del debate del dictamen del Proyecto de Constitución y desde la tribuna hizo un manifiesto sobre la importancia de la educación en una sociedad democrática en construcción, como era la española.
En el ámbito de los pilares rectores de la política social y económica previstos en el art.40 (en el proyecto art.36), conviene mencionar que sin su participación no se entendería su actual redacción.
En una de sus intervenciones en comisión, la senadora mostró su sorpresa por la heterogeneidad del texto procedente del Congreso: «En él se distinguen claramente, sin aparente conexión, dos partes: una, en la que se hace referencia a objetivos de política macroeconómica –estabilidad y pleno empleo–, y otra, en la que se recogen cuestiones muy concretas relativas a las condiciones de trabajo«.
Su apuesta pasaba por separar en dos puntos y dos unidades gramaticales cada una de las vertientes del artículo. En consecuencia, la primera parte lo que haría es garantizar el derecho al trabajo y la segunda garantizaría el derecho de los trabajadores a unas condiciones de trabajo adecuadas:
La tercera cuestión en la que Begué se implicó de manera especial fue el art. 51 (en el proyecto art.47). En ella recalcó la importancia de que el texto recogiera los objetivos de la política de defensa del consumidor según la doctrina de la OCDE a la que España pertenecía desde hacía décadas:
- La protección de su salud y seguridad
- La protección eficaz de sus intereses económicos
- La información y la educación de los consumidores
- La consulta y representación de los consumidores en relación con las decisiones que les conciernen
Así defendió la modificación del texto en la Comisión Constitucional el 30 de agosto de 1978:
Más allá de sus tareas constituyentes, Begué fue vicepresidenta 1º de la Comisión Especial de Política Científica, y vocal en las comisiones de Economía y Hacienda y de Presupuestos.
Con la disolución de las Cortes en 1979, desapareció también la figura de «senador por designación Real» y ahí acabó su carrera política en primera fila. No obstante, durante la construcción del mapa autonómico se mantuvo en una discreta segunda línea desempeñando la Vicepresidencia de la comisión mixta Administración del Estado-Consejo General de Castilla y León, encargada de gestionar el traspaso de competencias.
Centenares de sentencias
Begué fue nombrada magistrada en 1980 y se mantuvo en el cargo hasta 1989, concluido el período de nueve años por el que fue elegida. Además, en 1986 se convirtió en vicepresidenta. No volvería a ver una mujer en el Pleno hasta 1998 con la llegada de María Emilia Casas Baamonde que acabaría presidiendo el TC.
Durante su mandato actuó como ponente en más de un centenar de sentencias entre las que destaca la Sentencia del Tribunal Constitucional (STC) 15/82 (objeción de conciencia). El tribunal estimó en parte el recurso de amparo presentado por un objetor a quien reconoció el derecho a que se aplazará su incorporación a filas hasta que se dictará la ley que desarrollase el derecho a la objeción de conciencia, recogido en el artículo 30.2 de la Constitución.
Según la sentencia, la objeción de conciencia consistiría más que en «el derecho a no prestar el servicio militar a ser declarado exento del deber general de prestarlo y a ser sometido, en su caso, a una prestación social sustitutoria». La ley que desarrolló la objeción de conciencia no llegaría hasta 1984. Fue también ponente en la sentencia de la Ley Orgánica de Armonización del Proceso Autonómico (LOAPA).
Un escándalo y un voto particular
Entre sus actuaciones cabe resaltar su discrepancia respecto de la mayoría en la votación del recurso de inconstitucionalidad sobre el Decreto Ley de expropiación del grupo de empresas Rumasa. El recurso presentado por el Grupo Popular fue desestimado por el voto de calidad del entonces presidente del Tribunal Constitucional, Manuel García Pelayo.
Begué junto a cinco compañeros, optaron por emitir un voto particular en el que detallaban las razones por las que a su juicio, el Real Decreto empleado en la mediática operación no se ajustaba a Derecho.
Por otro lado, coincidiendo con el criterio mayoritario del Tribunal, se pronunció a favor de la inconstitucionalidad del Proyecto de Ley Orgánica impulsado por el Gobierno de Felipe González en 1985 de despenalización parcial de la interrupción voluntaria del embarazo.
El fallo señalaba que la norma era disconforme con la Constitución, «no en razón de los supuestos en que declara no punible el aborto, sino por incumplir en su regulación exigencias constitucionales derivadas del art.15». Después de conocer el veredicto, el Ejecutivo se decantó por realizar las modificaciones exigidas a fin de adaptar el texto legal a la Carta Magna.
Tras su paso por el Constitucional, regresó a la Universidad de Salamanca y se reincorporó a la dirección del departamento de Economía Aplicada de la Facultad de Derecho hasta su jubilación. Paralelamente, desempeñó cargos de responsabilidad en organismos como el Instituto Europeo de España o el Comité de Expertos de la Expo 92. En 1998 formó parte del jurado de los Premios Príncipe de Asturias de Ciencias Sociales.
Fue designada académica de número (medalla 40) de la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas, de la que prefirió no tomar posesión. Estuvo en posesión de la Gran Cruz de la Orden de Isabel la Católica, de la Gran Cruz de la Orden del Mérito Civil y de la Orden del Mérito Constitucional. Falleció el 27 diciembre de 2016.