La gran distribución aplaude la reforma legal contra la multirreincidencia delictiva

Aecoc respalda la reforma de la ley contra la multirreincidencia, que endurece la respuesta penal a hurtos y estafas leves reiterados en el comercio.

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La gran distribución aplaude la reforma legal contra la multirreincidencia delictiva

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La asociación empresarial del gran consumo Aecoc, que agrupa a más de 34.500 compañías de la industria y la distribución, ha valorado como “muy positiva y relevante” la reciente aprobación en el Congreso de los Diputados de la reforma de la Ley contra la multirreincidencia delictiva, por el efecto que puede tener en la contención de los hurtos en los establecimientos comerciales.

Esta modificación legislativa, que Aecoc venía reclamando desde 2017 tras la sentencia del Tribunal Supremo que dejó sin efecto la multirreincidencia por la comisión de múltiples delitos leves, viene a corregir la escasa relevancia práctica que hasta ahora tenía la multirreincidencia en el vigente Código Penal.

La organización empresarial ha subrayado que, según los datos aportados por las compañías del sector, el 90% de los hurtos que los comercios denuncian corresponden a delitos leves, es decir, con un valor inferior a 400 euros, y que el 51% de estos casos son cometidos por personas que ya acumulan más de tres sustracciones previas, de modo que resulta clave que la multirreincidencia en este tipo de delitos leves pueda aplicarse de forma efectiva en los tribunales.

Entre los cambios más significativos, la reforma suprime la exigencia de fijar un mínimo de 400 euros acumulados en base a tres delitos anteriores para que el comportamiento deje de considerarse leve y pase a estar tipificado como multirreincidencia, lo que implica el cambio de una sanción de multa a una pena de prisión.

La modificación normativa también mantiene la pena prevista para la multirreincidencia en delitos leves de hurto, de seis a 18 meses de prisión, garantizando así la proporcionalidad requerida por el Tribunal Supremo, y precisa que, cuando la multirreincidencia se base en la comisión de delitos previos no leves sino graves (superiores a 400 euros), la pena aplicable se sitúa entre uno y tres años de cárcel.

Asimismo, se corrigen discrepancias en el tratamiento de los antecedentes penales por delitos leves entre la parte general del Código Penal y la regulación específica del hurto multirreincidente, una incoherencia que desembocó en la sentencia del Tribunal Supremo de 2017 que dejó sin efecto la multirreincidencia por múltiples delitos leves.

De forma adicional, la reforma introduce la figura de la multirreincidencia en delitos leves de estafa, un tipo delictivo que ha experimentado un fuerte incremento en los últimos años ligado al auge de la actividad digital.

Finalmente, el sector ha puesto de relieve que la pérdida desconocida en el comercio se ha incrementado de manera continuada en los últimos ejercicios hasta alcanzar los 2.800 millones de euros anuales en pérdidas para las empresas.