La Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural está llevando a cabo un análisis sobre cómo ha evolucionado la presencia y participación de las mujeres en los espacios de poder del medio rural desde la aprobación de la Ley del Estatuto de las Mujeres Rurales de Castilla-La Mancha.
Desde que la norma entró en vigor, con el propósito de impulsar la igualdad real y efectiva de las mujeres en el entorno rural, la Junta de Comunidades ha puesto en marcha distintas medidas dirigidas a reducir las desigualdades, reforzar la autonomía de las mujeres rurales y afianzar su protagonismo en la actividad agraria y en el desarrollo del territorio, ha informado la Junta en nota de prensa.
En este sentido, el Estatuto considera la presencia de las mujeres en los órganos de decisión como un elemento central de la acción pública, al entender que es una palanca para avanzar en su plena inclusión social, económica y política. Ya en el momento de la aprobación de la Ley, el propio sector destacó que suponía un avance significativo tanto para el conjunto del ámbito agrario como para el medio rural en general.
El trabajo de evaluación, que se encuentra en su fase final, permitirá determinar los progresos alcanzados y los desafíos que siguen pendientes para continuar reforzando la presencia, la visibilidad y el liderazgo de las mujeres en el medio rural castellanomanchego.
Este documento evaluador se organizará en cuatro bloques principales: una introducción en la que se examina el marco normativo, la hipótesis y el objeto de la evaluación; un segundo apartado dedicado a la metodología; un tercer bloque centrado en el análisis de resultados; y un cuarto apartado con las conclusiones del informe.
SOBRE EL ESTATUTO DE LAS MUJERES RURALES
La Ley 6/2019, de 25 de noviembre, del Estatuto de las Mujeres Rurales de Castilla-La Mancha, fija medidas para favorecer la igualdad de trato y de oportunidades en el medio rural, prestando especial atención a la participación, la titularidad compartida, la autonomía económica y la incorporación de la perspectiva de género en las políticas de desarrollo rural.
Algunos preceptos del Estatuto son de aplicación directa desde el mismo momento de su publicación, inciden de forma específica en la participación de las mujeres en los espacios de poder y están generando cambios visibles en la realidad. Es el caso del artículo 8, que establece que no se podrán conceder ayudas ni subvenciones a las asociaciones u organizaciones profesionales, empresariales o de otra índole que operen en el ámbito agrario y no tengan participación como mínimo del 40 por cien de mujeres en sus órganos de dirección; y del artículo 11, que dice que en las normas reguladoras de ayudas y subvenciones del ámbito agrario y de desarrollo rural se priorizará la titularidad de las mujeres.