Tussam obligada a asignar turno de mañana a trabajador por estudios de piano vespertinos

Archivo - Autobús de Tussam circulando por el centro de la ciudadMaría José López - Europa Press - Archivo

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha reconocido el derecho de un empleado de Transportes Urbanos de Sevilla (Tussam), entidad del Ayuntamiento de Sevilla, a ocupar el turno de mañana durante el año académico 2018-2019 debido a sus estudios de piano en horario de tarde, obligando a la compañía municipal a aceptar esta solicitud después de haberla rechazado inicialmente.

Según una resolución divulgada el 14 de mayo por Europa Press, el TSJA analizó el caso tras una apelación del trabajador contra una decisión previa del Juzgado de lo Social número once de Sevilla, que había rechazado su demanda inicial.

En su veredicto, el TSJA subrayó que el empleado solicitó el turno matinal para el periodo mencionado, basándose en el artículo 56 del convenio colectivo y el hecho de estar inscrito en la Escuela Municipal de Música de Espartinas, donde seguía la Especialidad Reglada de Piano en horario de martes y jueves de 18,00 a 21,00 horas y el miércoles de 19,00 a 20,00 horas.

LA NATURALEZA DE LAS ENSEÑANZAS

El Juzgado de lo Social número once inicialmente desestimó la demanda argumentando que las enseñanzas impartidas no eran profesionales ni otorgaban un título oficial, según la Ley Orgánica 2/2006, de Educación. No obstante, el TSJA determinó que, aunque los estudios no conllevan a una titulación oficial o profesional, sí son considerados oficiales ya que están regulados y supervisados por la Autoridad Educativa según el decreto autonómico.

FIGURA EN EL CONVENIO

El tribunal añadió que el artículo 19.6.b) del convenio colectivo de Tussam permite que los trabajadores no sean asignados a turnos rotativos si cursan ‘estudios oficiales’, un término que incluye aquellos sin titulación oficial pero que cuentan con la supervisión de la Autoridad Educativa. En consecuencia, el TSJA falló a favor del trabajador, anulando la sentencia previa y reconociendo su derecho al turno deseado para el curso académico en cuestión.

Personalizar cookies