Veto de PP y Vox en Jumilla: una moción para prohibir actividades religiosas que «roza lo inconstitucional»

Una moción del único concejal de Vox apoyada por los 10 ediles del PP en la localidad murciana pone en el foco el debate identitario religioso. El profesor titular de Derecho Constitucional Germán M. Teruel resuelve para Demócrata las dudas sobre la legalidad de lo aprobado: "promover una determinada religión frente a otras la hace incompatible con la Constitución"

(Foto de ARCHIVO) Decenas de personas durante la celebración del fin del Ramadán en el Parque del Casino de la Reina, a 10 de abril de 2024, en Madrid (España) | FERNANDO SÁNCHEZ (EP)

Jumilla, un municipio de más de 27.000 habitantes situado al norte de la Región de Murcia, ha protagonizado la actualidad política de las últimas horas. La polémica llega por una moción política aprobada en el pleno del Ayuntamiento de Jumilla con los votos de PP y Vox sobre «la defensa de los usos y costumbres del pueblo español frente a las prácticas culturales foráneas como ‘la Fiesta del Cordero’, y modificación del reglamento de uso y funcionamiento de instalaciones deportivas». Los 10 ediles populares unían sus apoyos así al único concejal de Vox en la corporación para instar a restringir el uso de unas instalaciones que en el pasado han acogido ritos religiosos islámicos.

En el escrito original registrado la formación de Santiago Abascal, se instaba a las autoridades municipales a prohibir la celebración pública de «conmemoraciones ajenas a nuestras tradiciones por tratarse de prácticas incompatibles con la identidad y usos y costumbres de la nación española». En el ánimo del texto también son constantes las alusiones a la defensa de las tradiciones frente a las «culturas foráneas».

Un poder público no puede asumir que hay una religión que es «nuestra». Va en contra de la esencia constitucional de que somos un Estado aconfesional.

Germán R. Teruel Lozano, profesor titular de Derecho Constitucional

Sin embargo, el texto que finalmente salió adelante en el Pleno municipal celebrado la semana pasada es el resultado de una enmienda de modificación del PP, por el que la iniciativa quedaba reducida de siete a dos puntos. El PP soslayaba así los aspectos más polémicos, muchos de ellos claramente inconstitucionales, pero mantenía el espíritu de una moción que si bien no tiene validez jurídica, sí es simbólica por su papel de orientación de la acción política del ayuntamiento.

El primer punto de la moción modificada insta al equipo de Gobierno a promover actividades que defiendan y protejan los valores y «manifestaciones religiosas tradicionales en nuestro país». En el segundo, a iniciar los trámites de modificación del reglamento de uso y funcionamiento de instalaciones deportivas. Aunque se ha eliminado cualquier referencia a las fiestas musulmanas o el rechazo a estas mismas, persisten las dudas sobre la constitucionalidad de lo aprobado.

El debate jurídico en cuestión orbita en torno a si lo aprobado se ajusta o no al artículo 16 de la Constitución, donde se recoge el derecho fundamental a «la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la ley».

Para resolver las dudas de carácter legal que plantea la moción, Demócrata ha preguntado al doctor en Derecho y profesor titular en Derecho Constitucional en la Universidad de Murcia Germán M. Teruel Lozano.

Pregunta: ¿Considera que el texto aprobado es inconstitucional?

Respuesta: Creo que roza la inconstitucionalidad y diría que la traspasa. Nuestra Constitución parte de la siguiente premisa: se reconoce la libertad religiosa y la libertad de culto como una libertad de los ciudadanos. Además, se establece la aconfesionalidad del Estado y un deber de colaboración con las distintas confesiones religiosas, especialmente con la Católica.

Aunque en el texto haya una cierta ambigüedad que no existía en la moción original de Vox, que era claramente una aberración democrática, ¿dónde estaría la incompatibilidad o la potencial incompatibilidad? Pues en que se pide que los poderes públicos realicen actuaciones en defensa de «nuestra identidad, valores y manifestaciones religiosas», es decir, se identifica con nuestra identidad nacional, una determinada manifestación religiosa.

Un poder público no puede, bajo ningún concepto, asumir que hay una religión que es «nuestra». Va en contra de la esencia constitucional de que somos un Estado aconfesional. Esa asociación identitaria con promover una determinada religión frente a otras, que se deduce en el primer artículo de la moción, es a mi juicio lo que la hace incompatible con la Constitución.

Esto no es una anécdota local, sino que se inserta en un discurso que estamos viendo a nivel global. El intento de construir una identidad nacional sobre una creencia religiosa y a partir de ahí, apostar por una concepción homogénea antiplural que lleva a cercenar las libertades de las personas, las libertades individuales.

P: Estamos hablando de una moción municipal, ¿qué vinculación jurídica o efectos puede tener?

R: Jurídicamente, ninguna. Una moción es una iniciativa de orientación política, pero sí que es susceptible de control. Puede ser impugnada ante los tribunales ordinarios y, en última instancia, ante el Tribunal Constitucional (TC). Aquí tenemos doctrina que se construyó fundamentalmente cuando el procés en Cataluña. El TC dejó sentado que determinadas mociones políticas, aunque no son actos normativos, sí tienen una eficacia porque piden o instan a una movilización de los poderes públicos. Entonces son susceptibles de control.

P: ¿Considera que esta moción choca con alguna normativa sobre discursos de odio?

R: Ahora mismo hay mucha normativa ante la discriminación, pero yo no veo en esta moción como tal, un problema de discurso del odio o de provocación al odio. Sino como he señalado, la incompatibilidad es más de raíz del sentido del art.16 de nuestra Constitución, en cuanto a su confesionalidad y a cómo se concibe la colaboración con las confesiones religiosas.

Germán M. Teruel Lozano es profesor titular en Derecho Constitucional en la Universidad de Murcia. Doctor en Derecho por la Universidad de Bolonia y por la Universidad de Murcia. Ha sido colegial del Real Colegio de España en Bolonia (2011-2012) e investigador en formación de la Universidad de Murcia (2011-2014). Ha trabajado como asistente técnico parlamentario en el Congreso de los Diputados (2016) y ha colaborado como asesor en materia constitucional hasta 2019.

El PP se defiende

Tras el estallido de la polémica, el propio PP de Jumilla ha hecho público un comunicado en el que aseguraba que «ni el Ayuntamiento de Jumilla ni ningún otro Ayuntamiento de España puede prohibir la libertad religiosa y de culto de ninguna otra comunidad, ya que es un derecho recogido en la Constitución Española«.

Además, han insistido que lo único que se había aprobado era una modificación de una ordenanza municipal del uso de instalaciones deportivas, para que estas se usen exclusivamente para el ámbito deportivo o actividades organizadas por el consistorio.

Minutos antes de la publicación de este comunicado, el vicesecretario de Política Autonómica, Municipal y Análisis Electoral del PP, Elías Bendodo, había defendido que su partido era un partido constitucionalista que respeta las creencias de todos: «Somos el partido de la libertad y por encima de todo está el respeto y es falso que el PP señale a nadie».

Reacciones políticas

A lo largo de la mañana, sin embargo, también se han sucedido las críticas por parte del Gobierno, el resto del arco parlamentario y de diversas entidades religiosas.

La Ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, ha asegurado que van a estar «muy vigilantes para proteger y acompañar a la población» para «frenar cualquier intento de propagar el odio contra la población inmigrante». Además, Saiz ha calificado la moción como «absolutamente racista» y ha expresado su «máxima condena».

Desde el ministerio han trasladado que analizarán y seguirán de cerca, a través de su Observatorio contra el Racismo y la Xenofobia (Oberaxe), los discursos de odio «que puedan derivarse o potenciarse a raíz de estas iniciativas» que, a su juicio, «atentan contra la libertad y dignidad de las personas».

Por su parte, el portavoz del PSOE en el Senado, Juan Espadas, ha lamentado que el PP se sitúe «con la extrema derecha votando contra la convivencia». A su juicio, España no necesita un PP que esté en posiciones «extremas» que «inciten» al «odio, al miedo al diferente». Desde su punto de vista, en la situación actual en el país se espera una oposición que «respalde aquello que beneficia a la gente», no que intente «destruir, ignorar» o que «sencillamente» que no se hable de aquellas cuestiones que mejoran la vida de la gente.

Después de conocer lo sucedido, Podemos en Murcia ha adelantado que llevarán a la Fiscalía “este nuevo disparate del Partido Popular y de Vox”. El secretario de comunicación de los morados en la Región, Víctor Egío, ha recordado que “los espacios públicos son de todos: de los cristianos, de los musulmanes, de los budistas y de los que se identifican con ninguna religión”.

Unión sin distinción

La Comisión Islámica también ha mostrado su preocupación por la aprobación de esta moción a través de su secretario, Mohamed Ajana, en declaraciones a Europa Press. Ajana ha expuesto que «los poderes públicos tienen el deber de garantizar la libertad religiosa y cooperar con las confesiones». «Y lo que estamos viendo en este caso es todo lo contrario. Es intentar obstaculizar la libertad religiosa», ha lamentado.

A esta petición se ha sumado la Conferencia Episcopal Española (CEE), que en un comunicado propio han señalado que, «las restricciones, si buscan proteger el bien común, se deben extender a cualquier tipo de manifestación que se realice en espacios públicos y no solo a las religiosas».

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