El magistrado del Tribunal Supremo Leopoldo Puente ha dictado un auto por el que acuerda inhibirse de parte de la causa especial 20775/2020 —relativa al denominado caso Koldo— y remitir al Juzgado Central de Instrucción número 2 la investigación sobre los pagos en metálico efectuados en la sede del PSOE. El auto plantea la hipótesis de posibles irregularidades en la gestión interna de fondos y abre la puerta a nuevas diligencias fuera del ámbito de aforamiento de José Luis Ábalos. Será la Audiencia Nacional la que decida si hay indicios suficientes para abrir una investigación al respecto.
Posibles pagos en efectivo fuera de contabilidad
Según el documento judicial, un informe policial de 8 de octubre refiere “comunicaciones relativas a posibles pagos en metálico” por parte del PSOE a José Luis Ábalos y a Koldo García que no constan en la información oficial remitida por el partido. Aunque algunos de esos movimientos coinciden con registros contables, otros no se encuentran documentados “teniendo en cuenta sus fechas y sus importes”.
El magistrado destaca que los testigos llamados —Celia Rodríguez Alonso, trabajadora de la Secretaría de Organización, y Mariano Moreno Pavón, director gerente del partido— confirmaron que los pagos oficiales estaban reflejados en la contabilidad socialista. Sin embargo, admitieron que existían devoluciones de gastos gestionadas directamente por Koldo García, sin control suficiente ni comprobaciones posteriores.
Sin control real sobre los gastos en efectivo
El auto subraya que el director gerente reconoció que la simple firma del entonces secretario de Organización, José Luis Ábalos, bastaba para autorizar devoluciones en metálico, sin verificación ni trazabilidad. Incluso se relata que parte de esos pagos se entregaban directamente a Koldo García o a personas designadas por él, “sin constancia de su posterior distribución”.
El juez observa además que no quedó aclarado el origen de las cantidades en efectivo empleadas por el partido, más allá de que procedieran de remesas bancarias de su cuenta de funcionamiento, nutrida por subvenciones, cuotas y donaciones, algunas también en metálico. Tampoco se explicó por qué motivo se usaba efectivo en lugar de transferencias bancarias, ni si ese procedimiento se mantiene o fue ya cesado.
Testimonios clave y nuevas pistas
El documento cita la declaración de María del Carmen Pano Sánchez, quien aseguró haber entregado personalmente 45.000 euros en dos ocasiones en la sede federal del PSOE en octubre de 2020. El instructor considera que estos hechos “deben ser despejados, tras practicarse la investigación correspondiente”, al poder reflejar “conductas o actividades irregulares, e incluso potencialmente delictivas”.
Ábalos, único aforado; el Supremo se desliga del resto
Pese a estas conclusiones, el magistrado Puente precisa que la competencia del Supremo se limita a la condición de aforado de Ábalos y que “la actividad del partido político no se halla inescindiblemente vinculada” a los hechos presuntamente delictivos. Por ello, ordena remitir las actuaciones al Juzgado Central de Instrucción n.º 2 para que, si aprecia indicios, abra una investigación independiente sobre los pagos en metálico.
Continúa la sombra del ‘caso Koldo’
El auto se dicta en un momento especialmente para el PSOE, que había remitido voluntariamente documentación complementaria en julio, septiembre y octubre para aclarar su posición. La derivada judicial, sin embargo, amplía el alcance de la causa más allá de Koldo García e introduce un nuevo foco en la financiación interna y los mecanismos de control de la Secretaría de Organización durante la etapa de Ábalos.
El Supremo da así un nuevo paso en el esclarecimiento del ‘caso Koldo’, abriendo una vía paralela de investigación sobre la gestión del dinero en metálico dentro del PSOE, con posibles implicaciones penales aún por determinar.
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