El próximo martes, 31 de marzo, concluye en Aragón el periodo general autorizado para llevar a cabo quemas agrícolas, de acuerdo con la normativa vigente en prevención de incendios forestales. A partir del 1 de abril arranca la época de peligro de incendios, que se prolongará previsiblemente hasta el 15 de octubre, inclusive.
Como cada campaña, desde el pasado 16 de octubre se han podido efectuar quemas de residuos vegetales sin continuidad espacial (restos acumulados en montones), previa comunicación al Gobierno de Aragón mediante el “Anexo I”, y una vez transcurridos siete días hábiles desde su registro.
Asimismo, se han autorizado las quemas con continuidad espacial —las que afectan a superficies continuas de vegetación, como restos repartidos por el terreno—, que han requerido una autorización expresa de la Administración a través del “Anexo II”.
Hasta el propio 31 de marzo, incluido, podrán seguir realizándose ambas modalidades de quema, siempre que se haya cumplimentado el trámite administrativo que corresponda (comunicación o autorización) y que el Índice de Riesgo por Uso del Fuego (IRUF) resulte favorable (color verde) en la fecha y el área donde se vaya a actuar. Este índice, que combina datos meteorológicos y del estado del combustible vegetal, puede consultarse en la página web del Gobierno de Aragón.
Las previsiones meteorológicas para los próximos días apuntan a la continuidad de rachas de viento fuertes, que podrían mantenerse hasta primeros de abril y condicionar así el cierre efectivo del periodo de quemas.
Desde el inicio del periodo habilitado, el Gobierno de Aragón ha recibido 28.073 comunicaciones de quema correspondientes al “Anexo I”. Por provincias, 12.095 se han registrado en Zaragoza, 10.295 en Huesca y 5.683 en Teruel. Además, se han tramitado 6.173 solicitudes de autorización del “Anexo II”: 3.191 en Zaragoza, 1.021 en Huesca y 1.961 en Teruel.
El empleo del fuego para eliminar restos agrícolas y forestales debe realizarse siempre siguiendo las prescripciones incluidas en las notificaciones, asegurando la discontinuidad efectiva con cualquier otro combustible, respetando el horario permitido y comenzando la quema únicamente en jornadas sin viento.
No obstante, la normativa mantiene la opción de utilizar el fuego a partir del 1 de abril, coincidiendo con el inicio de la época de peligro. Se permiten las notificaciones de quemas de residuos de poda de olivo con fines exclusivamente fitosanitarios, que deberán comunicarse mediante el “Anexo IV” y podrán ejecutarse, tras siete días hábiles desde su registro, entre las 7.00 y las 18.00 horas hasta el 31 de mayo, inclusive.
También continúan las quemas excepcionales y debidamente justificadas de combustibles vegetales, que deberán contar con autorización administrativa previa mediante solicitud a través del “Anexo III”, con el objetivo de prevenir daños o la propagación del fuego bacteriano.
Por otra parte, los usos del fuego en instalaciones de carácter recreativo, cultural o similares podrán desarrollarse durante todo el año, siempre que dispongan de la correspondiente autorización (“Anexo V”) y se ajusten a las condiciones y horarios fijados en la misma. Toda la tramitación relativa a los usos del fuego está disponible en la página web del Gobierno de Aragón.
El Gobierno de Aragón recalca la necesidad de respetar estas restricciones, esenciales para disminuir el riesgo de incendios forestales y salvaguardar tanto el medio natural como la seguridad de la población.